Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2003 (16/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 16 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Declaran en situacion de urgencia el suministro de combustible para las unidades vehiculares de la Gerencia Local de Callao del PRONAA
PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA ALIMENTARIA - PRONAA RESOLUCION JEFATURAL Nº 253-2003-PRONAA/J MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2003 VISTOS: El Informe Nº 207-2003-G.L.CALLAO/PRONAA de fecha 12 de marzo de 2003 y el Informe Nº 115-2003O.JURIDICA/PRONAA de fecha 4 de MORDAZA de 2003, emitidos por la Gerencia Local de Callao y por la Oficina Juridica del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, el Comite Especial Permanente, encargado de conducir los Procesos de Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion Directa Publica, para la Adquisicion y Contratacion de Bienes, Servicios y Obras a ser realizados en la Sede Central del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA convoco el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 002-2003-PRONAA para el suministro de combustible destinado a la Sede Central y a la Gerencia Local de Callao, el cual fue declarado desierto, por lo que de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 32º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se procedio a una MORDAZA convocatoria, encontrandose actualmente en la Etapa de Otorgamiento de la Buena Pro; Que, por el Informe Nº 207-2003-G.L.CALLAO/ PRONAA la Gerencia Local de Callao manifiesta, entre otros, que la falta de abastecimiento del suministro de combustible ocasionaria un eminente corte en la continuidad de las labores de distribucion y supervision de alimentos, restando operatividad a dicho Organo Desconcentrado y no pudiendo cumplir con los fines para los cuales ha sido creado el PRONAA, por lo cual recomienda se declare en Situacion de Urgencia, a efectos que la Gerencia Local de Callao pueda llevar a cabo un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, en tanto culmine el MORDAZA de Seleccion que viene efectuando el Comite Especial Permanente competente de la Sede Central de PRONAA; Que, mediante el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado se establece que, estan exoneradas de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa Publica, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en Situacion de Urgencia declaradas de conformidad con el citado Cuerpo Legal; debiendo llevarse a cabo dichas adquisiciones o contrataciones, en concordancia con lo regulado por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado, a traves del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, segun el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se considera Situacion de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situacion a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, de acuerdo a lo previsto por el numeral 2) del articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Situacion de Urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de

seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, de conformidad a lo establecido por el Reglamento de Organizacion y Funciones del PRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2001-PROMUDEH, el PRONAA es un Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, cuya finalidad es contribuir a elevar el nivel alimentario y nutricional de la poblacion en extrema pobreza y grupos vulnerables, a traves de acciones de apoyo y seguridad alimentaria, con el proposito de coadyuvar al logro de la seguridad alimentaria integral en el MORDAZA, asi como a damnificados por situaciones de emergencia temporal; Que, la imposibilidad de obtener el suministro de combustible requerido por la Gerencia Local de Callao, debido a la dilacion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 002-2003-PRONAA, genera una ausencia extraordinaria e imprevisible de dicho producto que afecta en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales de apoyo y asistencia alimentaria que brinda la Entidad, principalmente la distribucion de los alimentos y la supervision de esta, poniendo en riesgo la atencion de los beneficiarios de los Programas Regulares que se ejecutan en el ambito del mencionado Organo desconcentrado de PRONAA; por lo que, resulta necesaria la obtencion del suministro de combustible, via exoneracion, por haberse configurado la Situacion de Urgencia prevista en el literal c) del articulo 19º, literal a) del articulo 20º y el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, autorizando al Comite Especial Permanente de la Gerencia Local de Callao para que realice el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, hasta por el valor de referencial de S/. 18,307.00, a fin de evitar el desabastecimiento de combustible, en tanto concluya el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 002-2003-PRONAA; Con las visaciones de la Oficina de Administracion, Gerencia Tecnica, Gerencia de Operaciones, Oficina Juridica y de la Direccion Ejecutiva; Estando a las atribuciones conferidas al Jefe del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria, de conformidad a lo previsto por los incisos h) y j) del articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones del PRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2001-PROMUDEH; y en concordancia con los Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Urgencia el suministro de combustible para las unidades vehiculares de la Gerencia Local de Callao del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA. Articulo Segundo.- Autorizar al Comite Especial Permanente, encargado de conducir los Procesos de Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia, para la Adquisicion y Contratacion de Bienes, Servicios y Obras a ser realizados en la Gerencia Local de Callao, a efectos que realice el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia destinado a la obtencion del suministro de combustible, por el valor referencial de hasta Dieciocho Mil Trescientos Siete y 00/100 Nuevos Soles (S/. 18,307.00), en el interes de garantizar la continuidad de la atencion a los beneficiarios de los Programas Regulares que se ejecutan en el ambito de la Gerencia Local de Callao, en tanto culmine la Adjudicacion Directa Publica Nº 002-2003-PRONAA. Articulo Tercero.- La Oficina de Administracion debera remitir a la Contraloria General de la Republica MORDAZA de la presente Resolucion y del Informe Tecnico y Legal, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, asi como, realizar la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- Autorizar a la Oficina de Informatica del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria PRONAA, para que se encargue de la publicacion de la presente Resolucion Jefatural en la pagina WEB de esta entidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) 07383

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