Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2001 (13/07/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2001

MORDAZA y 11 de junio del 2001 del Concejo Distrital de Quiquijana, provincia de Quispicanchis, departamento de MORDAZA, que declara la vacancia de su cargo de MORDAZA en el referido concejo; en consecuencia, nulos los referidos acuerdos, e improcedente la solicitud sobre designacion de vistos. Articulo Segundo.- Declarar que MORDAZA MORDAZA MORDAZA continua desempenando el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Quiquijana, conforme a ley. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA - MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General 27078 RESOLUCION Nº 529-2001-JNE MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2001 Visto, el expediente Nº 452-2001, iniciado el 21 de marzo de 2001, por Otiliano MORDAZA MORDAZA, elevando el expediente formado respecto a la declaratoria de vacancia de su cargo de MORDAZA en el Concejo Distrital de Umari, provincia de Pachitea, departamento de Huanuco; CONSIDERANDO: Que, es atribucion de los concejos municipales, declarar la vacancia del cargo de MORDAZA o Regidor, dicha declaratoria debe ser aprobada por la mayoria del numero legal de sus miembros, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, de autos se aprecia que, el Concejo Distrital de Umari en sesion ordinaria de fecha 9 de marzo de 2001, con tres (3) votos a favor y dos (2) votos en contra, de un total de seis (6) integrantes del Concejo, acordo declarar la vacancia del cargo de MORDAZA de Otiliano MORDAZA Inocencio; en dicha sesion el citado MORDAZA interpuso recurso de revision contra el acuerdo en mencion, conforme consta a fojas 80 y 81; y, por Resolucion Municipal Nº 001-2001-MDU/U, que obra a fojas 2, se formalizo la mencionada vacancia; que dicho acuerdo de Concejo incumple el presupuesto establecido en el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, toda vez que, la mayoria del numero legal de miembros en el referido Concejo la constituye el MORDAZA conforme de por lo menos cuatro (4) integrantes; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de revision interpuesto por Otiliano MORDAZA MORDAZA contra el acuerdo de sesion ordinaria de fecha 9 de marzo de 2001 del Concejo Distrital de Umari, provincia de Pachitea, departamento de MORDAZA, que declara la vacancia de su cargo de Alcalde; en consecuencia, nulos el referido acuerdo y la Resolucion Municipal Nº 001-2001-MDU/C de fecha 13 de marzo del 2001. Articulo Segundo.- Declarar que Otiliano MORDAZA MORDAZA continua desempenando el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Umari, elegido para el periodo 1999 - 2002.

Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA - MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General 27085

Declaran nulo y sin efecto acuerdo que dispuso la suspension de MORDAZA del Concejo Distrital de Julcamarca
RESOLUCION Nº 523-2001-JNE MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2001 Visto el Expediente Nº 742-2001 sobre suspension de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Julcamarca, provincia de Angaraes, departamento de Huancavelica, iniciado el 18 de junio de 2001 a solicitud de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA del mismo Concejo Municipal, quien comunica que en la sesion del 23 de MORDAZA de 2001 dicho concejo acordo suspender por 45 dias al MORDAZA, por tener procesos penales pendientes y por problemas en la Municipalidad desde el inicio de la gestion, por lo que solicita pronunciamiento de este organismo electoral; CONSIDERANDO: Que el Concejo Distrital de Julcamarca, ademas de acordar la suspension del MORDAZA, en la sesion celebrada el 23 de MORDAZA de 2001, trato la solicitud presentada por este pidiendo permiso a cuenta de vacaciones por motivos de salud, la que fue denegada, conforme se desprende del texto del acta de la sesion respectiva, que en MORDAZA legalizada corre de fojas 7 a 11, haciendo uso de la facultad conferida en el numeral 10) del Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, referido al tramite de los pedidos de licencia; Que los motivos por los que se dispuso la suspension del MORDAZA de Julcamarca, tales como haberse producido problemas administrativos en el seno de la Municipalidad y tener procesos penales pendientes, no se encuentran senalados como causales de suspension en el Articulo 29º de la MORDAZA glosada, en tanto no se acredite la existencia de mandato de detencion firme emanado de autoridad judicial; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar nulo y sin efecto el acuerdo de fecha 23 de MORDAZA de 2001 expedido por el Concejo Distrital de Julcamarca, de la provincia de Angaraes, departamento de Huancavelica, que dispuso la suspension de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de MORDAZA de dicho Concejo Municipal; y en consecuencia, improcedente la solicitud de pronunciamiento planteada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA del mismo Concejo. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA - MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General 27079

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