Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2002 (19/04/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 19 de MORDAZA de 2002

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 007-2002-CE/MSJL del Presidente del Comite Especial para la Licitacion Publica Nº 002-2002CE sobre Suministro de Combustible, Memorandum Nº 4932002-DM/MSJL de la Direccion Municipal e Informe Nº 8322002-OAJ/MSJL de la Oficina de Asesoria Juridica sobre Declaracion de Situacion de Urgencia el Suministro de Combustible y Lubricantes por un plazo de sesenta (60) dias naturales; y, CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 007-2002-CE/MSJL, el Presidente del Comite Especial para la Licitacion Publica Nº 0022002-CE sobre Suministro de Combustible, comunica a la Direccion Municipal que el referido MORDAZA de Seleccion ha sido declarado desierto, por lo que se procedera a efectuar una nueva convocatoria; expresando la necesidad de autorizar mediante Acuerdo de Concejo la Declaratoria de Urgencia del referido suministro por un lapso de 60 dias calendario; Que, mediante Memorandum Nº 493-2002-DM/MSJL de la Direccion Municipal, se requiere a la Oficina de Asesoria Juridica Informe Tecnico Legal a efectos de continuar con el abastecimiento de combustible y lubricantes para las unidades vehiculares de esta comuna; Que, dentro de este contexto, hasta la conclusion del MORDAZA de seleccion resulta necesario adoptar acciones complementarias que permitan garantizar la prestacion continua del suministro de combustible y lubricantes en forma regular, dado que a la fecha no se cuenta oficialmente con dicho servicio, por la declaracion de desierto del MORDAZA de seleccion convocado, lo que constituye una situacion imprevisible y extraordinaria; Que, el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en su inciso C) senala los casos de exoneracion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, estableciendo que estan exoneradas aquellas adquisiciones y contrataciones que se realicen: En situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la referida Ley; Que, ademas en su Articulo 20º, la acotada MORDAZA establece las formalidades de los procedimientos no sujetos a Licitacion Publica y Concurso Publico o Adjudicacion Directa, senalandose en su inciso C) que, tratandose en el caso de los gobiernos locales deberan contar con un Informe Tecnico - Legal previo y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano; Que, el Articulo 21º del citado Texto Unico, senala textualmente que: "Se considera Situacion de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda". Dispositivo que es concordante con lo establecido en el Articulo 113º del Reglamento de la Ley supracitada - aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM el cual dispone que las Resoluciones o Acuerdos que aprueben la exoneracion de los Procesos de Seleccion, requieren obligatoriamente un Informe Tecnico Legal previo emitido por las areas tecnicas y de asesoria juridica de la Entidad, el mismo que contendra la justificacion tecnica y legal de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion y contemplara criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad; Que, por las causales expuestas por el Comite Especial de L.P. Nº 002-2002-CE, ha sobrevenido una situacion coyuntural extraordinaria e imprevisible que tiene como correlato la carencia del suministro del combustible y lubricantes, que amerita la toma de decisiones inmediatas en procura de sobrellevar esta situacion de manera temporal, en tanto concluya definitivamente el MORDAZA de seleccion; Que, la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 832-2002-OAJ/MSJL recomienda que al concurrir los

presupuestos legales establecidos por Ley, se proceda con DECLARAR en Situacion de Urgencia el Suministro de Combustible y Lubricantes para las unidades vehiculares de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho por un plazo de 60 (sesenta) dias calendario hasta la culminacion del MORDAZA de seleccion y se autorice la contratacion de dicho servicio mediante Adjudicacion Directa de Menor Cuantia; De acuerdo a las consideraciones expuestas y con las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, de conformidad con lo establecido en el Articulo 21º inciso 13) del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, con el MORDAZA mayoritario del Pleno del Concejo y con la dispensa del tramite de aprobacion de acta; SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Urgencia el Suministro de Combustible y Lubricantes por el plazo de sesenta (60) dias calendario y se autorice la contratacion de dicho suministro mediante Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. Articulo Segundo.- La Adjudicacion Directa de Menor Cuantia que se autoriza en el articulo precedente debera contemplar el siguiente MORDAZA de combustible y monto referencial: - Petroleo y Gasolina - LUBRICANTES - Fuente de Financiamiento - Especifica del gasto S/. S/. 422,225.50 13,111.20

: Recursos Propios : 5.3.11.23 Combustibles y Lubricantes

Debiendo invitarse a por lo menos tres postores. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Comision Interna de Trabajo de Desarrollo Ambiental y Salud y al Regidor MORDAZA MORDAZA Norona la Fiscalizacion del MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia autorizado. Articulo Cuarto.- AUTORIZAR al senor MORDAZA emitir las Resoluciones de Alcaldia que correspondan para el debido cumplimiento del presente Acuerdo. Articulo Quinto.- Poner en conocimiento del presente Acuerdo a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta General y de Fiscalizacion del Congreso Nacional de la Republica, Ministerio de Economia y Finanzas, Contraloria General de la Republica, al Consejo Nacional de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), Concejo Municipal, Comision Interna de Trabajo de Desarrollo Ambiental y Salud, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 7068

Inician procedimiento disciplinario a ex funcionarios de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 499 San MORDAZA de Lurigancho, 16 de de MORDAZA 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTOS: El Informe Nº 001-2002-C.E.P.A.D./MSJL y Actas de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho; y, CONSIDERANDO: Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios ha procedido a la revision y analisis

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