Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (14/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de octubre de 2026 El Peruano / Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Se nombra Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en los Estados Unidos de América al señor Álvaro Augusto Mario Vargas Llosa. Artículo 2.- Se le extienden las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La fecha en que el citado funcionario deberá asumir funciones será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4.- Se aplica el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI Presidenta de la República ALFONSO CARLOS ESPÁ Y GARCÉS-ALVEAR Ministro de Relaciones Exteriores 2564302-9 Nombran Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República Portuguesa RESOLUCIÓN SUPREMA N° 174-2026-RE Lima, 13 de octubre de 2026CONSIDERANDO:Que, el numeral 12 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, establece la facultad del Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Se nombra Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República Portuguesa a la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República María Eugenia Chiozza Bruce de de Zela. Artículo 2.- Se le extienden las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La fecha en que la citada funcionaria diplomática deberá asumir funciones será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4.- Se aplica el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI Presidenta de la República ALFONSO CARLOS ESPÁ Y GARCÉS-ALVEAR Ministro de Relaciones Exteriores 2564302-10 Acreditan a Traductores Públicos Juramentados RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 633-2026-RE Lima, 13 de octubre de 2026 VISTOS: El Memorándum N° DGC027692026, de 26 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares; el Informe (CON) N° 069-2026, de 23 de setiembre de 2026, de la Dirección de Política Consular; el Memorándum N° LEG015072026, de 30 de septiembre de 2026, de la O fi cina General de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1667, se establecieron las disposiciones para la gestión del servicio de traducciones o fi ciales y se reguló la selección, ratifi cación, funciones y la potestad sancionadora sobre los traductores públicos juramentados; Que, el artículo 36 del Reglamento del citado Decreto Legislativo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2025-RE, dispone que dentro de los treinta (30) días calendario de culminada la última etapa de la selección, el Ministerio de Relaciones Exteriores expide la Resolución Ministerial de acreditación; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 934-2025- RE se aprueba el número de vacantes para la primera selección de Traductores Públicos Juramentados; y mediante Resolución Directoral Nº 01-2025-RE/DGC se aprueban las Bases correspondientes; Que, mediante Informe (CON) N° 069-2026, la Dirección de Política Consular da cuenta del desarrollo integral del segundo tramo del proceso de selección de Traductores Públicos Juramentados, consignando las califi caciones por cada etapa, así como la condición de aptos y no aptos, comprendiendo las etapas de Evaluación Curricular, Examen escrito en el idioma castellano, Examen escrito en traducción, Entrevista en el idioma correspondiente, y Entrevista de Concepto ante Jurado; precisándose que esta última culminó satisfactoriamente con la publicación de los resultados fi nales el 15 de septiembre de 2026. Asimismo, el referido informe establece las vacantes cubiertas y el orden de mérito en función de las cali fi caciones obtenidas, determinando que los postulantes que alcanzaron la nota mínima aprobatoria y obtuvieron vacante son aptos para ser acreditados o fi cialmente como Traductores Públicos Juramentados en sus respectivos idiomas y direcciones, resultados que fueron publicados el 23 de septiembre de 2026 mediante Comunicado N° 025-2026-S-TPJ en el portal ofi cial del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, habiéndose cumplido con todas las etapas obligatorias y eliminatorias previstas en las Bases y en el marco legal vigente, corresponde expedir el acto resolutivo que acredite a los nuevos Traductores Públicos Juramentados; Con los visados y la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, la Dirección de Política Consular, y la Ofi cina General de Asuntos Legales;