Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2000 (15/12/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 15 de diciembre de 2000

Que, la Directiva Nº 001-95-030401020000, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 1056-95-IN, que MORDAZA los procedimientos sobre supervision, control, fabricacion importacion y comercializacion de articulos pirotecnicos no detonantes, precisa que la DICSCAMEC en coordinacion con la Policia Nacional y las Municipalidades deben ejercer un permanente y estricto control de los articulos pirotecnicos de fabricacion casera, asi como aquellos productos que ingresen al MORDAZA ilegalmente, procediendo a su decomiso y posterior destruccion; Que se hace necesario emitir normas para regular y ejercer control sobre el uso, venta y quema de materiales pirotecnicos a fin de salvaguardar la seguridad del vecindario; Ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades y con el MORDAZA unanime de sus miembros; ACUERDA: Articulo Primero.- La venta de materiales pirotecnicos no prohibidos debera contar con la autorizacion respectiva de la DICSCAMEC, quedando prohibida la comercializacion en forma ambulatoria. Articulo Segundo.- Para la quema de materiales pirotecnicos en eventos sociales, presentaciones artisticas, actividades culturales, festividades religiosas, concentraciones publicas y/o promociones comerciales u otras, debera contarse con la autorizacion respectiva de la DICSCAMEC. Articulo Tercero.- Queda PROHIBIDO en el distrito de Barranco, la quema en la via publica de llantas y objetos en desuso, por significar un atentado contra la ecologia y el medio ambiente. Esta prohibicion se dispone especialmente para los dias 24, 25, 26 y 31 de diciembre y 1, 2, y 3 de enero. Articulo Cuarto.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza sera pasible de las Sanciones establecidas. Por Tanto: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 14346

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA CHIMBOTE
Sancionan con destitucion a servidor de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 236-2000-MDNCH MORDAZA Chimbote, 13 de diciembre de 2000 VISTO: El Informe Nº 006-2000-CPPA-MDNCH de fecha 28NOVIEMBRE-2000, emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 034-2000MDNCH y Resolucion de Alcaldia Nº 060-2000-MDNCH se designo la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, encargada de evaluar la responsabilidad administrativa de los servidores municipales, por faltas cometidas en el ejercicio de su cargo;

Que, a traves del Informe Nº 426-00-MDNCH-OA/P de fecha 3-SETIEMBRE-2000, el Jefe de la Oficina de Personal, informa que habiendo transcurrido y culminado el plazo de noventa dias, otorgado por Licencia sin goce de haber a favor del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, este no ha cumplido con reincorporarse a sus labores dentro del termino de Ley; por lo que ha incurrido en falta administrativa tipificada en el Inc. k) del Art. 28º del D. Leg. Nº 276; Que, al MORDAZA de lo dispuesto por el Art. 32º del D. Leg. Nº 276 concordante con el Art. 166º D.S. Nº 005-90PCM, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios luego de realizar el estudio y calificacion de la falta atribuida al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, eleva ante el Despacho de Alcaldia el Informe Nº 005-2000-CPPA-MDNCH, sugiere que se proceda a instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por no haberse reincorporado a sus labores al termino de la Licencia sin Goce de Haber, que le fuera otorgada el 2-JUNIO-2000; encontrandose su accionar tipificado en el Art. 28º, Inc. k) del D. Leg. Nº 276, concordante con el Art. 150º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; Que, en atencion a los considerandos MORDAZA expuestos, el Titular del Pliego, a traves de la Resolucion de Alcaldia Nº 219-2000-MDNCH de fecha 13-NOVIEMBRE-2000, dispone Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario, contra el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la supuesta falta administrativa contemplada en el Inc. k) del Art. 28º del D. Leg. Nº 276; Que, estando a lo dispuesto por los Articulos 163º, 164º y 170º del D.S. Nº 005-90-PCM, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios eleva su Informe Nº 006-2000-CPPA-MDNCH al Titular de la Entidad, mediante el cual senala: que el servidor, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no ha realizado el descargo correspondiente, en ejercicio de su derecho de defensa, conforme lo establece el Art. 168º y 169º del D.S. Nº 005-90-PCM; contraviniendo lo prescrito por el Inc. a) y c) del Art. 21º del D. Leg. Nº 276, lo cual deviene en concordante con el Art. 27º de este ultimo cuerpo normativo citado, toda vez que del file personal del servidor procesado, se puede apreciar que pese a contar con una felicitacion por su asistencia a los actos celebratorios por MORDAZA patrias, tambien recae sobre el un demerito por llamada de atencion y constantes licencias sin goce de remuneraciones, que lo ubicarian como un servidor que no se adapta a las normas internas de conducta dentro de su centro de trabajo; por lo tanto, la Comision Permanente de Procesos Administrativos recomienda que se destituya al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en falta administrativa de caracter disciplinaria, tipificada en el Art. 28º, Inc. k) de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, concordante con el Inc. d) del Art. 26º del D. Leg. Nº 276 y Arts. 154º y 159º del D.S. Nº 005-90-PCM; Que, estando a lo dispuesto por el D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, su Reglamento D.S. Nº 005-90-PCM, y el Inc. 6) del Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESTITUIR al servidor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en merito a las consideraciones MORDAZA expuestas. Articulo Segundo.- DISPONER se notifique la presente Resolucion a la persona indicada en el articulo precedente, de manera personal o mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano o en el de mayor circulacion de la localidad. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Personal, Oficina de Asesoria Legal y Direccion Municipal efectuar las acciones correspondientes a fin de dar cumplimiento a la presente Resolucion de Alcaldia. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA OSTOLAZA GANOZA MORDAZA 14349

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