Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2002 (19/04/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 19 de MORDAZA de 2002

Articulo 4º.- La Universidad "Inca Garcilaso de la Vega", debera remitir al CONAFU, MORDAZA certificada notarial de la Escritura Publica que contiene los Estatutos Sociales y Reglamento General de la Universidad, debidamente inscritos, para los fines a que se refiere la Tercera Disposicion Transitoria del Decreto Legislativo Nº 882, modificado por la Ley Nº 27278. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Presidente 7174

Que, en consecuencia, se debe proceder a encargar las funciones del cargo de Contralor General de la Republica al Subcontralor General, a efecto de asegurar el normal desarrollo de la gestion rectora que le compete; Que, el financiamiento de los gastos que irrogue la participacion del Contralor General de la Republica, se efectuara con cargo a recursos del presupuesto de la Contraloria General de la Republica, conforme al Memorando Nº 134-2002-CG/AD de la Gerencia Central de Administracion; De conformidad con las facultades conferidas por los Articulos 24º y 30º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, y con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Encargar al senor Subcontralor General, MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, las funciones del cargo de Contralor General de la Republica, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, a partir del 24 de MORDAZA de 2002 y en tanto dure la ausencia de su Titular. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje a que se refiere la presente Resolucion, seran financiados con los recursos del Presupuesto del Pliego 019: Contraloria General de la Republica, conforme al detalle siguiente: Pasajes US$ 1 010,66 Viaticos US$ 660,00 Tarifa CORPAC US$ 25,00 Articulo Tercero.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

CONTRALORIA GENERAL
Encargan al Subcontralor General las funciones de Contralor General de la Republica
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 059-2002-CG MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2002 VISTOS; la comunicacion de la General Accounting Office de los Estados Unidos de Norteamerica, de fecha 18 de marzo de 2002, la Hoja de Recomendacion Nº 005-2002CG/CT y el Memorando Nº 29-2002-CG/CT, de la Gerencia de Cooperacion Tecnica, del 2 y 4 de MORDAZA de 2002, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo del XXV Consejo Directivo de la Organizacion Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS), celebrado en San MORDAZA, Costa Rica, el 8 de marzo de 2002, se designo al Titular de la Contraloria General de la Republica del Peru como representante del Grupo Regional ante la Unidad Especial para el Planeamiento Estrategico de la Organizacion Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI); Que, el Titular de la General Accounting Office de los Estados Unidos de Norteamerica, en su calidad de Presidente de la Unidad Especial para el Planeamiento Estrategico de INTOSAI ha formulado invitacion al Contralor General de la Republica del Peru,en su condicion de representante del Grupo Regional OLACEFS ante dicha Unidad, para participar en el Primer Encuentro de Task Force, a desarrollarse en la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos de Norteamerica, los dias 25 y 26 de MORDAZA del ano en curso; Que, la agenda prevista para esta primera reunion de trabajo abordara aspectos como la necesidad de Planeamiento Estrategico, la vision, mision, analisis FODA, formulacion de objetivos estrategicos, estrategias y la elaboracion del documento base de discusion a ser presentado en el 50° Comite Directivo de la INTOSAI; Que, en el contexto nacional, la promulgacion de la Ley MORDAZA de Modernizacion del Estado, ha puesto de relieve la necesidad de promover mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, mejor atencion a la ciudadania, optimo uso de los recursos publicos y transparencia en la gestion; propositos que estan relacionados al encargo constitucional que compete a nuestra Institucion; Que, el citado evento constituira un espacio para intercambiar conocimientos y experiencias en materia de Planificacion Estrategica que permitira complementar y contribuir a los propios esfuerzos institucionales y de las entidades fiscalizadoras superiores miembros de la INTOSAI en el MORDAZA de modernizacion y fortalecimiento institucional, asi como nos brindara la oportunidad de conjugar esfuerzos a nivel institucional y regional, para impulsar la formulacion de instrumentos de gestion que permitan prever y responder proactivamente a las necesidades y prioridades de control que demanda la administracion gubernamental y la ciudadania; Que, en ese sentido, resulta importante y necesaria la participacion en el Encuentro MORDAZA senalado del Contralor General de la Republica del Peru; situacion que ha sido comunicada oportunamente al Congreso de la Republica;

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 7049

JNE
Declaran improcedente recurso de revision contra acuerdo que desestimo solicitud de declaratoria de vacancia del MORDAZA del Concejo Provincial de Luya
RESOLUCION Nº 131-2002-JNE MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2002 Exp. Nº 1259-2001 VISTOS: El escrito del ciudadano MORDAZA Chocaca MORDAZA solicitando la revision del acuerdo del Concejo Provincial de Luya, departamento de Amazonas, que desestima la solicitud de declaratoria de vacancia contra de MORDAZA senor MORDAZA Baella Servan; Los escritos de MORDAZA Baella Servan, MORDAZA del Concejo Provincial de Luya, comunicando que dicho Municipio desestimo el pedido de vacancia de su cargo; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Provincial de Luya en sesion del 19 de diciembre del 2001, con siete votos a favor, de un total de ocho integrantes, desestimo la solicitud de vacancia del cargo de MORDAZA correspondiente a MORDAZA Baella Servan, formulada por el ciudadano MORDAZA Chocaca MORDAZA, quien alegaba abandono de cargo, conforme se aprecia de fojas 104 a 115; Que, solo el acuerdo de concejo que declara la vacancia de MORDAZA o Regidor es susceptible de revision a pedido de parte, conforme lo establece el MORDAZA parrafo del Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; por lo que, la solicitud de revision formulada por el

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