Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2001 (02/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2001
PROCEDIMIENTO DERECHO DE TRAMITE AUTOMATICO

NORMAS LEGALES
CALIFICACION EVALUACION SAP SAN NO REG. DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE RECURSO DE RECONSIDERACION

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AUTORIDAD QUE APRUEBA LA SOLICITUD Y RESUELVE LA RECONSIDERACION RECURSO DE APELACION AUTORIDAD QUE RESUELVE LA APELACION

- El comprobante de pago por el derecho de evaluacion de la solicitud; - La solicitud solo podra ser presentada por las partes en el MORDAZA o por aquellos titulares de derechos o intereses que pudieran ser afectados por el acto administrativo; - Base legal: Articulo 55º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de procedimientos Administrativos, Decreto Supremo Nº 02-94-JUS.

do y requerir la entrega en un plazo MORDAZA de 5 dias habiles.

D.3. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ORDINARIO INICIADO A INSTANCIA DE LOS USUARIOS
MORDAZA de la denuncia por escrito y dirigida Gratuito al Cuerpo Colegiado Permanente o Ad Hoc, conteniendo lo siguiente: - Nombre, documento de identidad,domicilio del solicitante, telefono, fax y/o direccion de correo electronico en caso de tenerlos; - Nombre y domicilio del denunciado, peticion concreta y fundamentacion de la denuncia - Ofrecimiento de medios probatorios - La autorizacion, si asi lo desea, para que la notificacion se le practique por fax, o correo electronico;- Solicitud de medida cautelar; - Firma o huella digital del denunciante o representante; - MORDAZA simple del documento de identidad del denunciante o representante; - MORDAZA simple del documento que acredite la representacion suficiente; - Base legal: literal a) del Articulo 4º y Titulo IV del Reglamento de Consejo Directivo Nº 005-99CD/OSITRAN y literal b) del Articulo 10º del D.S. Nº 094-92-PCM. X Mesa de Partes de la Entidad Prestadora No contemplado - Se interpone Tribunal de Soludentro de los cion de Controver15 dias habiles sias del OSITRAN de notificada la Resolucion expedida por la Entidad Prestadora. - Plazo para resolver: 10 dias contados a partir del dia siguiente a la fecha senalada para el informe oral o si este no hubiese sido solicitado, del ultimo acto procedimental realizado.

D.4. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ORDINARIO ENTRE ENTIDADES PRESTADORAS
MORDAZA de la denuncia por escrito y dirigida 17.1 % de la UIT al Cuerpo Colegiado Permanente o Ad Hoc, conteniendo lo siguiente: - Nombre, documento de identidad,domicilio del solicitante, telefono, fax y/o direccion de correo electronico en caso de tenerlos; - Nombre y domicilio del denunciado, peticion concreta y fundamentacion de la denuncia. - La autorizacion, si asi lo desea, para que la notificacion se le practique por fax, o correo electronico; - Ofrecimiento de medios probatorios (7); - Solicitud de medida cautelar (8) - Firma o huella digital del denunciante o representante - MORDAZA simple del documento de identidad del denunciante o representante - MORDAZA simple del documento que acredite la representacion suficiente:. - Base legal: literal a) del Articulo 3º, y Titulo II del Reglamento de Consejo Directivo Nº 005-99CD/OSITRAN y literal b) del Articulo 10º del D.S. Nº 094-92-PCM. X Mesa de Partes - Se interponeCuerpo Colegiado - Se interpone Tribunal de Soludentro de los 15 Permanente o Ad hoc dentro de los 15 cion de Controdias habiles de - Plazo para resolver dias habiles de versias del notificada la la denuncia: 7 dias notificada la ReOSITRAN Resol. habiles contados solucion -Acompanar desde la fecha de - 25.7 % de la nueva prueba terminacion de la UIT (9) (10) instrumental audiencia de pruebas. - 10 dias conta- 25.4 % de la dos a partir del UIT (9) dia siguiente a - Plazo para rela a fecha senasolver la reconlada para el inforsideracion: 7 me oral o si este dias habiles no hubiese sido contados desde solicitado, del ulel vencimiento timo acto procedel plazo para dimental realique la parte exzado. MORDAZA su posicion respecto a la nueva prueba instrumental presentada.

D.5. PROCEDIMIENTO CONCILIATORIO DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS ENTRE ENTIDADES PRESTADORAS
MORDAZA de solicitud de conciliacion dirigida 2.4 % de la UIT al Cuerpo Colegiado Permanente o Ad Hoc, conteniendo lo siguiente: - Nombre y domicilio de la Entidad Prestadora solicitante, telefono, fax y/o direccion de correo electronico en caso de tenerlos;. - Nombre y domicilio de la Entidad Prestadora con las que se desee conciliar - Hechos que dieron lugar al conflicto en forma precisa - Pretencion, indicada con orden y claridad. - La autorizacion, si asi lo desea, para que la notificacion se le practique por fax, o correo electronico; - Firma o huella digital del solicitante o representante; - MORDAZA simple del documento de identidad del solicitante o representante; - MORDAZA simple del documento que acredite la representacion suficiente; - MORDAZA simple del documento relacionado con el conflicto; - Copias simples de la solicitud y anexos, en numero igual al de los invitados a conciliar propuestos en la solicitud. - MORDAZA del comprobante de pago de tasa por derecho de tramite, la misma que no incluira los honorarios del conciliador - Base legal: Titulo III del Reglamento de Consejo Directivo Nº 005-99-CD/OSITRAN X Mesa de Partes No contemplado Secretario Tecnico del No contemplado Cuerpo Colegiado Permanente (6). No contemplado

(1) Los pagos se realizaran aun en los casos en que el contrato establezca que la modificacion se solicita al Concedente, y el mismo remite los antecedentes al OSITRAN para que determine la procedencia y emita la opinion tecnica. (2) El costo ha sido calculado para copias en formato A4. La solicitud de copias en otro formato o de informacion en otro medio, sera asumida por el solicitante. El pago por las copias, se realizara luego de que OSITRAN apruebe la solicitud y hasta que se entreguen efectivamente. El costo de cada foja de copias simples es de 0.007% de la UIT, para el formato A4. (3) El pago de las tasas corresponde aun cuando los procedimientos se hayan iniciado de oficio. Asimismo, proceden en el caso de apelacion de medidas cautelares e imposiciones de multas. (4) En caso de que la solicitud fuera denegada porque se carece de la informacion requerida, esta circunstancia se pondra en conocimiento del solicitante y en la medida en que se conozca su destino, este hecho debera ser puesto en conocimiento del mismo. (5) Tambien se entendera como unidad organica aquella entidad publica o privada a la que se hayan delegado facultades a traves de convenio de delegacion (Art. 45) del Decreto Supremo Nº 010-2001-PCM. (6) No implica el ejercicio de facultades resolutivas. (7) La parte que solicite (denunciante o denunciado) la actuacion de un medio probatorio, debera asumir su costo, sin perjuicio de lo establecido en el Articulo 14º del Reglamento aprobado por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 005-99-CD/OSITRAN (Art. 24º). En el caso de las inspecciones, el costo de la misma sera determinado en funcion al numero de profesionales a destacar asi como a la distancia a recorrer para la practica de la misma. (8) La solicitud de una medida cautelar debera formularse de acuerdo con los requisitos establecidos por el Articulo 52º del Reglamento aprobado por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 005-99-CD/OSITRAN. En caso de ser necesario destacar personal para ejecutar la medida, el costo se determinara en funcion a lo establecido en el parrafo anterior. (9) Los pagos se haran aun en los casos en que el procedimiento se inicie de oficio de conformidad con lo dispuesto por el Art. 18º del Reglamento aprobado por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 005-99-CD/OSITRAN.Tambien procede en el caso de apelacion de resoluciones de multas, medidas cautelares y los demas casos contemplados en el referido reglamento. (10) El derecho tambien corresponde por apelacion de resoluciones que resuelven sobre excepciones. (*) Los pagos se efectuaran en las Oficinas del OSITRAN o en nuestra cuenta corriente en Moneda Nacional del Banco de Credito del Peru Nº 193-1138783-0-57 OSITRAN. En este ultimo caso, el interesado debera adjuntar al mismo un formulario, proporcionado por OSITRAN en donde indicara el concepto por el que realizo el pago.

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