Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 272
272 NORMAS LEGALES Viernes 15 de mayo de 2026 El Peruano / podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción ”. Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través del informe Nº 000624-2021-MP-FN-OGASEJ, señala que conforme a lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal y, lo señalado en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, así como los artículos 183 y 185 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fi scal termina, entre otros, con la renuncia desde que ésta es aceptada, encontrándose el empleador facultado de aceptarla desde la fecha en la que fue formalmente presentada o dentro de los 30 días siguientes, siendo esta decisión una facultad discrecional del empleador. En igual sentido, el Tribunal de Servicio Civil, en el fundamento 36 de la Resolución Nº 01524-2016-SERVIR/ TSC-Primera Sala, de fecha 18 de agosto de 2016, ha señalado que “(…) el acto de renuncia no puede ser formulado con efecto retroactivo, es decir presentarla con fecha posterior a la fecha en que empezará a surtir efecto (…)”. En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en los informes Nºs 000624-2021-MP-FN-OGASEJ y 0296-2026-MP-FN-OREF-MYGL, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia de la abogada Alma Cecilia Casanotán Ayay, con e fi cacia anticipada a partir del 28 de abril de 2026, ello teniendo en consideración que la referida carta fue presentada en fecha 27 de abril de 2026, por lo tanto se considerará como último día de vínculo laboral con la institución. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modi fi cada por el único artículo de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Alma Cecilia Casanotán Ayay, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, y a su designación en la 3º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Este, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs 1939-2024-MP-FN, 2956-2024-MP-FN y 2846-2025-MP-FN, de fechas 6 de septiembre y 30 de diciembre de 2024, y 15 de septiembre de 2025, respectivamente, con efi cacia anticipada a partir del 28 de abril de 2026. Artículo Segundo .- Hacer de conocimiento a la abogada Alma Cecilia Casanotán Ayay que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Integridad Institucional, Ofi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación 2515656-1Cesan por motivo de fallecimiento a fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1359-2026-MP-FN Lima, 14 de mayo de 2026VISTOS: El o fi cio Nº 002067-2026-MP-FN-PJFSCALLAO, de fecha 4 de mayo de 2026, e informe Nº 039-2026-MP-FN- OREF-EBRV, de fecha 5 de mayo de 2026, y; CONSIDERANDO: A través del o fi cio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, comunica el sensible fallecimiento del abogado Luis César Sánchez Mancco, ocurrido el día 11 de abril de 2026, por lo cual remite la copia del Acta de Defunción expedida por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC. Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 935-2018-MP-FN, de fecha 16 de marzo de 2018, se resolvió nombrar al abogado Luis César Sánchez Mancco, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao, designándolo en la Décima Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, con reserva de su plaza de origen; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP- FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. El numeral 1 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, establece que el cargo de fi scal termina, entre otros, por muerte. Asimismo, el literal a. del artículo 182 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece que, de acuerdo con la Ley, el término de la Carrera Administrativa se produce, entre otros, por fallecimiento. Por lo expuesto, estando a la facultad concedida al Fiscal de la Nación, corresponde emitir el acto resolutivo que resuelva cesar en el cargo de fi scal al abogado Luis César Sánchez Mancco por motivo de fallecimiento, a partir del 11 de abril de 2026; en atención al marco normativo y según el informe Nº 039-2026-MP-FN-OREF- EBRV, de fecha 5 de mayo de 2026. De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Cesar por motivo de fallecimiento al abogado Luis César Sánchez Mancco, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao, y su designación en la Décima Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs 935-2018-MP-FN y 2956-2024-MP- FN, de fechas 16 de marzo de 2018 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; a partir del 11 de abril de 2026. Artículo Segundo .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Integridad Institucional, Ofi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, y O fi cina de Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación 2515656-2