Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2002 (19/04/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 19 de MORDAZA de 2002

SBS
Autorizan a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA la apertura de agencias en los departamentos de MORDAZA e Ica
RESOLUCION SBS Nº 310-2002 MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA para que se le autorice la apertura de dos (2) agencias ubicadas en las ciudades de Sicuani y Nasca; y, CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el intendente del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "F" mediante Informe DESF-"F" Nº 003-2002/OT; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; la Circular SBS Nº CM- 184-97, el procedimiento administrativo Nº 11 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Resolucion SBS Nº 131-2002, y en virtud de la facultad delegada por Resolucion SBS Nº 00398 del 7 de enero de 1998 y la Resolucion SBS Nº 0342002 del 11 de enero de 2002; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA, la apertura de las siguientes agencias: . MORDAZA 2 de MORDAZA Nºs. 223 y 227 - Sicuani, distrito de Sicuani, provincia de Canchis, departamento de Cusco. . MORDAZA Grau Nº 250, distrito y provincia de Nasca, departamento de Ica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) 7003

CONSIDERANDO: Que el Articulo 215º de la Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que trate debe enajenarlos en un plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenacion se MORDAZA efectuado, la MORDAZA Municipal debera constituir una provision hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, el numeral 4 de la Circular SBS Nº B-2075-2000 (CM-0262-2000) establece que las solicitudes para prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser presentadas con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, caso contrario sera rechazada la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "F" mediante Informe Nº DESF "F" 042-2002/OT y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y, en virtud de la facultad delegada por Resolucion SBS Nº 807-99 del 26 de agosto de 1999, Resolucion SBS Nº 1028-2001 de fecha 27 de diciembre de 2001; asi como el encargo recibido mediante Resolucion SBS Nº 0342002 del 11 de enero del 2002; RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito Maynas S.A. proceda a la enajenacion de los bienes adjudicados senalados en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, debiendo ajustarse a los lineamientos establecidos en la Circular SBS Nº B-2075-2000 (CM-0262-2000). Articulo Segundo.- Vencido el plazo de prorroga que se otorga, la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito Maynas S.A. debera proceder conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215º de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provision con cargo a los resultados del mes en que se vencio el referido plazo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca (a.i.)
ANEXO BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702) Relacion de bienes adjudicados por obligaciones de deudores, sobre los cuales se autoriza a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito Maynas S.A., prorroga de seis meses para su venta, conforme con lo dispuesto en el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros.
MORDAZA DE BIEN DESCRIPCION FECHA DE ADJUDICACION VALOR EN LIBROS PRORROGA DE TENENCIA

Prorrogan plazo para que la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito Maynas S.A. proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 311-2002 MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud de prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes inmuebles que forman parte del Anexo de la presente Resolucion, otorgados en dacion de pago, presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito Maynas S.A., conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General;

OFICINA PRINCIPAL JOYAS DE ORO JOYAS DE ORO JOYAS DE ORO JOYAS DE ORO JOYAS DE ORO OFICINA MORDAZA JOYAS DE ORO JOYAS DE ORO

CHAFALONIA DE ORO CHAFALONIA DE ORO CHAFALONIA DE ORO CHAFALONIA DE ORO CHAFALONIA DE ORO CHAFALONIA DE ORO CHAFALONIA DE ORO

31.3.2001 30.4.2001 31.5.2001 30.6.2001 31.7.2001 31.5.2001 31.7.2001

12,782.02 20,170.58 9,167.71 16,866.04 26,466.90 9,437.67 341.60

30.9.2002 31.10.2002 30.11.2002 31.12.2002 31.1.2003 30.11.2002 31.1.2003

7055

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