Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2003 (16/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, miercoles 16 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2002-AG, se aprueba el Estudio Tecnico del Procedimiento para la Promocion y Determinacion del Tamano de las Unidades de Aprovechamiento para los bosques de produccion permanente creados por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 1349 y 1351-2001-AG y 0262002-AG; Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2002-AG, se aprobaron las inclusiones, exclusiones y redimensionamientos de las unidades de aprovechamiento de los bosques de produccion permanente del departamento de Ucayali, que fueron materia de concurso publico, sobre un total de 511 unidades de aprovechamiento correspondiente a una superficie de 3 387 790 hectareas; Que, siendo politica del Gobierno otorgar a traves del INRENA concesiones forestales a nivel nacional, se han otorgado concesiones forestales con fines maderables mediante concurso publico en los departamentos de MORDAZA de MORDAZA, Ucayali, San MORDAZA y MORDAZA, estando este ultimo en pleno MORDAZA de concurso publico; Que, el 18 de marzo del 2002 se publico la convocatoria del concurso publico para el otorgamiento de concesiones forestales con fines maderables en el departamento de Ucayali; Que, en el mes de MORDAZA de 2002, la Comision Ad Hoc encargada de conducir el concurso publico otorga la buena pro sobre un total de 326 unidades de aprovechamiento correspondientes a una superficie de 2 132 457 hectareas; Que, se han suscrito contratos de concesion forestal con fines maderables sobre 312 unidades de aprovechamiento correspondientes a una superficie de 2 025 893 hectareas, habiendo quedado 199 unidades de aprovechamiento sin concesionar, las que deben ser materia de un MORDAZA concurso publico en dicho departamento; Que, siendo politica del Gobierno, otorgar las concesiones forestales con fines maderables en el MORDAZA del

respecto irrestricto a los derechos de las comunidades nativas y campesinas, asi como a los derechos debidamente acreditados por terceros, se han redimensionado algunas de las unidades de aprovechamiento no concesionadas; Por lo MORDAZA expuesto, debido a los redimensionamientos realizados, es necesario modificar el tamano de las unidades de aprovechamiento de los bosques de produccion permanente del departamento de Ucayali, que seran otorgadas a traves de concesiones forestales con fines maderables mediante concursos publicos en dicho departamento, de conformidad con el Informe Nº 019-2003-INRENA-IFFSDPPFFS ; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar el numero y superficies de las Unidades de Aprovechamiento (UA) de los bosques de produccion permanente del departamento de Ucayali, que seran otorgadas a traves de concesiones forestales con fines maderables mediante concurso publico, sobre un total de 191 UA correspondientes a una superficie de 1 271 229 hectareas, que en Anexo 01 forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de MORDAZA del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura

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