Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2003 (17/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2003

los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 6º.- La Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina de Administracion del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo iniciara los actos administrativos correspondientes con la celeridad debida a fin de concluir a la brevedad con la situacion de urgencia declarada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 13370

y Promocion del Empleo para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 13371

Autorizan adquisicion de material de procesamiento automatico de datos mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 170-2003-TR
MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2003 VISTOS: El Informe Nº 121-2003-OA-OASA de fecha 25 de junio de 2003, de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, Informe Nº 257-2003-OPP-OPRE de la Oficina de Presupuesto de fecha 26 de junio de 2003, el Informe Nº 467-2003-MTPE/OAJ/OAAL de la Oficina de Asesoria Juridica fecha 1 de MORDAZA de 2003 y el Informe Nº 131-OAOASA de fecha 4 de MORDAZA de 2003; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa las adquisiciones que se realicen en situacion de urgencia declarada de conformidad con la normatividad vigente en materia de contrataciones y adquisiciones del Estado; Que, el numeral 2) del articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, determina que la situacion de urgencia debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o contratacion como medida temporal sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que de producirse el supuesto senalado en el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que determina la necesidad de efectuar procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las bases, con autorizacion expresa del titular del pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda; Que, mediante Informes Nºs. 121 y 131-2003-OA-OASA, la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares informa que durante los meses de enero a junio se han realizado diferentes eventos, asi como la creacion de nuevas oficinas, programas y el desarrollo de actividades no programadas que han hecho que el material de escritorio y de procesamiento automatico de datos no pueda cubrir mayor demanda que lo programado, por lo que solicitan recurrir a una compra de urgencia y mientras dure las convocatorias de los procesos correspondientes; Que, asimismo se informa que a efectos de no comprometer la continuidad de las labores administrativas y operativas de las dependencias, y en consecuencia la continuidad de los servicios y actividades propias del Sector, es necesario se apruebe la exoneracion por situacion de urgencia para la adquisicion de material de procesamiento automatico de datos, autorizandose la contratacion para la adquisicion de dichos bienes, por un valor referencial de S/. 64 566,86, y por el periodo necesario hasta que concluya el MORDAZA de seleccion correspondiente, teniendo en cuenta que el mismo se encuentra en la etapa de la MORDAZA de consultas; Que, mediante Informe Nº 467-2003-MTPE/OAJ/OAAL, la Oficina de Asesoria Juridica concluye que resulta procedente, como medida temporal, aprobar la situacion de urgencia para la adquisicion de material de procesamiento

Autorizan a procurador iniciar acciones legales para obtener ineficacia de titulos valores correspondientes a la cuenta corriente del Programa de Capacitacion Laboral Juvenil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 169-2003-TR
MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2003 VISTOS: La comunicacion de fecha 20 de junio de 2003 enviada por el Gerente de Servicios de la empresa Olva Courier, el Oficio Nº 167-2003-DVMPEMPE/PCLJ remitido por la Coordinadora Nacional de Pro Joven, el Oficio Nº 278-2003MTPE/DVMPEMPE de la Viceministra de Promocion del Empleo y la Micro y Pequena Empresa; y, CONSIDERANDO: Que, segun se aprecia de los antecedentes que motivan la comunicacion efectuada por la empresa Olva Courier, el 19 de junio de 2003, la valija que contenia documentos del Programa Pro Joven fue robada del vehiculo en que era transportada, cuando era conducida al Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, obrando entre los documentos que contenia dicha valija se encontraban cinco (5) cheques del Banco de la Nacion por importes diversos girados por el Programa de Capacitacion Laboral Juvenil - "Pro Joven"; Que, mediante Carta Nº 164-2003-DVMPEMEP/PCLJ, se ha comunicado al Banco de la Nacion respecto del robo mencionado en el considerando precedente, solicitando se evite el cobro de los indicados cheques, sin embargo, conforme a las normas de la Ley de Titulos Valores vigente, corresponde, que adicionalmente se solicite en la via judicial la ineficacia de titulo valor respecto de los cinco (5) cheques detallados en la carta dirigida a la entidad bancaria; Que, estando a lo solicitado y a los antecedentes remitidos corresponde se autorice al Procurador del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo para que efectue las acciones legales que correspondan, en salvaguarda de los intereses del Estado, conforme a las atribuciones que le confiere el articulo 4º del Decreto Ley Nº 17537; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, para que interponga las acciones legales correspondientes a fin de lograr la ineficacia de los cinco (5) cheques detallados en la Carta Nº 164-2003DVMPEMPE/PCLJ que correspondia a la Cuenta Corriente del Banco de la Nacion del Programa de Capacitacion Laboral Juvenil, en atencion a los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase la documentacion y demas antecedentes del caso, al Procurador Publico del Estado encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo

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