Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2001 (13/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2001

Articulo Primero.- Declarar NULOS el acuerdo de sesion de fecha 17 de enero de 2001 y la Resolucion de Alcaldia Nº 21-2001-MDO-A del Concejo Distrital de Olleros, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, que declaran la vacancia del cargo de la Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el citado concejo; asimismo, improcedente la solicitud de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del citado Concejo, sobre el nombramiento de reemplazante por vacancia del cargo de la Regidora senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Luna. Articulo Segundo.- Declarar que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA continua desempenando el cargo de Regidora del Concejo Distrital de Olleros, conforme a ley. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 27083

vacancia prevista en el numeral 5) del Articulo 26º de la Ley Nº 23853; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar nulo y sin efecto el acuerdo tomado en la sesion ordinaria de fecha 2 de junio de 2001, que declara la de vacancia del cargo de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Concejo Distrital de MORDAZA Ordonez, provincia de Jauja, departamento de Junin; en consecuencia, infundada la solicitud presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yupanqui. Articulo Segundo.- Declarar que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA debe continuar ejerciendo el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA Ordonez, por el periodo 1999 - 2002, para el cual fue elegido. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 27084

Declaran que MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA Ordonez debe continuar en ejercicio del cargo
RESOLUCION Nº 528-2001-JNE MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2001 VISTO, el Expediente Nº 733-2001 recibido el 14 de junio de 2001, presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Regidor del Concejo Distrital de MORDAZA Ordonez, provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, mediante el cual comunica la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por inconcurrencia injustificada a sesiones de Concejo; y, solicita se convoque al candidato que corresponde; CONSIDERANDO: Que en sesion ordinaria de fecha 2 de junio de 2001, el Concejo Distrital de MORDAZA Ordonez constituido por un MORDAZA y cinco Regidores, acordo con el MORDAZA de cinco miembros declarar la vacancia del cargo de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por no concurrir a tres sesiones ordinarias consecutivas de Concejo prevista en el numeral 5) del Articulo 26º de Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; como consta del acta que en MORDAZA certificada obra de fojas 3 a 6; Que con los cargos de las notificaciones que obran a fojas 7 y 11, se acredita fehacientemente que el MORDAZA tomo conocimiento de la convocatoria a sesiones de Concejo de fechas 12 y 26 de MORDAZA de 2001, sin embargo, las mismas no cumplen la formalidad prevista en el Articulo 39º de la Ley Nº 23853, al disponer que entre la convocatoria y la sesion mediaran por lo menos dos dias habiles; y, respecto de las citaciones para las sesiones del 19 de MORDAZA y 2 de junio de 2001, no las recibio personalmente el MORDAZA, afirmandose que iba a tomar conocimiento de tales convocatorias a traves de su esposa; Que en autos no se ha acreditado que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no MORDAZA concurrido a las sesiones MORDAZA indicadas, toda vez que, no se ha remitido las copias certificadas de las actas de las sesiones de Concejo; Que del Oficio Nº 0114-MDLO-01 que obra a fojas 26, consta que el 11 de junio de 2001 se notifico el acuerdo declaratorio de vacancia de su cargo de MORDAZA a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cordova; sin embargo, en autos no se ha acreditado que el MORDAZA incurrido en la causal de

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar las acciones correspondientes contra presuntos responsables de la comision de delitos contra la fe publica y el estado civil
RESOLUCION JEFATURAL Nº 147-2001-JEF/RENIEC MORDAZA, 6 de junio de 2001 Visto el Informe Nº 209-2001-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 14 de MORDAZA de 2001. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del Informe del Visto se desprende que el ciudadano MORDAZA MORDAZA Copara Mares habria incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, utilizandose para este efecto documento presuntamente adulterado. Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presuntos delitos contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica propia e impropia, previsto y sancionado en el Articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga contra MORDAZA MORDAZA Copara Mares las acciones que correspondan en

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