Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2001 (02/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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2. Promover la etica publica

NORMAS LEGALES PREPUBLICACION

MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2001

2.1. Adoptando un codigo de etica para el cumplimiento diligente de las obligaciones y responsabilidades de quienes ejercen la funcion publica y sus asesores, previniendo los conflictos de intereses, sancionando el uso indebido de informacion privilegiada, exigiendo la utilizacion adecuada de los recursos publicos y estableciendo la obligacion de comunicar los casos de corrupcion. 2.2. Alentando el desarrollo de una cultura anticorrupcion que -a traves de programas de educacion escolarizados, no escolarizados y de especializacion- promueve la etica y la probidad publicas. 2.3.Fomentando una cultura de valores eticos que fortalezca el cumplimiento de las normas, la revalorizacion de la funcion publica y la difusion de los valores que sustentan la institucionalidad democratica, a traves de los centros educativos y los medios de comunicacion publicos y privados. Para este fin, propiciar un acuerdo con estas entidades, en cumplimiento del Articulo 14º de la Constitucion.

3. Garantizar la transparencia y la rendicion de cuentas 3.1. Reforzando los mecanismos de transparencia en la gestion publica, garantizando el acceso a la informacion del presupuesto y su ejecucion en cada dependencia. 3.2. Difundiendo los planes de trabajo y las evaluaciones de su cumplimiento de sobre la base de estandares de gestion y el logro de resultados. 3.3. Asegurando una gestion publica transparente de los organos recaudadores de ingresos fiscales (Sunat y Aduanas) y de la Superintendencia de Banca y Seguros. 3.4. Fortaleciendo los mecanismos de acceso competitivo de los proveedores del Estado a traves de compromisos de probidad y transparencia entre las entidades contratantes y los contratados, que se sustenten en la etica y la competencia leal. Adicionalmente, informando a los gremios empresariales y a los colegios profesionales los resultados de las licitaciones de compra de bienes y/o servicios efectuados por las entidades publicas. 3.5. Superando la cultura del secreto en el ambito publico -incluidas las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional- mediante la eficaz aplicacion de mecanismos de control periodico. 3.6. Haciendo cumplir la obligacion de publicar las declaraciones juradas de las autoridades y los funcionarios publicos, de conformidad con el Articulo 40º de la Constitucion, como garantia de control sobre los casos de desequilibrio patrimonial o enriquecimiento ilicito.

4. Fomentar la vigilancia ciudadana 4.1. Reconociendo las iniciativas de la sociedad civil en materia de vigilancia ciudadana sobre la gestion publica, para lograr su efectiva fiscalizacion y el afianzamiento de la etica publica. 4.2. Promoviendo los espacios de concertacion en materia de lucha anticorrupcion que los diferentes sectores de la sociedad civil senalen como prioritarios. 4.3. Estableciendo mecanismos accesibles y sencillos que posibiliten a los ciudadanos la denuncia, con las garantias del caso, de los actos de corrupcion por ellos detectados. 4.4. Reformulando la ley de participacion y control ciudadano -Ley Nº 26300- a fin de facilitar el ejercicio de los derechos contemplados en el referido dispositivo.

MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2001

Monsenor MORDAZA Irizar MORDAZA - Presidente; Senor MORDAZA MORDAZA Blasco; Senora MORDAZA Blondet Montero; Senor MORDAZA MORDAZA Rodriguez; Senor MORDAZA Checa Ledesma; Senora MORDAZA Giesecke Sara-Lafosse; Senor Baldo Kresalja Rosello; Senor MORDAZA Lay Sun; Senor MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Iglesias; Senora MORDAZA MORDAZA Cuadros; y, Senor MORDAZA Santistevan de Noriega.

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