Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2001 (02/05/2001)


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De la Subjefatura

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2001

Articulo 11º.- El Subjefe del Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo es la autoridad dependiente del Jefe Institucional y colabora con este en la conduccion de la Institucion. Es funcionario de confianza designado mediante Resolucion Suprema, a propuesta del Jefe Institucional. Articulo 12º.- Las funciones del Subjefe Institucional son: a) Orientar, coordinar y supervisar las actividades de los organos del INABEC a fin de que estas se desarrollen con rigor tecnico, con arreglo a la politica y la Mision Institucional, y se encaminen al cumplimiento de sus objetivos. b) Orientar y supervisar la formulacion, ejecucion y evaluacion del plan estrategico institucional, de los planes operativos y del presupuesto Institucional. c) Evaluar la organizacion y gestion de los organos del INABEC, adoptando las medidas correctivas e incentivos necesarios, para mejorar permanentemente los sistemas operativos y la gestion Institucional. d) Expedir Resoluciones Administrativas que dentro de su competencia, le delegue el Jefe Institucional. e) Ejercer la Jefatura de la Institucion en caso de ausencia o impedimento del Titular del Pliego, con las atribuciones inherentes a dicho cargo. f) Ejercer otras funciones que le MORDAZA asignadas por el Jefe Institucional, dentro del area de su competencia. Capitulo II De la Auditoria Interna Articulo 13º.- La Oficina de Auditoria Interna es el organo encargado del control posterior de la gestion tecnica, contable, financiera y administrativa del INABEC, en MORDAZA con las disposiciones del Sistema Nacional de Control y demas normas pertinentes. Esta a cargo de un funcionario con categoria de Director que depende del titular del Pliego, y funcionalmente de la Contraloria General de la Republica. Articulo 14º.- Las funciones de la Oficina de Auditoria son: a) Formular, dirigir, evaluar y ejecutar el Plan Anual de Auditoria Gubernamental de la Institucion. b) Organizar, coordinar y efectuar auditorias y examenes especiales. c) Controlar el cumplimiento de las normas emanadas de los sistemas administrativos, financieros y de control, asi como, las que se dicten internamente, aprobadas por los organos competentes. d) Informar y divulgar el sentido y alcance interpretativo de los dispositivos y normas tecnicas de control y verificar la correcta aplicacion de las mismas, por parte de los organos del INABEC. e) Presentar los informes de control, simultaneamente, al Titular del Pliego, a la Auditoria General del Ministerio de Educacion y a la Contraloria General de la Republica. f) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas y las recomendaciones derivadas de acciones de control internas y externas. g) Asesorar a la Alta Direccion y a los organos del INABEC en asuntos de su competencia. Capitulo III Del Organo de Asesoramiento Articulo 15º.- La Oficina de Asesoramiento Institucional es el organo encargado de conducir y prestar apoyo tecnico profesional en las siguientes areas: i. Asesoria legal; ii. Investigacion; iii. Planificacion estrategica y operativa; iv. Programacion presupuestaria; v. Cooperacion Tecnica y, vi. Desarrollo organizacional. Esta a cargo de un funcionario de confianza con categoria de Jefe de Oficina que depende de la Alta Direccion. Articulo 16º.- Las funciones de la Oficina de Asesoramiento Institucional son: a) Prestar asesoramiento juridico y legal, emitir informes y dictamenes legales que le MORDAZA solicitados, asi como

contar con un compendio de normas legales sistematizadas y concordadas que se relacionen con el quehacer Institucional. b) Conducir, monitorear y evaluar el MORDAZA de planificacion estrategica y operativa en coordinacion con los organos internos y el sistema de planificacion sectorial y nacional. c) Formular y programar el presupuesto Institucional; cumplir con las normas y acciones que aseguren la disponibilidad oportuna de recursos presupuestales; y monitorear, registrar y evaluar su ejecucion. Proponer las transferencias de recursos y actualizar las modificaciones presupuestales que, en coordinacion con el organo rector correspondiente, se realicen para atender las necesidades de la Institucion, de conformidad a las normas vigentes. d) Realizar diagnosticos y evaluaciones de la organizacion y funcionamiento institucional para proponer el mejoramiento continuo de su gestion; formular y/o actualizar los instrumentos de gestion y velar para que la actuacion administrativa se realice con sujecion a la Ley del Procedimiento Administrativo General. e) Desarrollar investigaciones que permitan establecer una adecuada relacion funcional entre la oferta y la demanda de becas y de credito educativo, en atencion a las necesidades del progreso cientifico, tecnologico y cultural del pais. f) Gestionar y concretar con los organismos de cooperacion tecnica y financiera, nacionales y extranjeros, el apoyo a los programas de otorgamiento de becas y credito educativo. g) Celebrar alianzas estrategicas y mantener relaciones funcionales de coordinacion y cooperacion, con organismos publicos y privados, vinculados con las actividades que desarrolla la Institucion. h) Cumplir encargos inherentes a las funciones de la Oficina, asignadas por la Alta Direccion Institucional. Capitulo IV Del Organo de Apoyo Articulo 17º.- La Oficina de Administracion es el organo de apoyo encargado de asegurar el normal funcionamiento de la Institucion proporcionando oportunamente, a las diversas dependencias, los recursos humanos, materiales, financieros y los servicios que se requieran para el cumplimiento de sus funciones, esta a cargo de un funcionario de confianza con categoria de Jefe de Oficina. Depende de la Alta Direccion. La Ejecutoria Coactiva esta adscrita a la Oficina de Administracion. Articulo 18º.- Las funciones de la Oficina de Administracion son: a) Conducir, ejecutar, monitorear y evaluar los sistemas administrativos de: personal, contabilidad, abastecimiento y tesoreria. b) Elaborar el Presupuesto Analitico de Personal y su Cuadro Nominativo, asi como la Planilla Unica de Pagos. c) Realizar las actividades de control de asistencia, permanencia, bienestar, capacitacion y evaluacion de personal. d) Asesorar a la Alta Direccion en materia de normatividad sobre administracion de personal. e) Efectuar el Registro Contable de las operaciones financieras del INABEC, consolidando la informacion de las unidades ejecutoras para la elaboracion de los estados financieros del Pliego. f) Realizar las actividades vinculadas al sistema de Tesoreria y al control previo de la ejecucion presupuestaria, asi mismo, procesar la informacion para el Programa de Declaracion Telematica (PDT) y para el Sistema Integral de Administracion Financiera (SIAF). g) Elaborar el Plan Anual de Adquisiciones en concordancia con la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. h) Ejecutar los procesos de seleccion para la contratacion y adquisicion de bienes y servicios, asi como, las actividades inherentes a los procesos tecnicos de abastecimiento, mensajeria, soporte informatico, control patrimonial, inventario y almacen. i) Ejercer otras funciones inherentes a su cargo, que le MORDAZA asignadas por la Alta Direccion. Articulo 19°.- La Ejecutoria Coactiva se encarga de efectuar las acciones de coercion contra las personas acreedoras de creditos impagos, otorgados por el INABEC. Esta a cargo del Ejecutor Coactivo quien depende administrativamente del Jefe de la Oficina de Administracion y cumple las siguientes funciones: a) Programar, coordinar y ejecutar el procedimiento de Ejecucion Coactiva.

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