Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2001 (19/01/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 19 de enero de 2001

una Oficina Especial de atencion al cliente, ubicada en Av. Revolucion, Sector 2, Grupo 10 C.C., Sesquicentenario, Tienda 11, Primer Piso, distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, en aplicacion del numeral 2.1 de la Circular Nº S-569-97, la empresa solicitante ha cumplido con comunicar previamente a esta Superintendencia, la apertura de su Oficina Especial; Estando a lo informado por la Intendencia de Reaseguros, mediante Informe Nº 003-2001-IRE; y, De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, la Circular Nº S-569-97; asimismo, en virtud de las facultades delegadas por las Resoluciones SBS Nº 003-98 de fecha 7 de enero de 1998 y SBS Nº 565-2000 de fecha 23 de agosto del 2000; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS, la apertura de una Oficina Especial de atencion al cliente, ubicada en Av. Revolucion, Sector 2, Grupo 10 C.C., Sesquicentenario, Tienda 11, Primer Piso, distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 16524

Prorrogan el sometimiento del Banco del MORDAZA MORDAZA al regimen de intervencion
RESOLUCION SBS Nº 034-2001 MORDAZA, 18 de enero de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 885-2000 de fecha 5 de diciembre de 2000, la Superintendencia de Banca y Seguros sometio a regimen de intervencion al Banco del MORDAZA MORDAZA como consecuencia de haber incurrido en suspension de pagos, lo cual configura una causal de intervencion segun el numeral 1 del Articulo 104º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante la Ley General; Que, de acuerdo con el Articulo 105º de la Ley General la intervencion tendra una duracion de 45 (cuarenta y cinco) dias, prorrogables por una sola vez hasta por un periodo identico; Que, con la finalidad de proteger los intereses de los depositantes y demas acreedores resulta necesario agotar los mecanismos que permitan la transferencia del Banco del MORDAZA Mundo; Contando con la opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 105º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Unico.- Prorrogar el sometimiento al regimen de intervencion del Banco del MORDAZA MORDAZA por un periodo de 45 (cuarenta y cinco) dias. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 16607

Prorrogan el sometimiento del Banco NBK Bank al regimen de intervencion
RESOLUCION SBS Nº 033-2001 MORDAZA, 18 de enero de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 901-2000 de fecha 11 de diciembre de 2000, la Superintendencia de Banca y Seguros sometio a regimen de intervencion al Banco NBK Bank como consecuencia de haber incurrido en suspension de pagos, lo cual configura una causal de intervencion segun el numeral 1 del Articulo 104º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante la Ley General; Que, de acuerdo con el Articulo 105º de la Ley General la intervencion tendra una duracion de 45 (cuarenta y cinco) dias, prorrogables por una sola vez hasta por un periodo identico; Que, con la finalidad de proteger los intereses de los depositantes y demas acreedores resulta necesario agotar los mecanismos que permitan la transferencia del Banco NBK Bank; Contando con la opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 105º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Unico.- Prorrogar el sometimiento al regimen de intervencion del Banco NBK Bank por un periodo de 45 (cuarenta y cinco) dias. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 16606

CONSUCODE
Relacion de proveedores, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado correspondiente al mes de diciembre del ano 2000
RESOLUCION Nº 005-2001-CONSUCODE/PRE MORDAZA MORDAZA, 8 de enero de 2001 VISTO: El Memorandum Nº 004-2001-RNC del Gerente de Registros, referido a la publicacion del Listado de Inhabilitados para Contratar con el Estado. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 8º de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se establece la obligatoriedad de publicarse en el Diario Oficial El Peruano la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el Articulo 186º del Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, establece que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, publicara mensualmente la relacion de proveedores, postores o contratistas que, en ese periodo, hayan sido sancionados con inhabilitacion para contratar con el Estado;

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