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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2025 (02/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Viernes 2 de mayo de 2025 El Peruano / d) Aprobar el presupuesto Analítico de Personal y sus modi fi caciones. e) Aprobar las modi fi caciones al Manual de Clasi fi cador de Cargos. f) Designar a los funcionarios responsables de brindar la información de acceso público; así como, designar a los funcionarios responsables de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, de conformidad con el Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2024-JUS. 1.3 En materia presupuestaria a) Aprobar y formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático que correspondan al Titular del Pliego, de acuerdo con la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto. 1.4 En materia de contrataciones públicas 1.4.1 Bajo el alcance de la Ley N° 30225 y su Reglamento a) Declarar la nulidad de los actos de los procedimientos de selección en caso el pliego de absolución de consultas y observaciones e integración de base incurra en alguno de los supuestos previstos en el numeral 44.2 del artículo 44 del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado, de conformidad con lo establecido en el numeral 72.7 del artículo 72 del Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y modi fi catorias. b) Resolver los recursos de apelación que se interpongan en los procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT. 1.5 En materia contable y fi nanciera a) Suscribir los Estados Financieros y Presupuestarios requeridos para la elaboración de la Cuenta General de la República y su remisión ante la Dirección General de Contabilidad Pública - DGCP del Ministerio de Economía y Finanzas. b) Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias autorizadas por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público – DGETP del Ministerio de Economía y Finanzas. 1.6 En materia de sistema administrativo de gestión de Recursos Humanos regulado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR a) Aprobar todos los documentos de gestión de la Entidad citados en la Ley del Servicio Civil, su Reglamento y modi fi catorias. b) Ejercer cualquier otra facultad que corresponda a la Máxima Autoridad Administrativa en Gestión de los Recursos Humanos de la Entidad contemplada expresamente en la legislación peruana vigente. Artículo 2.- Delegar en el Jefe de la O fi cina de Administración, las siguientes facultades: 2.1 En materia de contrataciones públicas2.1.1 Bajo el alcance de la Ley N° 30225 y su Reglamento a) Aprobar las contrataciones directas, cuando se confi gure alguno de los supuestos establecidos en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 del TUO de la Ley N° 30225. Ley de Contrataciones del Estado. b) Aprobar que el Comité de Selección considere válida la oferta económica y otorgue la buena pro en el supuesto que las ofertas superen el valor estimado o el valor referencial de la convocatoria, según corresponda, previa certi fi cación de crédito presupuestario.c) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales y reducciones de bienes, servicios y consultoría de obra. d) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales y reducciones de obra por importes menores o iguales al quince por ciento (15%) del monto del contrato original. e) Aprobar el proceso de estandarización de bienes o servicios a ser contratados por la Entidad. f) Evaluar la conveniencia o no de someter a arbitraje las decisiones de la Junta de Resolución de Disputas, previo informe técnico de la O fi cina de Administración e Informe Legal de la O fi cina de Asesoría Jurídica. g) Evaluar la decisión de conciliar o de rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio, previo informe técnico de la O fi cina de Administración e Informe Legal de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, en aplicación de lo dispuesto en la normatividad de contratación pública vigente. h) Aprobar la designación del árbitro por parte de la Entidad, tanto en el arbitraje institucional como en el ad hoc, previa propuesta de la Procuraduría Pública del MINCETUR, en aplicación a lo dispuesto en la normatividad de contratación pública vigente. i) Suscribir y/o modi fi car convenios con otra(s) entidad(es) pública(s) para realizar un procedimiento de selección empleando la fi gura de la Compra Corporativa Facultativa para la contratación de bienes y servicios en general; lo que incluye cualquier actuación destinada con la ejecución, culminación y/o resolución del convenio, según corresponda. j) Efectuar evaluaciones trimestrales bajo el enfoque de gestión por resultados, sobre la ejecución del Plan Anual de Contrataciones, así como su incidencia en el cumplimiento de las etapas del Plan Operativo Institucional y el Presupuesto Institucional, informando a la Gerencia General. k) Aprobar los expedientes de contratación que devenga de los procedimientos de selección declarados desiertos, en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. l) Aprobar las Bases de los procedimientos de selección que devienen de una Licitación Pública o un Concurso Público, declarados desiertos. m) Resolver las solicitudes de ampliación del plazo contractual, en los supuestos contemplados por la normatividad de contratación. n) Reconformar los comités de selección de los diversos procedimientos de selección. o) Suscribir, modi fi car y resolver los contratos, adendas y contratos complementarios, derivados de los Procedimientos de Selección regulados por la Ley de Contrataciones del Estado, así como los contratos que correspondan a los supuestos excluidos del ámbito de aplicación establecidos en los literales a), d), e), y f) del artículo 4 y los literales d) y f) del artículo 5 del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado. Si la modi fi cación del contrato implica el incremento del precio, previamente se deberá contar con la certi fi cación presupuestal e informe técnico y legal. p) Ejercer la representación legal de PROMPERÚ ante las entidades fi nancieras para hacer efectiva la ejecución de las garantías presentadas por los proveedores y/o contratistas, en el marco de los contratos suscritos por la facultad delegada. q) Ampliar, reducir, resolver parcial o totalmente los contratos derivados de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, de aquellas contrataciones cuyo monto sea igual o superior a S/ 100 000,00 (Cien mil con 00/100 soles). 2.1.2 Bajo el alcance de la Ley N° 32069 y su Reglamento a) Autorizar, mediante resolución, la ejecución y pago de prestaciones adicionales de obras bajo el sistema de entrega de solo construcción, mayores al 15% y hasta un máximo de 30% del monto del contrato original, siempre que se cuente con los recursos necesarios b) Autorizar, mediante resolución, la ejecución y pago de prestaciones adicionales de obras bajo el sistema de entrega de solo construcción, mayores al 30 % hasta un máximo de 50 %, previa autorización de la Contraloría General de la República, sin perjuicio de la responsabilidad que pueda corresponder al proyectista.