Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2001 (13/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 236-2001-PE

El monto de la inversion realizada por los empresarios langostineros en la instalacion de sistemas bioseguros vario sustancialmente segun el grado de sofisticacion y la infraestructura y equipamiento con que contaba cada empresa, fluctuando entre los US$ 20,000 a 80,000 por ha. No obstante, tal inversion fue compensada con un rendimiento significativamente mayor, al convertirse el area adaptada en un sistema intensivo de cultivo presentando rendimientos entre 2,000 y 8,000 kg por ha. Estos rendimientos permiten el retorno de la inversion efectuada en un plazo estimado en 3 a 4 anos. Los resultados obtenidos en las experiencias de cultivo bioseguros, demostraron su factibilidad tecnica; sin embargo, como se detalla en las conclusiones de las mencionadas experiencias, es necesario hacer algunos ajustes para mejorar los resultados. Asimismo, se determinaron el VAN y la TIR de los proyectos, demostrando que eran rentables, lo cual permite evaluar su aplicabilidad a todo el sector para replicar estas experiencias a una escala mayor y propiciar la reactivacion de la MORDAZA langostinera a traves del programa crediticio para la MORDAZA langostinera a cargo de FONDEPES. La Etapa III se desarrollara empleando los resultados obtenidos en las Etapas I y II, mediante la ampliacion del credito encomendado al FONDEPES a US$5 millones, que permitiran la replicacion de los sistemas de cultivo que hubieran demostrado viabilidad y productividad, asi como la instalacion de centros productores de semilla de langostino para asegurar la produccion y cultivo en el largo plazo. Al culminar estas tres etapas se espera haber logrado perfeccionar los sistemas de cultivo de langostinos en convivencia con el virus de la "Mancha Blanca" y la reactivacion del sector langostinero. 27100 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 234-2001-PE Mediante Oficio Nº 1453-2001-PE/SG, el Ministerio de Pesqueria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 234-2001-PE, publicada en nuestra edicion del dia 5 de MORDAZA de 2001 en la pagina 206041. - En el MORDAZA considerando, en la primera linea; DICE: "Que la adquisicion de los bienes y servicios..." DEBE DECIR: "Que la adquisicion de los bienes y equipos..." - En el MORDAZA Articulo, en la tercera linea; DICE: "... de los bienes y servicios ..." DEBE DECIR: "... de los bienes y equipos ..." - En el MORDAZA Articulo, en la MORDAZA y sexta lineas; DICE:

Mediante Oficio Nº 1449-2001-PE/SG el Ministerio de Pesqueria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 236-2001-PE, publicada en nuestra edicion del dia 5 de MORDAZA de 2001, en la pagina 206043. En el MORDAZA parrafo del Articulo 4.3 DICE: Asimismo, por Resolucion de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero que contiene informacion del esfuerzo pesquero, volumenes y composicion de las capturas, entre otras de interes para el seguimiento de la pesqueria. Dicha informacion debera ser alcanzada al IMARPE a efectos de profundizar las investigaciones. DEBE DECIR: Asimismo, por Resolucion de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero se aprobara el Formato de Bitacora de Pesca que contiene informacion del esfuerzo pesquero, volumenes y composicion de las capturas, entre otras de interes para el seguimiento de la pesqueria. Dicha informacion debera ser alcanzada al IMARPE a efectos de profundizar las investigaciones. En la MORDAZA Disposicion Transitoria y Complementaria DICE: Para el otorgamiento de permisos de pesca se reconocera el acceso a los recursos hidrobiologicos y las artes y/ o aparejos de pesca consignados en los permisos de pesca originalmente otorgados como artesanales. La Resolucion que otorgue el derecho correspondiente, dejara sin efecto el permiso de pesca artesanal anteriormente concedido. DEBE DECIR: Para el otorgamiento de permisos de pesca se reconocera el acceso a los recursos hidrobiologicos y las artes y/ o aparejos de pesca consignados en los permisos de pesca originalmente otorgados como artesanales, a los armadores que obtengan permiso de pesca para la pesqueria del bacalao de profundidad; para cuyo efecto deberan renunciar a los permisos de pesca otorgados como artesanales. La Resolucion que otorgue el derecho correspondiente, dejara sin efecto el permiso de pesca artesanal anteriormente concedido. 26966

PROMUDEH
Aceptan renuncia de asesor del Ministerio
RESOLUCION SUPREMA Nº 141-2001-PROMUDEH MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO:

"... (UN MILLON NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES)", DEBE DECIR: "... (UN MILLON NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES)". 26958

Que mediante Resolucion Suprema Nº 058-2000PROMUDEH de fecha 28 de noviembre del 2000, se designo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Asesor del Despacho Ministerial, Nivel Remunerativo F-5, del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; Que el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando;

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