Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2003 (17/07/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 248337

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Autorizan adquisicion de insumos para el Programa de Vaso de Leche mediante adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 040-03/MDLV
La MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA; Vistos en la Sesion Extraordinaria de Concejo celebrada el 11 de MORDAZA del 2003, el requerimiento formulado por la Direccion de Bienestar Social, y del informe, del Director de la Oficina de Asesoria Juridica de la Municipalidad de La MORDAZA, respectivamente, los mismos que constituyen el Informe Tecnico-Legal, en cumplimiento al articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, a traves del cual se solicita la convocatoria a un MORDAZA de seleccion expeditivo, a efectos de no perjudicar el suministro de alimentos a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche, consistente en Leche Evaporada Entera de 410 grs. cada sachet y Hojuela de Quinua Enriquecida; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el articulo 2º de la Ley de Creacion del Programa del Vaso de Leche, aprobada por Ley Nº 24059, se establece que las Municipalidades deben adoptar las acciones y medidas pertinentes a fin de ejecutar el Programa del Vaso de Leche, actividad cuya funcion es impostergable para las Municipalidades, teniendo para ello el apoyo incondicional de las organizaciones sociales de bases; Que, para dicho efecto, con fecha 7 de MORDAZA de 2003, la Municipalidad de La MORDAZA convoco a la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003- CEPPVDL/MDLV para la adquisicion de insumos destinados a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche del Distrito, especificamente Leche Evaporada Entera y Hojuela de Quinua Enriquecida para el ejercicio 2003.; Que, con fecha 25 de junio de 2003, el Comite Especial procedio a elevar las observaciones no acogidas ante el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para su revision, en cumplimiento del tercer parrafo del articulo 78º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; suspendiendose asi el MORDAZA de seleccion, lo que ha generado un malestar en los destinatarios del Programa, los mismos que contaban con el suministro de dichos alimentos hasta el mes de MORDAZA del presente ano; Que, asimismo, se debe tener en cuenta que no unicamente se debe contabilizar el plazo para lo resuelto por el CONSUCODE; si no ademas, los plazos que debe cumplir en forma regular el MORDAZA de seleccion MORDAZA referido, de acuerdo al TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, situacion que podria originar una demora en el abastecimiento de alimentos a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche; Que, sin perjuicio de ello, el inciso c) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las adquisiciones que se realicen en Situacion de Urgencia declarada segun la referida norma; Que, el articulo 108º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, determina que la Situacion de Urgencia debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion como medida temporal sin perjuicio de que se realice en MORDAZA de Seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas;

Que, concordando los citados dispositivos con el articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 105º de su Reglamento, se establece que de producirse el supuesto senalado en el primer parrafo de este ultimo dispositivo, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante Procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad, segun corresponda. Debiendo ser aprobada la citada autorizacion por Acuerdo del Concejo Municipal para el caso de los Gobiernos Locales; Que, adicionalmente, el articulo 6º de la Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE, que aprueba la Directiva Nº 0112001/CONSUCODE/PRE, dispone los requisitos y formalidades que debe cumplir y contener el instrumento que aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche, debiendose describir el MORDAZA y la descripcion basica del bien, el valor referencial, la fuente de financiamiento, la cantidad o el tiempo que se requiere adquirir contratar y la dependencia encargada de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, asi como la obligacion de remitir el Acuerdo conjuntamente con el Informe Tecnico Legal a la Contraloria General de la Republica; Que, las situaciones descritas en el considerando tercero y MORDAZA del presente acuerdo configuran un hecho de excepcion que MORDAZA lugar a declarar en Situacion de Urgencia al Programa del Vaso de Leche del distrito, a efectos de adquirir en forma oportuna e inmediata los insumos destinados al Programa del Vaso de Leche del Distrito, conforme al articulo 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las contrataciones y adquisiciones definitivas; Que, por estas consideraciones, el Concejo Municipal de La MORDAZA, teniendo los informes tecnicos y legales, y en cumplimiento a lo dispuesto en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento; y en uso de las facultadas conferidas en el inciso 35º del articulo 9º y articulo 41º de la Ley Organica de las Municipalidades, aprobada por Ley Nº 27972; luego del debate correspondiente, por mayoria y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- Declarar en Estado de Situacion de Urgencia por el termino de 90 dias calendario, al Programa del Vaso de Leche para la adquisicion de los siguiente insumos: PRODUCTOS ITEM 01 : Leche Evaporada Entera de 410 grs. Cada Sachet. Valor Referencial : S/. 1.43 x sachet. Fuente de financiamiento : Transferencia del Programa del Vaso de Leche. ITEM 02 : Hojuela de Quinua Enriquecida En bolsas de 500grs. c/u Valor Referencial : S/. 1.82 x sachet Fuente de financiamiento : Transferencia del Programa del Vaso de Leche. Articulo Segundo.- Autorizar al Comite Especial, designado por Resolucion de Alcaldia Nº 0047-03-ALC, que viene conduciendo el MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003-MDVL para la conduccion del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia que se convoque producto del presente acuerdo, de confor midad del Articulo 34º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- Autorizar la exoneracion del MORDAZA de Seleccion a fin de adquirir los insumos necesarios para el Programa del Vaso de Leche, de conformidad con el Presupuesto Institucional - 2003 y el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el presente ano; en tanto culmine el MORDAZA de seleccion correspondiente. Articulo Cuarto.- Poner en conocimiento del presente Acuerdo, a la Contraloria General de la Republica y CONSUCODE conjuntamente con el Informe Tecnico Legal res-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.