NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (19/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 124
TEXTO PAGINA: 92
92 NORMAS LEGALES Viernes 19 de setiembre de 2025 El Peruano / denominado: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LA FRONTERA AGRÍCOLA OPTIMIZANDO LOS RECURSOS HÍDRICOS DE LA SUBCUENCA DEL RÍO ARMA, CONDESUYOS - AREQUIPA” con CUI 2148430 y SNIP 149150. Que, es necesario destacar que, mediante O fi cio N° 541-2025-A/MPC, recepcionado con fecha 27 de junio de 2025, registrado con Expediente N° 5161304 y con Documento N° 8433333, el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Condesuyos, presenta el Plan de Trabajo para la reformulación y actualización de la segunda y tercera etapa del Expediente Técnico del Proyecto de inversión denominado: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LA FRONTERA AGRÍCOLA OPTIMIZANDO LOS RECURSOS HÍDRICOS DE LA SUBCUENCA DEL RÍO ARMA, CONDESUYOS - AREQUIPA”, con CUI 2148430 y SNIP 149150. Que, la Resolución Ejecutiva Regional N° 303-2025-GRAGR, de fecha 19 de junio de 2025 aprobó la Directiva N° 006-2025-GRA/OMDI, “Normas y Procedimientos para las Transferencias Financieras otorgadas por el Gobierno Regional de Arequipa a Entidades Públicas y Gobiernos Locales” (en adelante “la directiva”), la cual tiene por fi nalidad homogenizar criterios que permitan la ejecución de procedimientos orientados, al uso correcto de las transferencias fi nancieras que se otorga, para la atención de necesidades prioritarias de la comunidad, fortaleciendo una administración e fi ciente de los recursos transferidos, al amparo de las normas vigentes. Que, de acuerdo al numeral 8.1.1. de “la directiva”, se contempla que las diferentes entidades públicas y gobiernos locales solicitan transferencias fi nancieras, las mismas que se otorgarán de acuerdo a la evaluación técnica y disponibilidad del GRA. Que, por su parte, el numeral 8.1.2. de “La directiva”, regula que la transferencia fi nanciera que el GRA autoriza a favor de la entidad solicitante, se destina para el fi nanciamiento de proyectos de inversión u otras inversiones y/o actividades de mantenimientos enmarcada, entre otros, en los rubros a) y b) de dicho numeral. Que, en este contexto, mediante Informe N° 2014- 2025-GRA/GRI/SGEP-EMCH, la Coordinadora de la Elaboración y Evaluación de Expedientes Técnicos, de la SGEP, Ing. Erika Milagros Condo Hilario, remite la Opinión Técnica Favorable contenida en el Informe Técnico N° 01-2025- GRA/GRI/SGEP-CATQ, y concluye que es conforme al no emitir observación alguna al mismo, recomendando remitir los actuados a la Gerencia Regional de Infraestructura, a fi n que tomen conocimiento. Que, es así que mediante Informe N° 2077-2025-GRA/ SGEP, de fecha 27 de agosto de 2025, el Sub Gerente de Estudios y Proyectos Econ. Carlos Ernesto Charaja Osorio, mani fi esta que se cuenta con Opinión Técnica Favorable al Plan de Trabajo para la Reformulación del Expediente Técnico del Proyecto de Inversión con CUI 2148430 A SNIP 149150; concluyendo que es conforme, al no emitir observación al mismo. Que, mediante el Memorándum N° 3483-2025-GRA/ GRI, de fecha 28 de agosto de 2025, el entonces Gerente Regional de Infraestructura, Ing. José Fabián Enríquez Mamani, concluye que, de conformidad con la Directiva N° 006-2025-GRA/OMDI, corresponde continuar con el trámite respectivo por lo que se encuentra CONFORME; remitiendo la Opinión Técnica Favorable obrante en el Informe Técnico No 01-2025-GRA/GRI/SGEP-CATQ. Que, se tiene el Informe Técnico N° 0001-2026-GRA- ORPPAT/OPMI, de fecha 28 de agosto de 2025, emitido por el Jefe de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, Econ. Luis Alberto Calcina Bedoya, quien OTORGA OPINION FAVORABLE, a la solicitud de transferencia fi nanciera correspondiente al Proyecto de Inversión con CUI No 2148430, en cumplimiento a la Directiva N° 006-2025-GRA/OMDI. Que, sumado a ello, mediante Informe N° 3330- 2025-GRA/ORPPAT/OP, de fecha 01 de setiembre de 2025, la jefa de la O fi cina de Presupuesto, C.P.C. Ingridt Milagros Zapana Pacha, comunica que si se cuenta con disponibilidad presupuestal para atender la solicitud de la Municipalidad Provincial de Condesuyos de transferencia fi nanciera por parte del Gobierno Regional de Arequipa, para la reformulación del Expediente Técnico del Proyecto de Inversión: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LA FRONTERA AGRICOLA OPTIMIZANDO LOS RECURSOS HÍDRICOS DE LA SUBCUENCA DEL RÍO ARMA, CONDESUYOS - AREQUIPA”, CUI 2148430, siendo que el monto se consigna en el citado Informe. Que, consecuentemente, mediante Informe N° 520-2025-GRAVORPPAT, de fecha 02 de setiembre de 2025, el Jefe de la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Mg. Alexander Luis Arenas Puma, rati fi ca que si se cuenta con Opinión Técnica Favorable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, y que sí se cuenta con disponibilidad Presupuestal de la O fi cina de Presupuesto, para concretizar la reformulación de la segunda y tercera etapa del Expediente Técnico del Proyecto de inversión denominado: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LA FRONTERA AGRÍCOLA OPTIMIZANDO LOS RECURSOS HÍDRICOS DE LA SUBCUENCA DEL RÍO ARMA, CONDESUYOS- AREQUIPA” con CUI 2148430 y SNIP 149150. Que, en tal sentido, las transferencias fi nancieras permitidas, están autorizadas en el presente año fi scal 2025, entre entidades, para que realicen el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras de infraestructura de saneamiento, así como para el desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Asimismo, en el literal h) del numeral 13.1.del artículo 13° de la Ley N° 32185. Re fi ere que las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el 30 de setiembre de 2025, tomándose en cuenta que, deben requerirse los informes técnicos de la Gerencia Regional de Infraestructura a través de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos, la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones y la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial a través de la Ofi cina de Presupuesto, para que luego las transferencias fi nancieras sean autorizadas mediante Acuerdo de Consejo Regional y, fi nalmente el Acuerdo se publique en el Diario O fi cial “El Peruano”. Que, de la evaluación de los antecedentes remitidos se cuenta con Opinión Técnica Favorable de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos, contenido en el Informe Técnico N° 01-2025-GRA/GRI/SGEP- CATQ, el mismo que es rati fi cado mediante Informe N° 2077-2025- GRA/SGEP y mediante Memorándum N° 3483-2025- GRA/GRI; así también, se cuenta con Opinión Técnica Favorable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, contenido en el Informe Técnico N° 0001- 2025-GRA-ORPPAT/OPMI; y del mismo modo, se cuenta con Opinión Favorable de la O fi cina de Presupuesto, contenido en el Informe N° 3330-2025-GRA/ORPPAT/ OP, siendo estos dos últimos Informes rati fi cados mediante Informe N° 520-2025-GRAVORPPAT, del Jefe de la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, mediante el cual acredita la disponibilidad presupuestal requerida. Que, de conformidad con lo establecido con el artículo 39°, primer párrafo, de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, el Consejo Regional de Arequipa, de acuerdo a las atribuciones establecidas en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y en aplicación de su Reglamento Interno, por MAYORÍA en Sesión Extraordinaria de fecha 16 de septiembre del 2025; ACUERDA:Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Condesuyos, para la reformulación del Expediente Técnico “Mejoramiento