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104 NORMAS LEGALES Sábado 31 de mayo de 2025 El Peruano / Que, a su vez, los artículos 8º, 26° y 28° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, prescriben que corresponde a cada municipalidad organizar la administración de acuerdo con sus necesidades y presupuesto; que la administración municipal adopta una estructura gerencial y sus facultades y funciones se establecen en los instrumentos de gestión y la Ley N° 27972; así como, que la estructura orgánica municipal básica comprende en el ámbito administrativo, a la gerencia municipal, el órgano de auditoría interna, la procuraduría pública municipal, la o fi cina de asesoría jurídica y la o fi cina de planeamiento y presupuesto, y que los demás órganos de línea, apoyo y asesoría se establecen conforme lo determina cada gobierno local; Que, según lo dispuesto por el artículo 39° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; Que, por su parte, el artículo 4° de la Ley N° 27658 – Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, indica que la fi nalidad fundamental del proceso de modernización de la gestión del Estado es la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, a su vez, el numeral 7.1 del artículo 7° y el artículo 43° de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, establecen que la estructura orgánica agrupa las competencias y funciones de la entidad en unidades de organización y establece las líneas de autoridad y mecanismos de coordinación para el logro de sus objetivos, y que el Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad y se representa en el organigrama, y contiene las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; Que, el literal c) del numeral 46.1 del artículo 46° de los citados Lineamientos señala que se requiere la aprobación o modi fi cación de un ROF, según corresponda, en el siguiente supuesto: Por reasignación o modi fi cación de funciones, sin que se modi fi que la estructura orgánica; Que, a su vez, el numeral 46.3 del artículo 46° y el artículo 50° de los Lineamientos de Organización del Estado, prescriben que la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, es responsable técnico de la propuesta de ROF y el informe técnico que lo sustenta, así como que el expediente del proyecto de ROF está conformado por el proyecto de dispositivo legal aprobatorio del ROF, el Proyecto de ROF, la Exposición de motivos, el Informe Técnico y sus anexos, y el Informe Legal elaborado por la O fi cina de Asesoría Jurídica que valida la legalidad de las funciones asignadas a las unidades de organización de la entidad; Que, en su oportunidad, con fecha 06 de enero de 2017, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano”, el Decreto Legislativo N° 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, que de acuerdo a su artículo 1° tiene por objeto reestructurar el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crear la Procuraduría General del Estado como ente rector, a efectos de mantener y preservar la autonomía, uniformidad y coherencia en el ejercicio de la función de los/as procuradores/as públicos en el ámbito nacional, supranacional e internacional, así como fortalecer, uni fi car y modernizar la Defensa Jurídica del Estado; Que, con fecha 12 de setiembre de 2019, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano”, la Ordenanza N° 505- MSI – Ordenanza que aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad de San Isidro; Que, con fecha 17 de octubre de 2021, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano”, la Ordenanza N° 548-MSI – Ordenanza que modi fi ca la Ordenanza N° 505-MSI; Que, teniendo en cuenta lo señalado por la Procuraduría Pública Municipal, mediante el documento de visto, la Subgerencia de Desarrollo Corporativo, a través del Informe N° 117-2025-0520-SDC-GPPDC/ MSI, eleva la propuesta de modi fi cación de la Ordenanza N° 505-MSI. Dicha propuesta se justi fi ca en la necesidad de adecuar sus disposiciones a lo previsto, en su oportunidad, al Decreto Legislativo N° 1326, en particular, en lo que respecto a la denominación y funciones de la mencionada Procuraduría Pública. Para tal efecto, se adjunta la exposición de motivos, el informe técnico y sus anexos, emitiéndose la respectiva opinión técnica favorable, la cual cuenta con el respaldo de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo mediante el Informe N° 081-2025-0500-GPPDC/MSI; Que, estando a la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe N° 170-2025- 0400-GAJ/MSI; Que, la Gerencia Municipal mediante Memorando N° 253-2025-0200-GM/MSI remitió los actuados a la Secretaría General para poner en conocimiento de las Comisiones de Regidores respectivas; Que, con Dictamen N° 021-2025-CAJLI, de fecha 15 de mayo de 2025, la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática emitió opinión FAVORABLE al proyecto de Ordenanza; Que, con Dictamen N° 013-2025-CAFRP, de fecha 15 de mayo de 2025, la Comisión de Administración, Finanzas, Rentas y Presupuesto emitió opinión FAVORABLE al proyecto de Ordenanza; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º y el artículo 40º de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y modi fi catorias, el Concejo Municipal, por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de comisiones, lectura y aprobación del Acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN Y COMPENDIO DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO APROBADO POR ORDENANZA N° 505-MSI Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación del numeral 4.1 del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Isidro, aprobado por la Ordenanza N° 505-MSI y modi fi catoria, quedando de la siguiente manera: Artículo 7°.- La Municipalidad de San Isidro asegura el cumplimiento de sus funciones a través de la siguiente estructura orgánica: (...) 4. ÓRGANO DE DEFENSA JURÍDICA 4.1 Procuraduría PúblicaArtículo Segundo.- APROBAR la modi fi cación del artículo 26° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Isidro, aprobado por la Ordenanza N° 505-MSI y modi fi catoria, quedando de la siguiente manera: Artículo 26º.- La Procuraduría Pública es el órgano de apoyo responsable de la representación y defensa jurídica de los derechos e intereses de la Municipalidad conforme a Ley. Está a cargo de un empleado de con fi anza con nivel de Gerente, quien depende jerárquicamente de la Alcaldía, funcional y administrativamente de la Procuraduría General del Estado. Artículo Tercero.- APROBAR la modi fi cación del artículo 27° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Isidro, aprobado por la Ordenanza N° 505-MSI y modi fi catoria, quedando de la siguiente manera: Artículo 27º.- Corresponde a la Procuraduría Pública las siguientes funciones: a) Evaluar y proponer fórmulas tendientes a conseguir la conclusión de un proceso jurisdiccional, en aquellos