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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (19/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 102

102 NORMAS LEGALES Viernes 19 de setiembre de 2025 El Peruano / realizar un censo de las personas con discapacidad en la región La Libertad, que considere básicamente datos como la edad, sexo, nivel educativo, nivel socioeconómico y tipo de discapacidad; que sirvan como base de las políticas regionales. Artículo Tercero.- SOLICITAR al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de La Libertad a través de sus Gerencias diseñar e implementar políticas de atención a las personas con discapacidad que consideren las siguientes acciones y lineamientos: 3.1.- Gerencia Regional de Infraestructura.a) Elaborar un Plan Regional de Accesibilidad al medio físico y a las edi fi caciones públicas y privadas que brindan servicios al público, en el ámbito urbano regional, que incluye las o fi cinas de la sede del Gobierno Regional; b) El mencionado Plan debe contar con asignación presupuestaria para el cumplimiento de sus fi nes y objetivos; c) Realizar incidencia y concertación con los gobiernos locales para que elaboren y articulen sus planes de accesibilidad; y d) Considerar en toda obra infraestructura que en adelante se construya en la Región La Libertad, el cumplimiento de las normas de accesibilidad. 3.2.- Gerencia Regional de Salud. a) La certi fi cación de discapacidad con la participación de grupos médicos especializados, siendo esta una medida de observancia obligatoria para el personal de las instancias administrativas y sanitarias involucradas a nivel regional; b) Estrategias de acceso a servicios de salud con calidad y pertinencia cultural, que consideren las necesidades de atención médica de las personas con discapacidad, estableciendo metas de cumplimiento; c) Disponer que los servicios de salud y rehabilitación física ofrezcan atención permanente en horario diurno y nocturno, asegurando la incorporación de profesionales especializados en rehabilitación como traumatólogos, neurólogos, psicólogos, y, además, disponer de medicamentos; d) Mejoramiento y adecuación de la accesibilidad de la infraestructura de los establecimientos de salud; y e) Realizar acciones de prevención de la discapacidad, dirigidas a todos los niveles educativos y a la sociedad en general. 3.3.- Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. a) Elaboración de un Plan de inclusión laboral de las personas con discapacidad; b) Desarrollo de programas y talleres de capacitación y mejoramiento de capacidades productivas, de acuerdo a los diversos tipos de discapacidad; c) Un Programa de servicios de capacitación, inserción y certi fi cación laboral, correspondiente a las necesidades de empleabilidad de las personas con discapacidad, estableciendo metas e indicadores de cumplimiento; y d) En coordinación con el CONADIS y la OREDIS, realizar seguimiento al cumplimiento de parte de instituciones públicas y privadas de contratar personas con discapacidad en una proporción no inferior al 5% de la totalidad de su personal y los empleadores privados con más de cincuenta trabajadores en una proporción no inferior al 3%, para tal fi n, a partir del año 2015 deberá elaborar un plan de acción que incluya un cronograma de cumplimiento. 3.4.- Gerencia Regional de Educación. a) Incluir las necesidades de atención educativa de las personas con discapacidad en la plani fi cación e implementación de medidas de acceso a servicios educativos con calidad y pertinencia; b) Capacitar al personal docente para atender de manera adecuada a niños y niñas con discapacidad;c) Mejorar la accesibilidad física de la infraestructura de las instituciones educativas y considerar en los proyectos de construcción de los nuevos locales, las normas de accesibilidad vigentes; d) Realizar un seguimiento y monitoreo de niños, niñas, adolescentes y jóvenes con discapacidad para que se matriculen y permanezcan en el sistema educativo, evitando la deserción escolar y la exclusión del sistema educativo; y e) Promover la participación de estudiantes con discapacidad en actividades culturales, cientí fi cas y deportivas; 3.5.- Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones. a) Promover que los estacionamientos de los establecimientos públicos y privados dispongan la reserva de espacios para vehículos conducidos por personas con discapacidad o que las transporten; b) Coordinar con la Policía Nacional del Perú y las municipalidades la supervisión y fi scalización del cumplimiento de las condiciones de accesibilidad de las empresas de transporte público terrestre de pasajeros, debiendo contar con unidades accesibles para personas con discapacidad y personas adultas mayores; y c) Promover el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías de la información y la comunicación, incluida la Internet. 3.6.- Gerencia Regional de Vivienda y Construcción. a) Promoción de la construcción de viviendas y edifi caciones accesibles en la región; y b) Promoción y acceso preferente a los programas públicos de vivienda que contemplen normas de accesibilidad para las personas con discapacidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de La Libertad asignar el presupuesto correspondiente a las Gerencias de acuerdo a lo establecido en la Ley de Presupuesto del Sector de cada año fi scal, para la implementación de las acciones encargadas en la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de La Libertad a través de sus Gerencias y de la O fi cina Regional para la Atención de las Personas con Discapacidad - OREDIS, promover la participación y representación de las personas con discapacidad en los espacios regionales de concertación y decisión. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y su difusión en el Portal Electrónico del Gobierno Regional La Libertad. POR TANTO:Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. Dado en la ciudad de Trujillo, en la Casa del Gobierno Regional La Libertad, el diecinueve de mayo de año dos mil veinte y cinco. TANIA LORENA CARRANZA BLAS Consejo Regional AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD, POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La Libertad, el 12 de junio del año dos mil veinticinco. CESAR ACUÑA PERALTA Gobernador Regional 2439512-1