Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2003 (17/07/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 82

Pag. 248344
ACUERDO DE CONCEJO Nº 69-2003-ACSS MORDAZA de MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2003 EL MORDAZA DE MORDAZA DE SURCO; POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2003

El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha, en atencion a la propuesta presentada por la Comision Especial de la "ORDEN MORDAZA APOSTOL" mediante Dictamen Nº 01-2003, para designar a las personalidades a ser condecoradas con la Medalla Vecinal de la referida Orden, con ocasion del 182º Aniversario Patrio; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico del Reglamento de la Condecoracion "Orden MORDAZA Apostol" aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 07-2000MSS publicado el 17.DIC.2000; luego de evaluada la propuesta y sometida a votacion, adopto por Unanimidad el siguiente: ACUERDO Condecorar con la Medalla Vecinal de la "ORDEN MORDAZA APOSTOL" con motivo del 182º Aniversario Patrio al: Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA En reconocimiento a su labor de dirigente vecinal y al trabajo conjunto efectuado con la Municipalidad a favor de los vecinos de la urbanizacion Vista Alegre. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 13441

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL MORDAZA
Autorizan contratar empresa para asesorar la ejecucion de programa de fiscalizacion tributaria y de cobranzas coactivas, mediante adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 138-2003-MPS
Chimbote, 25 de junio del 2003 EL CONCEJO PROVINCIAL DEL MORDAZA VISTO : En Sesion Ordinaria de fecha 20 de junio del 2003, el Informe Legal Nº 407-A-2003-OAL-MPS, de fecha 5 de MORDAZA del 2003 y el informe ampliatorio Nº 538-2003OAL-MPS, de fecha 12 de junio del 2003, de la Oficina de Asesoria Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informes Nºs. 016-2003-OR-MPS y 033-2003-OA-MPS, de fechas 8 y 24-4-2003, provenientes de las Oficinas de Rentas y Administracion respectivamente, en el que explican la situacion de la recaudacion tributaria y administrativa; asi como las cuentas por cobrar a favor de la Municipalidad Provincial del MORDAZA,

las mismas que no se pueden efectivizar por la falta de capacidad operativa de las areas vinculadas, aunado a la falta de recursos economicos y prevision presupuestal, por lo que se requiere la contratacion de una Persona Juridica, especializada, con experiencia en Asesoria en temas de Fiscalizacion Tributaria Selectiva, de Cobranza, Seguimiento y Control de los Tributos, Multas Tributarias, Multas Administrativas, Multas por infringir el Reglamento Nacional de MORDAZA y Asesoria en la Ejecucion de las Cobranzas Coactivas, con el cual se ampliaria la Base Tributaria de la Administracion, por concepto de deteccion de nuevos contribuyentes y/o Determinacion de Subvaluaciones al pago de los Tributos Municipales existentes en la base conocida. Asi como la correspondiente recaudacion, de los tributos y multas impagos a favor de la Municipalidad, que solo asi se podra administrar de manera satisfactoria los recursos, de tal forma que permitan implementar los servicios municipales y solucionar las obligaciones de especial necesidad que atraviesa la situacion financiera de esta Corporacion Edil; asimismo, mediante el referido informe Nº 0332003-OA-MPS, se advierte que la empresa L&L Compania de Asesores Consultores S.A., reune las condiciones necesarias para los propositos recaudatorios por su experiencia y calidad en dichas operaciones, recomendando la contratacion de la referida empresa, dentro de los parametros del Art. 19º inciso h), del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM y Art. 111º del Reglamento de la Ley, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, sobre servicios Personalisimos; Que la Oficina de Asesoria Legal, mediante el informe del visto, senala que los servicios que la municipalidad requiere tienen un caracter de personalisimo y que la empresa L&L Compania de Asesores Consultores S.A., es una institucion que cuenta con trayectoria, especializacion y una frondosa experiencia en trabajos de asesoria en fiscalizacion tributaria, recuperacion de tributos, multas y cobranza coactiva, la misma que se ve corroborado en su curriculo empresarial documentado, que ha adjuntado a esta institucion, pues de su revision se aprecia que ha realizado tales asesorias en diversas municipalidades de nuestro MORDAZA, con la cual se cumple con la exigencia legal de determinada calidad, que ostenta la referida empresa; Que, ademas tambien se cumple con otro de los presupuestos exigidos por el Art. 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en cuanto se requiere requisitos particulares o especiales, ya que la empresa L&L Compania de Asesores Consultores S.A., cuenta con un Software especializado en tareas de Fiscalizacion, recaudacion y acciones de cobranza coactiva; el mismo que permitira optimizar los servicios que la municipalidad requiere; Que, el referido Informe Legal, indica que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con Personeria Juridica de Derecho Publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680; concordante con los articulos I y II del Titulo Preliminar, de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, recomendando que se solicite al Concejo Municipal la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, a fin de que se proceda a la contratacion de una persona juridica, que se encargue de asesorar la ejecucion de un programa de Fiscalizacion Tributaria Selectiva, de Cobranza, Seguimiento y Control de los Tributos, Multas Tributarias, Multas Administrativas, Multas por infringir el Reglamento Nacional de MORDAZA y Asesoria en la Ejecucion de las Cobranzas Coactivas; asi como se autorice al senor MORDAZA, para que proceda a la contratacion de la referida empresa, bajo la causal de servicios personalisimos; Que, el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM senala que de conformidad con el inciso h) del articulo 19º de la Ley, se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion las adquisiciones de Servicios Personalisimos, entendiendose tales como el Contrato de Locacion de Servicios celebrados con personas naturales y juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuen-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.