Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2002 (19/04/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 19 de MORDAZA de 2002

MORDAZA, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de la MORDAZA Arqueologica declarada "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 7008

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 7007

RESOLUCI DI ON RECTORAL NACI ONAL Nº228/NC I
MORDAZA, 27 de marzo de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 061, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 04, de fecha 6 de febrero de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante el Acuerdo Nº 061, de fecha 6 de febrero de 2002, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Nacion al Complejo Arqueologico Corvacho Zana, ubicado en el distrito de Zana, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 004-2000ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Complejo Arqueologico Corvacho Zana, ubicado en el distrito de Zana, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Articulo 2º.- Aprobar el Plano Perimetrico del Complejo Arqueologico Corvacho, Nº PL-MB 99-12, de fecha junio de 1999, a escala 1:10,000, con un area de 273.32 hectareas, ubicado en el distrito de Zana, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Margesi de Bienes Nacionales la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion del Complejo Arqueologico mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Complejo Arqueologico declarado "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 7009

Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a sitios y zonas arqueologicas ubicadas en los departamentos de Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 225/INC MORDAZA, 27 de marzo de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 427 tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 31, de fecha 30 de noviembre de 2001; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante el Acuerdo Nº 427 de fecha 30 de noviembre de 2001, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Nacion al Sitio Arqueologico "Ccellccaya" ubicado en el distrito y provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica. Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Sitio Arqueologico "Ccellccaya", ubicado en el distrito y provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Departamental de Cultura - Huancavelica que establezca las acciones necesarias para la elaboracion del Plano de Delimitacion del Sitio Arqueologico MORDAZA mencionado con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Margesi de Bienes Nacionales la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion del Sitio Arqueologico mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion, una vez elaborado su Plano de Delimitacion con la respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueologico declarado "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura.

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