Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2001 (19/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 19 de enero de 2001
ORDENANZA

que "Estan exonerados de Licitacion Publica y Concurso Publico las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la presente Ley"; Que, el Articulo 21º de la Ley Nº 26850 establece que se considera SITUACION DE URGENCIA, cuando la ausencia de un bien o servicio compromete en forma directa la continuidad de un servicio esencial; Que, se requiere contar con urgencia con el abastecimiento de combustibles para los vehiculos de propiedad de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a fin de evitar que a partir del mes de enero del ano 2001 se paralicen los servicios esenciales como la seguridad ciudadana, servicios a la MORDAZA, el Proyecto especial brigada ecologica y otros de MORDAZA importancia para la comunidad; Estando a lo acordado y de conformidad a las facultades conferidas en la Ley Nº 23853 "Ley Organica de Municipalidades" Ley Nº 27209 "Ley de Gestion Presupuestaria del Estado", Decreto Legislativo Nº 909-2000 "Ley de Presupuesto para el Sector Publico 2001", Ley Nº 26850 "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" y Decreto Supremo Nº 039-98-PCM. SE RESUELVE: 1. Declarar en situacion de urgencia la adquisicion de combustibles para el abastecimiento de los vehiculos de propiedad de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, cuya cantidad se detalla a continuacion para cubrir los meses de enero y febrero del ano 2001. · Gasolina de 84 Octanos = · Gasolina de 90 Octanos = · Petroleo Diesel - 2 = 5,300 Galones 10,300 Galones 34,000 Galones

Articulo 1º.- Fijese en S/. 8.00 (Ocho y 00/100 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto, incluyendo la distribucion de la declaracion jurada y determinacion del Impuesto Predial del ejercicio 2001. Por cada predio adicional se abonara S/. 2.00 (Dos y 00/ 100 Nuevos Soles) por el derecho de emision. Articulo 2º.- Fijese en S/. 0.30 (00/30 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes mensualmente por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo, incluyendo la distribucion de la determinacion de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2001, por cada predio. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 16477

2. Autorizar a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares en coordinacion con la Oficina de Mantenimiento y Servicios Mecanicos la adquisicion de los referidos combustibles, mediante el procedimiento de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA 16568

Establecen fechas para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2001-MDB Barranco, 9 de enero del 2001 LA ALCALDESA DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, la Ley de Tributacion Municipal aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776, regula el Impuesto Predial cuyo pago se podra efectuar al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar la primera cuota hasta el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre; Que por otro lado, el Articulo 5º de la Ordenanza Nº 49MDB establece que los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, son de periodicidad mensual y que la Municipalidad Distrital de Barranco determinara y recaudara dichos arbitrios por periodos trimestrales; Que el ultimo parrafo del Articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general, por la Administracion Tributaria; Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago de Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio 2001; Estando a lo dispuesto por el Articulo 109º y el numeral 4) del Articulo 134º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 ha dado el siguiente: DECRETO: Articulo 1º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL. De conformidad con el Articulo 15º de la Ley de Tributacion Municipal, la obligacion de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2001 vence: · Pago al contado : 28 de febrero · Pago fraccionado Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota : : : : 28 31 31 30 de de de de febrero MORDAZA agosto noviembre

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Establecen montos por derecho de emision y determinacion del impuesto predial y arbitrios de limpieza publica, parques y jardines publicos y serenazgo
ORDENANZA Nº 052-MDB Barranco, 9 de enero del 2001 LA ALCALDESA DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pagos correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial, Impuesto a la Propiedad Vehicular y de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2001; Estando a lo dispuesto por el Articulo 109º y el numeral 4) del Articulo 134º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 ha dado la siguiente:

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