Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (31/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Sábado 31 de octubre de 2026 El Peruano / de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos de aquellos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y veri fi cación El Gobierno Regional de Ancash emite un informe técnico sobre el cumplimiento y el avance físico y fi nanciero de la ejecución de los recursos transferidos mediante el artículo 1 del presente Decreto Supremo, en el marco de su Plan de Implementación Multianual y alineado a la gradualidad de entrada en operación de los servicios. Este informe se remite al Ministerio de Salud y se publica en la sede digital de dicho gobierno regional, hasta el 17 de febrero de 2027, de conformidad con lo establecido en el numeral 44.2 del artículo 44 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil veintiséis. LUIS FERNANDO GALARRETA VELARDE Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República ELMER RAFAEL CUBA BUSTINZA Ministro de Economía y Finanzas MARCO ANTONIO VINELLI RUIZ Ministro de Desarrollo Agrario y Riego Encargado del Despacho delMinisterio de Salud 2570386-3 Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 a favor del Gobierno Regional de Ayacucho DECRETO SUPREMO N° 236-2026-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, el numeral 44.1 del artículo 44 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, autoriza al Ministerio de Salud para realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a favor de los gobiernos regionales, para fi nanciar la operación y el mantenimiento de nuevos establecimientos de salud que entraron en funcionamiento a partir del segundo semestre del año 2025; Que, asimismo, el numeral 44.2 del citado artículo dispone que las modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud, a propuesta de este último. Para la aprobación de las referidas modi fi caciones presupuestarias, el Ministerio de Salud, mediante informe técnico del área correspondiente, debe validar previamente el Plan de Implementación Multianual del nuevo establecimiento de salud, aprobado por el gobierno regional, según corresponda, el cual debe encontrarse alineado a la gradualidad de la entrada en funcionamiento de los servicios. Dichos establecimientos de salud deben implementar la programación de turnos y citas en un aplicativo informático dispuesto para ello. Los gobiernos regionales a los que se les hayan transferido recursos en el marco del citado numeral deben garantizar el fi nanciamiento correspondiente en los años fi scales siguientes. Asimismo, emiten un informe técnico sobre el avance físico y fi nanciero en el marco de su Plan de Implementación Multianual, el cual se remite al Ministerio de Salud y se publica en las sedes digitales de dichos gobiernos regionales hasta el 17 de febrero de 2027; Que, mediante el O fi cio N° D002502-2026-SG- MINSA, complementado con el O fi cio N° D002401-2026- OGPPM-MINSA, el O fi cio N° D003181-2026-SG-MINSA y el Ofi cio N° D002573-2026-OGPPM-MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor del Gobierno Regional de Ayacucho, para fi nanciar la operación y el mantenimiento del Establecimiento de Salud San Juan Bautista en el marco de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley N° 32513; adjuntando, para dicho efecto, los Informes N° D000845-2026-OGPPM- OP-MINSA, N° D000905-2026-OGPPM-OP-MINSA, N° D000974-2026-OGPPM-OP-MINSA y N° D001013-2026-OGPPM-OP-MINSA de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y los Memorandos N° D001656-2026-DGOS-MINSA, N° D001727-2026-DGOS-MINSA, N° D001879-2026-DGOS-MINSA y N° D002067-2026- DGOS-MINSA de la Dirección General de Operaciones en Salud del citado Ministerio con los respectivos sustentos; Que, mediante el Memorando N° 3975-2026- EF/53.04, que adjunta el Informe N° 2966-2026-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas determina el costo estimado para fi nanciar la contratación de servidores bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, como parte de la operación y el mantenimiento del Establecimiento de Salud San Juan Bautista; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 4 089 671,00 (CUATRO MILLONES OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, a favor del Gobierno Regional de Ayacucho, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 4 089 671,00 (CUATRO MILLONES OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Gobierno Regional de Ayacucho, para fi nanciar la operación y el mantenimiento del Establecimiento de Salud San Juan Bautista, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, en el marco de lo establecido en el artículo 44 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : M. de SaludUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSACATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalaria