Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2000 (27/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, miercoles 27 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES
CAPITULO I

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TITULO MORDAZA

II Cuando en el presente Reglamento se hace referencia a las PYMES, debera entenderse hecha a las Pequenas y Microempresas. III Cuando en el presente Reglamento se hace referencia a los instrumentos de promocion debera entenderse referida a los servicios que necesitan las PYMES para la promocion y desarrollo de su competitividad. IV Cuando en el presente Reglamento se hace referencia a los niveles de gobierno se entendera al Gobierno Central, Gobierno Regional y Gobierno Municipal (Provincial y Distrital). TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto El presente Reglamento contiene las disposiciones aplicables a la promocion y desarrollo de la pequenas y microempresas, de acuerdo con la Ley, en concordancia con los Articulos 58º y 59º de la Constitucion Politica del Peru, conforme a los cuales el Estado promueve las pequenas empresas en todas sus modalidades, facilitando su desarrollo en el MORDAZA de una economia social de mercado. Articulo 2º.- De la iniciativa e inversion privada La iniciativa e inversion privadas son libres y se aplican tanto en actividades economicas a cargo de las PYMES, en las empresas o instituciones que realizan actividades de intercambio de productos o servicios con ellas, como en el desarrollo de actividades de servicios destinados a su apoyo y fortalecimiento, sobre la base de la libre competencia y el libre acceso, de acuerdo con la Constitucion Politica del Peru, las Leyes y los Tratados Internacionales. Articulo 3º.- Del Estado Corresponde al Estado a traves de los Sectores, Instituciones y Organismos que lo conforman, promover, apoyar y facilitar la iniciativa privada, propiciando MORDAZA de acceso a los mercados internos y externos, asi como la remocion de barreras administrativas que dificulten la constitucion y crecimiento de dicho estrato empresarial. Asi tambien, constituye un rol central del Estado propiciar la coordinacion, concertacion y cooperacion interinstitucional e interempresarial a favor de las PYMES. Subsidiariamente, el Estado interviene directamente en aquellas actividades en las que resulte necesario complementar las acciones que lleva a cabo el sector privado en apoyo a las PYMES. Articulo 4º.- De los Instrumentos El Estado apoya a las Pequenas y Microempresas a traves de dos tipos de instrumentos: a. Los Instrumentos de Promocion y Desarrollo; que son aquellos servicios que necesitan las PYMES para la promocion y desarrollo de su competitividad. b. Los Instrumentos de Formalizacion; que son aquellos procedimientos y condiciones para el acceso y regulacion de las PYMES en el MORDAZA legal. Articulo 5º.- Instrumentos de Promocion y Desarrollo El Estado para lograr la competitividad de las PYMES promueve instrumentos de promocion y desarrollo, tales como los servicios de capacitacion, asistencia tecnica, investigacion e innovacion tecnologica, financiamiento, comercializacion, informacion y otros. Para ello favorece la formacion, desarrollo y consolidacion de los mercados de dichos servicios para su provision eficiente, accesible, sostenible y de calidad, preferentemente por parte de la iniciativa privada, y solo de manera subsidiaria por el Estado. Articulo 6º.- Mecanismos de aplicacion de los instrumentos de Promocion y Desarrollo El Estado, a traves de los diversos sectores y niveles de Gobierno, lleva a cabo Programas de primer y MORDAZA piso, para la aplicacion de los instrumentos de promocion y desarrollo. Se denomina Programa de MORDAZA Piso al conjunto de actividades orientadas a un fin determinado, que faciliten y/o fomenten la ejecucion de instrumentos o servicios de promocion y desarrollo a traves de instituciones proveedoras de dichos servicios, preferentemente privadas. De otro lado, se denomina Programa de Primer Piso al conjunto de actividades orientadas a un fin determinado que involucra la ejecucion directa de instrumentos o servicios de promocion y desarrollo, en defecto de instituciones privadas que puedan proveerlos. En cualquier caso, los Programas auspician la sostenibilidad de aquellos instrumentos o servicios de promocion y desarrollo a las PYME entendida como aquella estrategia que demuestre y garantice la permanencia de los servicios en el tiempo. Articulo 7º.- Instrumentos de Formalizacion Son aquellos instrumentos que se orientan a fomentar el acceso de las PYMES a la formalizacion, asi como su regulacion en los aspectos tributarios, contables, de seguridad social, de licencia municipal de funcionamiento y de acceso al mercado.

DEFINICION Y CARACTERISTICAS DE LA PEQUENA Y MICRO EMPRESA Articulo 8º.- Definicion de Pequena y Micro Empresa Se denomina Pequena y Micro Empresa a la unidad economica operada por una persona natural o juridica, bajo cualquier forma de organizacion o gestion empresarial contemplada en la legislacion vigente, con la finalidad de desarrollar actividades de comercializacion de bienes, prestacion de servicios, extraccion, transformacion, y produccion sea industrial o artesanal de bienes, para los efectos y dentro de los parametros de la Ley y del presente Reglamento, mereciendo en todos y cada uno de los casos igual tratamiento. Articulo 9º.- Caracteristicas Generales El numero total de trabajadores de la Micro empresa no excede de diez (10) personas, mientras que en el caso de la Pequena Empresa es mayor de diez (10) pero no excede de cuarenta (40) personas. Articulo 10º.- Caracteristicas Sectoriales Adicionalmente a lo senalado en el articulo precedente, la pequena y microempresa presenta sectorialmente otras caracteristicas basadas en criterios relacionados con ingresos o valor de ventas, valor de activos fijos, volumen de produccion, capacidad instalada, y otros. Los diversos sectores y organismos del Estado podran adoptar estas o establecer otras caracteristicas, definiendo los parametros de referencia en base a criterios especificos para las PYMES, en funcion a los fines, usos y objetivos a que hubiere lugar. CAPITULO II DE LA POLITICA SECTORIAL Articulo 11º.- Lineamientos Estrategicos del Estado en relacion a los Instrumentos de Promocion y Desarrollo El Estado disena e implementa politicas para la consolidacion de los instrumentos o servicios de promocion y desarrollo de las PYMES, asi como para la creacion de nuevos, basados en las siguientes estrategias, que se inscriben dentro de una economia social de mercado: a. Promover Programas y mecanismos que estimulen la competitividad de las PYMES en el corto y largo plazo. b. Propiciar Programas que favorezcan la sostenibilidad economica, financiera y social de los servicios de promocion y desarrollo y de las instituciones o empresas de iniciativa privada que los proveen; fomentando que las PYMES accedan a dichos servicios, cubriendo total o parcialmente los costos en los que se incurra en su ejecucion. c. Promover la eficiencia de las intervenciones publicas a favor de las PYMES a traves de la especializacion por actividad economica, tematica o funcional de los diversos Sectores, Instituciones y Organismos que siendo parte del Estado, prestan apoyo a las PYMES, via la concertacion y coordinacion de sus esfuerzos. d. Promover y complementar, de manera subsidiaria, la iniciativa e inversion privada en la provision de servicios de promocion y desarrollo para las PYMES, auspiciando la competencia MORDAZA y MORDAZA en el MORDAZA de bienes y en el MORDAZA de servicios de promocion y desarrollo, evitando la superposicion de funciones y la duplicidad de esfuerzos. e. Crear y fortalecer Programas del sector publico o privado que faciliten a las PYMES el acceso a los mercados de servicios de promocion y desarrollo que ofrece el sector privado. f. Fortalecer la capacidad gerencial e institucional del sector privado para proveer a las PYMES de servicios de promocion y desarrollo, a traves de Programas concertados con la iniciativa privada. g. Propiciar la mejora de la eficiencia en el uso de los recursos humanos, fisicos y presupuestales de los Programas y servicios de promocion y desarrollo de las PYMES. h. Difundir publicamente la informacion de los Sectores, Instituciones y Organismos que forman parte del Estado respecto a sus planes de trabajo, incluyendo objetivos, actividades, metas, resultados y presupuesto. i. Promover la evaluacion periodica de los resultados e impacto de los Programas y servicios de promocion y desarrollo para efectos de la mejora de la planificacion, ejecucion y monitoreo de los mismos. j. Promover en los Programas y servicios de promocion y desarrollo la incorporacion de un enfoque orientado hacia el uso racional y sostenible de los recursos por parte de las PYMES, asi como la utilizacion de tecnologias y procesos compatibles con la conservacion del medio ambiente. k. Propiciar el acceso en condiciones de equidad de genero de los hombres y mujeres que conducen o laboran en las PYME a las oportunidades que ofrecen los Programas y servicios de promocion y desarrollo. El Estado, a traves de las Instituciones y Organismos del Gobierno Central, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales promueve el desarrollo de las PYMES, mediante proyectos y programas de servicios especializados, aplicando los lineamientos estrategicos a que se refieren los articulos precedentes.

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