Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2001 (02/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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Vertimiento: Evacuacion deliberada de desechos u otras materias desde naves, aeronaves, plataformas u otras construcciones en el mar. 22678

Inician procedimiento disciplinario a diversos servidores de la Direccion General de Caminos
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 040-2001-MTC/15.02 MORDAZA, 21 de marzo del 2001 VISTO: El Expediente Nº 010-2000 y el Informe Nº 014-2001-MTC/CPPAD de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del MTC. CONSIDERANDO: Que, mediante el Memorandum Nº 0948-2000-MTC/ 15.17 el Director General de Caminos remite los actuados relacionados con el Examen Preliminar y Especial practicado al Pago de Aportaciones Sociales-ESSALUD y FONAVI 1998-1999 del Proyecto: Pampano-Castrovirreyna-Huancavelica AF-98 y AF-99, mediante el cual se evidencia presuntas irregularidades en las que habrian incurrido servidores de la citada Direccion General; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, se ha pronunciado por la procedencia de instaurar MORDAZA administrativo disciplinario a servidores de la Direccion General de Caminos, segun los terminos del Informe Nº 014-2000-MTC/CPPAD, que se incorpora a la presente Resolucion en aplicacion del Articulo 85º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; De conformidad con el Articulo 167º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en uso de las facultades delegadas por Resolucion Ministerial Nº 46498-MTC/15.01 de fecha 3 de noviembre de 1998; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA administrativo disciplinario a los siguientes servidores de la Direccion General de Caminos: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Huancachari. Articulo 2º.- Notificar a los servidores procesados de acuerdo a Ley. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Caminos, Oficina General de Asesoria Juridica, Oficina General de Personal y a la Inspectoria General del MTC. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA SALMON Viceministro de Transportes 22695

cias Maritimas, Agencias Fluviales, Agencias Lacustres, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba; Que, el Articulo 13º del acotado Reglamento dispone entre otros, que las coberturas de riesgos, montos minimos indemnizatorios y numero minimo de beneficiarios de las Polizas de Seguro de Accidentes Personales que deben contratar las Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba para el desarrollo de sus actividades seran establecidos mediante Resolucion Directoral expedida por la Direccion General de Transporte Acuatico; Que, con tal motivo la Direccion General de Transporte Acuatico expidio la Resolucion Directoral Nº 379-99-MTC/ 15.15 (17.NOV.99), en la cual se omitio precisar el periodo de cobertura de Incapacidad Temporal, hecho que ha dado lugar a que algunas Empresas y Cooperativas al contratar las Polizas de Accidentes Personales consideren periodos muy reducidos, situacion que, por las implicaciones que conlleva en perjuicio del trabajador amerita ser precisado, para lo cual se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862, Articulo 49º del Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Legislativo Nº 707 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 010-99-MTC y la Resolucion Suprema Nº 027-2000-MTC.; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer que el periodo de cobertura del pago indemnizatorio diario por Incapacidad Temporal de la Poliza de Accidentes Personales, a que se refiere el inciso c) del Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 37999-MTC/15.15 (17.NOV.99), comprende desde el inicio del tratamiento medico hasta la recuperacion del trabajador para el retorno a sus actividades o por haber sido dado de alta por el medico tratante. Dicha cobertura de pago indemnizatorio no debera ser menor a 180 dias calendario. Articulo 2º.- Las Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba deberan adecuarse a dicha disposicion dentro de un plazo de 60 dias, computados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 3º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BUEZA Director General Direccion General de Transpote Acuatico 22679

Agencias Generales, Maritimas, Fluviales y Lacustres y Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba autorizadas para continuar ejerciendo sus actividades durante el ano 2001
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 057-2001-MTC/15.15 MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO:

Establecen periodo de cobertura de indemnizacion por Incapacidad Temporal de la Poliza de Accidentes Personales que deben contratar empresas y cooperativas de estiba y desestiba
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 052-2001-MTC/15.15 MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 010-99-MTC (9.ABR.99), se aprobo el Reglamento de las Agencias Generales, Agen-

Que, el Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 707, dispone que corresponde a la Direccion General de Transporte Acuatico del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion: la direccion, regulacion, control y fiscalizacion de las Agencias Generales, Agencias Maritimas, Agencias Fluviales y Agencias Lacustres, asi como, de las Empresas y Cooperativas de Trabajadores de Estiba y Desestiba; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 010-99-MTC (9.ABR.99), se ha aprobado el Reglamento del referido Decreto Legislativo, en el cual se establece los requisitos y procedimientos que deben cumplir las citadas Agencias, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba, para poder obtener sus Licencias y/o prorrogarlas, para ejercer sus actividades en los puertos autorizados; Que, conforme a lo dispuesto por los Articulos 31º y 32º del acotado Reglamento, la Direccion General de Trans-

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