Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2001 (19/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, viernes 19 de enero de 2001

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

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Declaran que alcaldes de los Concejos Distritales de Chipurana y Alto Tapiche continuan en el ejercicio del cargo
RESOLUCION Nº 061-2001-JNE MORDAZA, 18 de enero de 2001 VISTOS: Los Oficios Nºs. 020, 027 y 030-MDCHN-2000 recibidos el 11 de octubre, 9 de noviembre del 2000 y 8 de enero del ano 2001, respectivamente, presentados por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Mosqueda MORDAZA, MORDAZA Shica MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores del concejo distrital de Chipurana, provincia y departamento de San MORDAZA, mediante los cuales comunican la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, por infringir el inciso 2) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; y, solicitan se convoque a los candidatos que por ley corresponde; La carta recibida el 8 de enero del 2001, presentada por don MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de Chipurana, mediante el cual comunica que ha cambiado de domicilio en forma definitiva a la MORDAZA de Tarapoto; y, solicita se proceda a convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que asuma el cargo de MORDAZA del citado concejo; CONSIDERANDO: Que en merito de un memorial presentado al municipio, en sesion de fecha 2 de noviembre del 2000, el concejo distrital de Chipurana acordo con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros declarar la vacancia del cargo de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, por ausencia de la localidad por mas de 30 dias consecutivos sin la autorizacion correspondiente del concejo municipal, establecida en el numeral 2) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades; Que con los documentos que obran a fojas 13 y 14, de fechas 4 y 6 de noviembre del 2000, la Juez de Paz y el Gobernador del distrito de Chipurana dejan MORDAZA de que el MORDAZA se ha ausentado de la localidad y abandonado su cargo desde el 27 de MORDAZA del 2000, instrumentos insuficientes y carentes de valor para sustentar la vacancia declarada, por cuanto dichas autoridades judicial y politica han demostrado su parcialidad al suscribir el memorial por el que solicitan se declare la vacancia del cargo de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA Torrejon; Que en las actas de las sesiones de fechas 3 de MORDAZA, 17 de setiembre, 13 de octubre, 20 de octubre y 31 de octubre del 2000, se consigno la inconcurrencia a las sesiones de concejo del MORDAZA don MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, conforme obra de fojas 17 a 25, habiendo concurrido y presidido la sesion de fecha 11 de MORDAZA del 2000; Que de fojas 28 a 41, obran los cargos de las citaciones cursadas a los miembros del concejo, por encargo del MORDAZA MORDAZA, para las sesiones del jueves 2 de noviembre, 31, 28, 20, 13 de octubre, 17 de setiembre, 5 de junio, 22 de MORDAZA, 11 de MORDAZA, 8, 3 de marzo, 23 y 2 de enero del 2000, advirtiendose que no se ha dado cumplimiento al MORDAZA parrafo del Articulo 39º de la Ley Nº 23853, por no existir entre la convocatoria y la sesion por lo menos dos dias habiles; Que con el certificado que obra a fojas 53, emitido a solicitud del municipio de Chipurana, se pretende acreditar que el MORDAZA ha cambiado de domicilio a la MORDAZA de Tarapoto; sin embargo, dicho documento no es idoneo para acreditar dicha causal de vacancia, al no haberse emitido por autoridad respectiva de la MORDAZA de Tarapoto, lugar donde se encontraria radicando el alcalde; por otro lado, la firma del MORDAZA en la carta presentada no se encuentra certificada por funcionario publico que para el caso se requiere, toda vez que, en autos no se ha probado haber puesto en conocimiento de don MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA el acuerdo declaratorio de vacancia de su cargo; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;

Articulo Primero.- Declarar infundada la solicitud de convocatoria de candidato, presentada por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Mosqueda MORDAZA, MORDAZA Shica MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores del concejo distrital de Chipurana, provincia y departamento de San Martin; en consecuencia, nulo y sin efecto el acuerdo tomado en la sesion de fecha 2 de noviembre del 2000, que declara la vacancia del cargo de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA Torrejon. Articulo Segundo.- Declarar que don MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA debe continuar ejerciendo el cargo de MORDAZA del concejo distrital de Chipurana, provincia y departamento de San MORDAZA, elegido para el periodo 1999 - 2002. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. FUNDAMENTOS DEL MORDAZA DEL SENOR DOCTOR MORDAZA SANCHEZ-PALACIOS PAIVA, PRESIDENTE DEL MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES Que la facultad que tienen los concejos municipales de declarar la vacancia de los cargos de MORDAZA y regidores, debe ser ejercida observando los plazos y demas formalidades establecidas en los Articulos 27º y 39º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que como consta a fojas 33, el 16 de setiembre del ano 2000, se cito a los regidores para la sesion de concejo a celebrarse el 17 del mismo mes y ano, de tal manera que no se observo el termino de dos dias habiles prescrito en la ley y, ademas, no consta la citacion al MORDAZA cuya vacancia se pretendia; Que los principios del debido MORDAZA recogido en la Constitucion Politica del Estado, son aplicables a los procedimientos administrativos, pues constituyen garantia de los derechos que tiene todo ciudadano de ser escuchado, como tambien lo establece el Articulo V de los Principios Generales del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 16599 RESOLUCION Nº 063-2001-JNE MORDAZA, 18 de enero de 2001 VISTOS: El recurso recibido el 27 de septiembre del 2000, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, abogado y apoderado del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de Alto Tapiche, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, sobre revision del Acuerdo Municipal Nº 60 de fecha 4 de agosto del 2000, que declara la vacancia del cargo de MORDAZA en el referido concejo; El escrito recibido el 30 de noviembre del 2000, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, adjuntando MORDAZA del acta de la sesion de concejo, en la que se declara la vacancia del cargo de alcalde; El escrito recibido el 12 de diciembre del 2000, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA del concejo distrital de Alto Tapiche, informado la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA en el referido concejo y solicitando la convocatoria de candidatos a ocupar cargos de MORDAZA y regidor distrital; La solicitud recibida el 12 de diciembre del 2000 de los ciudadanos Hitler Siri Asipali y MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, pidiendo la declaratoria de vacancia del cargo de

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