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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2025 (29/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Jueves 29 de mayo de 2025 El Peruano / a los tres (3) años, contabilizando en total: 4 años, 11 meses y 9 días, resultando necesario dar por terminada su designación; conforme a lo expuesto en el numeral 2.7 de la Hoja Informativa Nº 000022-2025-CG/SUNI; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando Nº 000527-2025-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa Nº 000349-2025-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que da término a la designación de la señora Teresa Toledo Chirinos en el cargo de Jefa del OCI de la Universidad Nacional de Ingeniería, entidad bajo el ámbito de la Subgerencia de Control de Universidades de la Gerencia de Control de Servicios Públicos Básicos, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por terminada la designación de la señora Teresa Toledo Chirinos en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional de la Universidad Nacional de Ingeniería. Artículo 2.- La acción de personal dispuesta en el artículo 1 precedente, tendrá efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 3.- Disponer que el personal de la Contraloría General de la República, a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentarse al órgano o unidad orgánica que corresponda. Artículo 4.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 5.- Publicar la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (https:// www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República 2403914-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Moquegua a Chile, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 216-2025-CU- UNAM Moquegua, 10 de abril de 2025 VISTOS:El Acuerdo de Sesión Extraordinaria de Consejo Universitario de fecha 09 de abril de 2025; Proveído Nº 1228-2025 de fecha 04 de abril de 2025 emitido por el Rectorado; Informe Legal Nº 0383-2025-OAJ-R/UNAM de fecha 04 de abril de 2025 emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, Informe Nº 193-2025-FACIA/R/UNAM de fecha 02 de abril de 2025 emitido por la Facultad de Ingeniería y Arquitectura, Informe Nº 636-2025-OPP/R/UNAM de fecha 01 de abril de 2025 emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, Informe Nº 0516-2025-UP- OPP/UNAM de fecha de recepción 01 de abril de 2025 emitido por la Unidad de Presupuesto, Informe Nº 211-2025-DIGA/R/UNAM de fecha de recepción 27 de marzo de 2025 emitido por la Dirección General de Administración, Informe Nº 040-2025-DAIP-FACIA-R/UNAM de fecha de recepción 26 de marzo de 2025 emitido por el Coordinador del Departamento Académico de Ingeniería Pesquera, Informe Nº 11-2025-VAVC-EPIP- UNAM/FILIAL ILO de fecha 24 de marzo de 2025 emitido por la Docente Ordinaria Mg. Vilma Amalia; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 18º prevé que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, y el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la referida autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica las organizaciones de su sistema académico, económico y administrativo, así como la administración de sus bienes y rentas, elaborar su presupuesto y aplicar sus fondos con la responsabilidad que impone la Ley; Que, el artículo 58º de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, concordado con el artículo 14º del Estatuto de la Universidad Nacional de Moquegua, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 578-2021-UNAM, establecen que el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad; Que, la Ley Nº 27619, tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, estableciendo que dichas autorizaciones deben ser publicadas en el Diario Ofi cial “El Peruano”, con anterioridad al viaje; en cuya observancia, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores de las universidades públicas deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad; Que, la Directiva de ‘‘Normas y Procedimientos para la autorización de viajes y otorgamiento de viáticos por comisión de servicio al interior y exterior del país de la Universidad Nacional de Moquegua’’, que establece los criterios y procedimientos administrativos optimizando el uso racional del recurso presupuestal para el otorgamiento de viáticos y asignaciones, aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 224-2016-UNAM, en el punto 5.1. numeral 5.1.1. señala que las autorizaciones de viaje al exterior del país será debidamente sustentada por ser de interés regional, nacional o de la institución, y deberá precisar el motivo del viaje, duración, el monto de gastos de traslado, viáticos, y tarifa de embarque, la solicitud de autorización de viajes al exterior deberán de iniciarse con un mínimo de quince (15) días hábiles a la fecha prevista del viaje, plazo que incluye el trámite interno así como la derivación al Titular del Pliego y su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, con Informe Nº 11-2025-VAVC-EPIP-UNAM/ FILIAL ILO, de fecha 24 de marzo de 2025, la Mg. Vilma Amalia Vilca Cáceres – Docente Ordinario del Departamento Académico de Ingeniería Pesquera, solicita aprobación y asignación de viáticos para realizar capacitación o fi cializada XXIV Congreso de la Asociación Chilena de Ciencia y Tecnología de Alimentos – ALACCTA 2025, a realizarse del 09 al 11 de abril del 2025, en la Ponti fi cia Universidad de Valparaíso – Chile, donde se presentará en calidad de POSTER el trabajo