Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2000 (27/09/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 27 de setiembre de 2000

giro comercial, domicilio y apertura de nuevos locales o sucursales, siempre que se efectue dentro de una misma jurisdiccion municipal. El cambio de zonificacion no es oponible al titular de la Licencia dentro de los primeros cinco (5) anos de producido dicho cambio, segun el Articulo 74º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, modificada por la Ley Nº 27180. Articulo 59º.- Costos de tramitacion El monto del derecho por otorgamiento del Certificado de Zonificacion y Compatibilidad de Uso, asi como de la Licencia Municipal de Funcionamiento Provisional y Definitiva, debera responder al costo del servicio administrativo prestado. En ningun caso dicho cobro debera ser superior al monto senalado en el Articulo 73º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, modificada por la Ley Nº 27180. Para el caso de las PYMEs sujetas al Regimen Unico Simplificado - RUS, sera de aplicacion lo dispuesto en el Articulo 73º del Decreto Legislativo Nº 776, no pudiendo exceder la tasa de Licencia Municipal de Funcionamiento Provisional y Definitiva al 10% (diez por ciento) de la UIT. En tal supuesto, el interesado debera acompanar MORDAZA simple del documento que acredite estar comprendido en dicho regimen. Articulo 60º.- MORDAZA de las Municipalidades El Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de cada Municipalidad debera contener toda la informacion relativa a los procedimientos regulados en la Ley y en el presente Reglamento, asi como de sus requisitos y otros aspectos, conforme a lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 757 y sus normas reglamentarias. Articulo 61º.- Del Organo Funcional La Comision de Acceso al MORDAZA del INDECOPI, es el organo funcional encargado de conocer en el nivel administrativo de los actos y las disposiciones de las entidades de la Administracion Publica, que impongan ilegal o irracionalmente cobros, requisitos, abstenciones, negativas o cualquier actuacion que impida o dificulte el acceso y la permanencia de los agentes economicos en el MORDAZA, en especial de las organizadas bajo la modalidad de pequenas y micro empresas. El ejercicio de sus funciones se efectua de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 26 BIS del Decreto Ley Nº 25868, incorporado por el Articulo 50º del Decreto Legislativo Nº 807. Articulo 62º.- Informe al Congreso de la Republica La Comision de Acceso al MORDAZA, encargara a su Secretaria Tecnica la elaboracion del informe semestral al Congreso de la Republica de las acciones de supervision desarrolladas en materia de eliminacion de barreras burocraticas y reduccion de sobrecostos respecto de las Pymes. El plazo para la MORDAZA del informe debe coincidir con los meses de enero y MORDAZA de cada ano. Articulo 63º.- Facultades de la Secretaria Tecnica Para efectos de la elaboracion del informe, la Secretaria Tecnica de la Comision podra desarrollar investigaciones, inspecciones o requerimientos a los funcionarios o entidades publicas y privadas vinculadas con las Pymes. Segun el caso, la informacion requerida que se le proporcione, tendra el caracter de declaracion jurada. DISPOSICIONES TRANSITORIAS, DEROGATORIAS Y FINALES Primera.- Crease el Consejo de la Pequena y Micro Empresa dentro del ambito del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, el mismo que estara conformado por representantes de Instituciones Publicas y Privadas, teniendo a su cargo la evaluacion y coordinacion de los aspectos necesarios para la promocion y desarrollo de las PYMES. Mediante Resolucion del Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, se aprobara el Reglamento de Organizacion y Funciones de dicho Consejo. Segunda.- De conformidad con la Cuarta Disposicion Transitoria, Derogatoria y Final de la Ley, precisase que la parte pertinente de la Ley Nº 26935 que ha quedado derogada, es la Cuarta Disposicion Final, referida al procedimiento de obtencion de la Licencia Provisional de Funcionamiento. 11046

Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, el mismo que establece la nueva estructura organica del referido Ministerio; Que se encuentra vacante el cargo de Subdirector del Programa Nacional de Alfabetizacion, Nivel Remunerativo F-4, del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano PROMUDEH; Que es necesario designar al funcionario que desempene dicho cargo publico de confianza; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25515, Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 866, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nº 27050 y Nº 27273, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, modificado por Decreto Supremo Nº 004-99-PROMUDEH; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a partir de la fecha, al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Subdirector del Programa Nacional de Alfabetizacion, Nivel Remunerativo F-4, del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 11048

MTC
Aprueban el Acta de la VII Reunion de Consulta entre las Autoridades Aeronauticas del Peru y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 386-2000-MTC/15.02 MORDAZA, 22 de setiembre de 2000 Vistos, el Informe y la documentacion remitidos por la Direccion General de Aeronautica Civil, correspondiente a la VII Reunion de Consulta entre las Autoridades Aeronauticas de la Republica del Peru y la Republica MORDAZA, celebrada en la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, los dias 1 y 2 de agosto del ano 2000; CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de la VII Reunion de Consulta celebrada en la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, los dias 1 y 2 de agosto del ano 2000, las Autoridades Aeronauticas Civiles de la Republica de Peru y la Republica MORDAZA han suscrito un Acta que contiene los acuerdos adoptados y las posiciones esgrimidas en dicha reunion, los cuales deben ser aprobados por Resolucion Ministerial para entrar en vigencia; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25862, la Ley Nº 27261 y el Decreto Supremo Nº 054-88-TC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el Acta de la VII Reunion de Consulta entre las Autoridades Aeronauticas de la Republica del Peru y la Republica MORDAZA, celebrada en la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, los dias 1 y 2 de agosto del ano 2000, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

PROMUDEH
Designan Subdirector del Programa Nacional de Alfabetizacion del PROMUDEH
RESOLUCION SUPREMA Nº 043-2000-PROMUDEH MORDAZA, 26 de setiembre del 2000 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, de fecha 6 de noviembre de 1998, se aprobo el Reglamento de

MORDAZA BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 10994

Aprueban el Acta de la X Reunion de Consulta entre las Autoridades Aeronauticas del Peru y Brasil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 387-2000-MTC/15.02 MORDAZA, 22 de setiembre de 2000

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