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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2025 (09/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Domingo 9 de marzo de 2025 El Peruano / - SUNARP inscriba a favor del Bene fi ciario el área expropiada del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, noti fi que la presente Resolución Ministerial al Sujeto Pasivo de la Expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “INSTALACIÓN DE BANDA ANCHA PARA LA CONECTIVI DAD INTEGRAL Y DESARROLLO SOCIAL DE LA REGIÓN LIMA” NoSUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESCOMUNIDAD CAMPESINA DE COCHASCÓDIGO: LI9109_RTND COCHASAREA AFECTADA : 105.08 m² (0.0105 ha)AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 50,543.48LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: Por el Frente / Oeste: Con Jirón Progreso, con una longitud de 10.70 m.Por la Derecha / Sur: Con Posesión de Sonia Sanabria, con una longitud de 9.30 m.Por la Izquierda / Norte: Con Posesión de Honorio Rivera, con una longitud de 10.50 m.Por el Fondo / Este: Con canal de regadío, con una longitud de 10.60 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADODISTANCIA (m) PROYECCIÓN UTM, DATUM WGS84 ZONA 18 SUR ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 10.70 374083.8514 8640471.2929 B B-C 10.50 374084.0264 8640481.9904 C C-D 10.60 374094.4338 8640480.6118 D D-A 9.30 374093.0745 8640470.0993 CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL : De fecha 08.08.2023 expedido por la Oficina Registral de Cañete, Zona Registral N° IX - Sede Lima, de conformidad con el Informe Técnico N° 0018894-2023-Z.R. N° IX-SEDE-LIMA/UREG/CAT emitido por el Área de Catastro el 05.08.2023.INFORME TECNICO N° 001-2024-MTC/DAPA-RFMC de fecha 05.11.2024. 2378444-1 Autorizan viaje de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 118-2025-MTC/01.02 Lima, 7 de marzo de 2025 VISTOS: La Comunicación GOP/PUB/CER 008-01- 25 de la empresa LATAM AIRLINES PERU S.A., y el Informe Nº 0082-2025-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establecen que los viajes al exterior que realicen; entre otros, los servidores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizan mediante Resolución Ministerial del Sector, la que debe ser publicada en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia y la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de evaluar las aptitudes del personal aeronáutico, de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean; Que, mediante la Comunicación GOP/PUB/CER 008- 01-25, la empresa LATAM AIRLINES PERU S.A. solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, realizar la inspección técnica por certi fi cación de estación de operaciones (línea internacional) para su aprobación, acompañando los requisitos establecidos para el Servicio