Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2003 (17/07/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 83

MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 248345

ta como requisito esencial a la persona del locador ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio. La evaluacion de las caracteristicas o habilidades del locador debera ser objetiva y se efectuara en funcion a la naturaleza de las prestaciones a su cargo. Las prestaciones que se deriven de los contratos celebrados al MORDAZA del presente articulo no seran de materia de subcontratacion; Que, el articulo 113º del Reglamento citado describe que las Resoluciones o Acuerdos que aprueben la exoneracion de procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el Articulo 19º de la Ley, requieren obligatoriamente un informe tecnico ­ legal previo, emitido por las Areas Tecnicas y de Asesoria Legal de la Entidad. Dicho informe contendra la justificacion tecnica y legal de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion y contemplara criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad; Que, el Articulo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, que aprueba el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones que se refiere el Art. 19º de la Ley se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, aprobado mediante Acuerdo del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales, cuya MORDAZA y el informe que lo sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el Articulo 115º del Reglamento citado, establece que las Resoluciones o Acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de seleccion conforme al articulo 19º de la Ley, salvo las previstas en los incisos b) y d) son publicados en el Diario Oficial "El Peruano" dentro de los diez (10) dias habiles de su emision o adopcion, segun corresponda; Que, el Articulo 116º del Reglamento mencionado senala que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de conformidad con el Art. 19º de la Ley, se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo de aplicacion lo dispuesto en el Art. 105º del Reglamento MORDAZA citado. La autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara, en cada caso, la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contraprestacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, los Informes Nºs. 033-2003-OA-MPS y 407-A y 538-2003-OAL-MPS, emitidos por las Oficinas de Administracion y Asesoria Legal respectivamente, contienen la justificacion tecnica - legal de la procedencia a la exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo; Estando a los fundamentos expuestos y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Articulos 9º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con el MORDAZA en MAYORIA de los senores Regidores; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a fin de que se proceda a la contratacion de una Persona Juridica, que se encargara de asesorar la ejecucion de un programa de Fiscalizacion Tributaria Selectiva, Cobranza, Seguimiento y Control de los Tributos, Multas Tributarias, Multas Administrativas, Multas por infringir el Reglamento Nacional de MORDAZA y la Asesoria en la Ejecucion de las Cobranzas Coactivas, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- Autorizar al Senor MORDAZA de la Municipalidad Provincial del MORDAZA, para que a traves de a la Oficina de Administracion y bajo la causal de Servicios Personalisimos, proceda a la contratacion de la empresa L&L COMPANIA DE ASESORES CONSULTORES S.A., para la ejecucion de los servicios descritos en el Articulo Primero, bajo la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, de acuerdo con lo establecido en el Articulo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM. Articulo Tercero.- Disponer, que la Oficina de Secretaria General de la Municipalidad Provincial del MORDAZA, remita MORDAZA del presente Acuerdo y del informe que

sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de Republica, dentro del plazo de diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; asi como su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los plazos de Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. ESTUARDO MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13450

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVA MORDAZA
Declaran en emergencia administrativa y financiera a la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 020-2003-MDNR
MORDAZA Nueva MORDAZA, 7 de MORDAZA del 2003 VISTO: El acuerdo en sesion ordinaria de Concejo de la Municipalidad Distrital de Nueva MORDAZA de fecha cuatro de MORDAZA del dos mil tres, mediante el cual se aprueba por unanimidad la Declaracion de Emergencia Administrativa y Financiera por un plazo MORDAZA de noventa dias; y, CONSIDERANDO: Que de acuerdo a los articulos III y IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; representan al Vecindario promueven la adecuada prestacion de servicios publicos, locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de las circunscripciones de su circunscripcion; Que dentro de este MORDAZA MORDAZA funcional y legal, la Vigesima Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972, vigente desde el 28 de MORDAZA del 2003, establece que las Municipalidades Distritales, por unica vez, podran declararse en Emergencia Administrativa o Financiera, por un plazo MORDAZA de noventa dias, con el objeto de hacer las reformas, cambios o reorganizaciones que fueran necesarias para optimizar sus recursos y funciones, respetando los derechos laborales adquiridos legalmente; Que, la referida Ley, introduce un conjunto de cambios organizativos y funcionales que implica necesariamente iniciar procesos de adecuacion de la Organizacion Municipal y sus procedimientos, siendo necesario efectuar una reestructuracion del actual Organigrama Estructural de la Municipalidad y los documentos tecnicos-normativos de gestion como Estructura Organica de MDNR, Reglamento Interno de Concejo (RIC), Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), Manual de Organizacion y Funciones (MOF), Presupuesto Analitico de Personal (PAP), TUPA; Que, asimismo, la Administracion Municipal debe adoptar una Estructura Gerencial, lo que hace indispensable la adecuacion de los Organos de Gobierno y Administracion de la Municipalidad, a lo senalado en dicho cuerpo normativo; Que, por lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas en el Articulo noveno de la Ley Organica de Municipalidades - Nº 27972, el Concejo por unanimidad y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta se dispone; ACUERDO: Articulo Primero.- Declarar en Emergencia Administrativa y Financiera a la Municipalidad Distrital de Nueva MORDAZA, por un plazo de noventa dias, conforme los considerandos precedentes.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.