Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2003 (17/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2003

juicio economico por S/. 11 442,80, hechos que permiten senalar indicios razonables de la presunta comision de los Delitos de Concusion, Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsedad Ideologica y de Negociacion Incompatible, previstos y penados en los Arts. 384º, 428º y 397º del Codigo Penal; Que, asimismo, en las operaciones del ano 2000 y 2001, se ha evidenciado la realizacion de egresos irregulares por la suma de S/. 7 500,00, por concepto de pagos por supuestos servicios; siendo que el municipio no ha acreditado haber recibido la prestacion de los mismos, los prestatarios manifiestan no haber cobrado suma alguna ni participado en dichas contrataciones y los cobros han sido realizados por funcionarios del municipio; constituyendo los hechos expuestos, indicios que hacen presumir la comision de los Delitos de Peculado y Contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Generica de documentos, previstos y penados en los Arts. 387º y 427º del Codigo Penal; Que, igualmente, se ha determinado que la Administracion Municipal presupuesto la suma de S/. 40 498,22, para financiar el proyecto denominado "Reforestacion" y a pesar de los desembolsos efectuados este no se ejecuto fisicamente, informando a los entes rectores del Estado sobre su ejecucion; ademas se ha evidenciado el egreso de S/. 88 280,32 con cargo a los proyectos "Apoyo Comunal" y "Apoyo Social y obras de Emergencia", siendo que dicha suma fue utilizada para efectuar pagos de planillas a personal docente que corresponden a servicios de naturaleza corriente y que en conjunto suman S/. 128 778.54, en lugar de destinarlos a financiar Gastos de Capital a favor de la Municipalidad con cargo al Fondo de Compensacion Municipal -FONCOMUN, hechos que permiten determinar indicios razonables de la presunta comision de los Delitos de Peculado en la modalidad de Malversacion de Fondos, asi como de Delito Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsedad Ideologica, previstos y penados en los Arts. Nºs. 389º y 428º del Codigo Penal; Que, se ha evidenciado que la municipalidad, prescindiendo de las normas y procedimientos de contratacion, celebro un contrato de Locacion de Servicios para la elaboracion del Margesi de Bienes y el Saneamiento Legal de los Bienes Muebles e Inmuebles de la Municipalidad Provincial de Acobamba, por la suma de S/. 15 000,00, servicio cuya prestacion no ha sido acreditada, situacion que permite senalar indicios razonables de la presunta comision del Delito de Concusion, previsto y penado en el Art. 384º del Codigo Penal; Que, conforme a lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, publicada el 23. JUL.2002, el MORDAZA integral de control iniciado MORDAZA de la entrada en MORDAZA de esta Ley, se regira por la normativa anterior hasta su conclusion; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos; De conformidad con el articulo 22º inciso d) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 13312

Modifican articulos del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Contraloria General
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 226-2003-CG
MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2003 Visto: la Hoja de Recomendacion Nº 015-2003-CG/PL de la Gerencia de Planificacion de la Gerencia Central de Desarrollo, que pone a consideracion el proyecto de Resolucion de Contraloria que modifica el primer parrafo del articulo 2º asi como los articulos 8º y 62º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, mediante Resolucion de Contraloria Nº 164-2003-CG publicada el 25.MAY.2003, fueron creadas las Oficinas Regionales de Control en las ciudades de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA e Ica, disponiendose su incorporacion a la estructura organica de la Contraloria General, y encargandose a la Gerencia de Planificacion la correspondiente adecuacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Contraloria General; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Resolucion de Contraloria Nº 055-2003-CG y modificado por Resolucion de Contraloria Nº 152-2003CG, establece como organos de linea desconcentrados de la Contraloria General dependientes de la Gerencia Central de Control Descentralizado a las Oficinas Regionales de MORDAZA, Chiclayo, Iquitos, Moyobamba, Huancayo, MORDAZA y Cusco; Que, mediante el documento del Visto, la Gerencia de Planificacion de la Gerencia Central de Desarrollo, propone la modificacion del primer parrafo del articulo 2º asi como los articulos 8º y 62º del Reglamento de Organizacion y Funciones, en MORDAZA con el encargo conferido; En uso de las facultades conferidas por el literal a) del Articulo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el primer parrafo del articulo 2º asi como los articulos 8º y 62º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Contraloria General de la Republica aprobada mediante la Resolucion de Contraloria Nº 055-2003-CG, cuyo texto en anexo forma parte de la presente Resolucion Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Tecnologias y Sistemas de Informacion publique en la pagina Web de la Institucion el texto de la modificacion aprobada por el articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese; MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica ANEXO "Articulo 2º.- La Contraloria General de la Republica cuenta con una Sede Central ubicada en la MORDAZA de MORDAZA, y para su desempeno desconcentrado cuenta con Oficinas Regionales de Control en las ciudades de MORDAZA, Chiclayo, Iquitos, Moyobamba, Huancayo, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA e Ica; pudiendo establecer oficinas y representaciones en cualquier otro lugar si asi lo requiriese." "Articulo 8º.- Para el cumplimiento de sus funciones, la Contraloria General de la Republica cuenta con la Estructura Organica siguiente: ORGANOS DE ALTA DIRECCION - Contralor General de la Republica - Vicecontralor General de la Republica

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