Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2000 (15/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, viernes 15 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

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El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Acreditar al Consejo por la Paz como institucion facultada para presentar observadores electorales en el MORDAZA de elecciones generales del ano 2001, debiendo sujetarse su participacion a las atribuciones y prohibiciones establecidas en las normas electorales pertinentes. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, la presente resolucion para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 14403

Articulo Segundo.- Tener por inscrita en el Registro de Organizaciones Politicas a la agrupacion independiente "Union de Centro Democratico (U.C.D.)", con domicilio en la avenida MORDAZA MORDAZA Nº 1111, distrito de Miraflores, provincia de MORDAZA, teniendose como personera legal de dicha organizacion politica ante el MORDAZA Nacional de Elecciones a la senora Auristela MORDAZA Morgan. Articulo Tercero.- Notificar a la personera de la citada organizacion politica para su conocimiento y fines pertinentes, asi como a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 14404

Declaran que regidor del Concejo DistriAprueban cambio de denominacion de tal de Marcapata continua en ejercicio la agrupacion independiente "Avance- del cargo mos" por la de "Union de Centro DemoRESOLUCION Nº 1354-2000-JNE cratico (U.C.D.)" MORDAZA, 13 de diciembre del 2000
RESOLUCION Nº 1353-2000-JNE MORDAZA, 13 de diciembre de 2000 VISTA: La solicitud de reinscripcion en el Registro de Organizaciones Politicas y de cambio de denominacion de la agrupacion independiente "Avancemos", recibida el 6 de diciembre del 2000 y presentada por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Barba MORDAZA, en representacion de la organizacion politica nombrada, bajo el MORDAZA de la Ley Nº 27369; CONSIDERANDO: Que pueden reinscribirse en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones, las organizaciones politicas que participaron en las elecciones generales del ano 2000 y que obtuvieron representacion parlamentaria, de conformidad con lo establecido en el Articulo 87º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, modificado por el Articulo 7º de la Ley Nº 27369; Que del Acta General del MORDAZA de Elecciones Generales del ano 2000, elaborada segun lo dispuesto por el Articulo 323º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; y, de lo establecido en la Resolucion Nº 863-2000-JNE de fecha 2 de junio del 2000, la agrupacion independiente "Avancemos" obtuvo 307,189 votos en las elecciones generales pasadas, habiendo conseguido, una vez aplicada la cifra repartidora, tres (3) representantes ante el Congreso de la Republica; Que los recurrentes han cumplido con senalar en la solicitud de reinscripcion el domicilio de la organizacion politica y la designacion respectiva del personero legal ante el MORDAZA Nacional de Elecciones, de conformidad con lo establecido en el inciso a) del Articulo 88º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; y, Que no estando prohibido el cambio de denominacion de una agrupacion politica y atendiendo a que el cambio de denominacion de la agrupacion politica "Avancemos" por el de "Union de Centro Democratico (U.C.D.)" no lesiona ningun derecho, de los senalados en el Articulo 89º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, en relacion con las organizaciones politicas inscritas y en MORDAZA de inscripcion ante el MORDAZA Nacional de Elecciones; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en cumplimiento de lo establecido en los numerales 2) y 3) del Articulo 178º de la Constitucion Politica del Peru; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el cambio de denominacion de la agrupacion independiente "Avancemos" por la de "Union de Centro Democratico (U.C.D.)". VISTO: El Oficio Nº 186-2000-MDM/Q recibido el 7 de noviembre del 2000, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de Marcapata, provincia de Quispicanchis, departamento de MORDAZA, mediante el cual comunica la vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA Herencia Chusi, declarada bajo las causales de vacancia de inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo y de ausencia de la localidad sin la autorizacion respectiva, establecidas en los incisos 2) y 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; solicitando se convoque al candidato respectivo para que ocupe el cargo de regidor vacante; CONSIDERANDO: Que de las copias certificadas del acta de la sesion ordinaria de fecha 2 de setiembre del ano 2000, corrientes a fojas 20 y 21, el concejo distrital de Marcapata, con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros, acordo declarar la vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA Herencia Chusi, por no concurrir dicho regidor a las sesiones de concejo llevadas a cabo el 26 de MORDAZA, 1, 17, 19 y 31 de agosto del ano 2000; y, por ausentarse de la localidad de Marcapata por mas de treinta dias consecutivos sin autorizacion del concejo; expidiendose con fecha 5 de octubre del 2000 la Resolucion Municipal Nº 40-2000-MDM/Q, corriente a fojas 2 y 3, que formaliza la vacancia citada; Que para sustentar las causales de vacancia invocadas en contra del senor MORDAZA Herencia Chusi, se ha remitido: a) copias certificadas de las actas de las sesiones de fechas 26 de MORDAZA, 1, 17, 19 y 31 de agosto del 2000, corrientes de fojas 16 a 20, en las que no figura la asistencia del regidor vacado; b) constancias de citacion a las sesiones MORDAZA senaladas, corrientes de fojas 4 a 13; c) MORDAZA expedida por el MORDAZA gobernador del distrito de Marcapata, de fecha 1 de setiembre del 2000, corriente a fojas 15, senalando que el senor MORDAZA Herencia Chusi no se encuentra en la localidad desde el 25 de junio del 2000; Que el acuerdo de concejo que declara la vacancia del cargo de MORDAZA o de regidor, es susceptible de revision, a solicitud de parte, ante el MORDAZA Nacional de Elecciones, de conformidad con lo establecido en el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; y, estando a que no se ha acreditado que el regidor vacado MORDAZA tomado conocimiento del acuerdo de concejo que declaro la vacancia de su cargo, en atencion del tramite exigido por el Articulo 113º de la Ley Organica de Municipalida-

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