Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2001 (02/05/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2001

13. PLAN DE RESPUESTA CONTRA SITUACIONES DE EMERGENCIA 13.1 Plan general La Entidad Prestadora, elaborara un plan general de contingencia senalando como minimo lo siguiente: a. Evaluacion de los casos en que se debera considerar una situacion de emergencia. b. Organismos de coordinacion (Defensa Civil, Policia Nacional, Cuerpo General de Bomberos, Capitania de Puerto, etc.) c. Personas a cargo de cada organismo de coordinacion, tales como radios y sus frecuencias, telefonos, direcciones y otros medios de comunicacion disponibles. d. Acciones a efectuar para cada caso y responsables desde el interior del Recinto Portuario. e. Cronograma de reuniones con los organismos de coordinacion (minimo dos veces al ano). 13.2 Recursos disponibles La Entidad Prestadora, senalara en un informe dentro del plan general los recursos necesarios indicando como minimo lo siguiente: a. Cantidad y MORDAZA de equipos y personal que interviene en cada una de las acciones de respuesta. b. Evaluacion trimestral de los equipos destinados a ser utilizados en las acciones de respuesta. 13.3 Planes de evacuacion La Entidad Prestadora, senalara en un informe dentro del plan general un programa de evacuacion indicando como minimo lo siguiente: a. Plano general del Recinto Portuario senalando rutas de evacuacion. b. Cantidad y MORDAZA de vehiculos utilizados para esta actividad. c. Distribucion del personal que participara durante la emergencia. 13.4 Coordinacion interna y para MORDAZA externo La Entidad Prestadora, senalara dentro del plan general la coordinacion interna y de MORDAZA externo senalando como minimo lo siguiente: a. Entidades y organismos externos para los casos de emergencia (Ministerio de Salud, Defensa Civil, Policia Nacional, Cuerpo General de Bomberos, Capitania de Puerto, etc.). b. Responsables de cada una de las instituciones u organismos, telefonos, direcciones y otros medios de comunicacion disponible, asi como de los responsables de la coordinacion interna del Recinto Portuario. 13.5 Control y mitigacion de consecuencias La Entidad Prestadora, establecera los procedimientos para la mitigacion de los efectos negativos que producirian los posibles desastres naturales o de otra indole, debiendo indicar como minimo lo siguiente: a. Procedimiento para la disminucion y reduccion de toda consecuencia ante desastres naturales, sismos, incendios y otros. b. Procedimientos de coordinacion y participacion de las instituciones u organismos y autoridades competentes. 13.6 Investigacion de causas y consecuencias de siniestros La Entidad Prestadora, senalara dentro del plan general los procedimientos para la investigacion de las causas y consecuencias senalando como minimo lo siguiente: a. Establecer el procedimiento para su investigacion y elaborar informes de los resultados. b. Evaluar los danos causados a la propiedad como consecuencia del siniestro. c. Nombrar responsables internos que efectuen estas acciones. 13.7 Enlace con otros planes La Entidad Prestadora, senalara dentro del plan general los procedimientos para el enlace con otros planes senalando como minimo lo siguiente:

a. Cronograma de actividades con la participacion de entidades y organismos externos (Ministerio de Salud, Defensa Civil, Policia Nacional, Cuerpo General de Bomberos, Capitania de Puerto, etc.). b. Revision periodica de los planes de emergencia. c. Cantidad de reuniones para su MORDAZA actualizacion con otros organismos y entidades (Ministerio de Salud, Defensa Civil, Policia Nacional, Cuerpo General de Bomberos, Capitania de Puerto, etc.), minimo dos al ano. 13.8 Entrenamiento y Ejercicios de simulacros periodicos La Entidad Prestadora, senalara dentro del plan general los procedimientos para el enlace con otros planes senalando como minimo lo siguiente: a. Entrenamiento y ejercicios constantes del personal destinado a coordinar y actuar frente a cualquier situacion imprevista. b. Evaluacion de cada uno de los simulacros y la elaboracion de informes de resultados. c. Programa de capacitacion para el personal de la Entidad Prestadora acerca de todo riesgo a que esta sujeto el Recinto Portuario (derrames, siniestros, explosiones, sismos, terrorismo, etc.). d. Difusion a los usuarios que operan dentro del Recinto Portuario y a la comunidad en general. 14. INFRACCIONES AL REGLAMENTO 14.1 Atencion de reclamos Debera especificarse los requisitos, forma, plazos, nivel de apelaciones a que tienen derecho los usuarios relacionados con la actividad portuaria, cuando las Entidades Prestadoras infrinjan las disposiciones del presente Reglamento. 14.2 Infracciones y Sanciones Debera especificarse las infracciones y el MORDAZA de sanciones (excluyendose los pecuniarios) a las que estan sujetos los usuarios relacionados con la actividad portuaria, cuando por cualquier circunstancia infrinjan las disposiciones del presente Reglamento. GLOSARIO DE TERMINOS Actividad Portuaria: Corresponde a la administracion, operacion y explotacion de los puertos y/o terminales portuarios, asi como las construcciones, rellenos, dragado y en general todas las acciones que se efectuan en areas de desarrollo para uso portuario. Agente de Aduana: Persona natural o juridica autorizada por la Superintendencia Nacional de Aduanas, que representa oficialmente a los consignatarios o duenos de la carga. Agencias Maritimas, Fluviales y Lacustres: Persona juridica peruana autorizada por la Direccion General de Transporte Acuatico para intervenir, a designacion del agente general o en representacion de la empresa naviera o armador, en las operaciones de las naves en los terminales portuarios. Almacenamiento: Es el servicio que se presta a la carga que permanece en los lugares de deposito determinados por la Entidad Prestadora. Amarradero: Espacio fisico designado para el amarre de naves. Amarre y Desamarre: Servicio que se presta a las naves en el amarradero para recibir y asegurar las amarras, cambiarlas de un punto de amarre a otro y largarlas. Apilar: Colocar en forma ordenada la carga una sobre otra en las areas de almacenamiento. Area: Superficie delimitada por un perimetro, la cual es destinada para un uso determinado de los servicios y facilidades portuarias.

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