Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2004 (28/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 28 de enero de 2004

se autoriza al senor MORDAZA MORDAZA Lam, funcionario de la Direccion Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales, del Viceministerio de Comercio Exterior, a la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, Republica Dominicana, del 28 al 31 de enero de 2004 y a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora del Area de Libre Comercio de las Americas - MORDAZA del Viceministerio de Comercio Exterior, a la MORDAZA de Puebla, Estados Unidos Mexicanos, del 31 de enero al 7 de febrero de 2004. Articulo 2º.- Modificar el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 019-2004-MINCETUR/DM, de acuerdo a los siguientes terminos: Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA Lam Pasajes US$ Viaticos US$ Tarifa CORPAC US$ 669,00 1 200,00 28,24

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del Reglamento Aprobar el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que consta de dos (2) Titulos, seis (6) Capitulos, dieciseis (16) Articulos, seis (06) Disposiciones Finales y un Anexo. Articulo 2º.- Disposicion derogatoria Deroguese el Decreto Supremo Nº 005-87 DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987, asi como las demas normas que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de enero del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa REGLAMENTO DE VIAJES AL EXTERIOR DEL PERSONAL MILITAR Y CIVIL DEL SECTOR DEFENSA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I OBJETO Y AMBITO DE APLICACION Articulo 1º.- Objeto del Reglamento Regular los viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. Articulo 2º.- Ambito de aplicacion De conformidad al articulo 1º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, la presente MORDAZA es de aplicacion obligatoria a todos los Organos componentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa. CAPITULO II MODALIDADES DE VIAJE DEL PERSONAL Articulo 3º.- Modalidades de viaje Los viajes al exterior con caracter oficial comprenden las modalidades siguientes: - Mision Diplomatica, - Mision de Estudios, - Comision de Servicio; y, - Tratamiento Medico Altamente Especializado. Articulo 4º.- Personal El Personal Militar y Civil del Sector Defensa que viaja al exterior en las modalidades indicadas en el articulo precedente, comprende los grupos siguientes: a) PERSONAL MILITAR Grupo I Grupo II Grupo III Grupo IV Grupo V : : : : : Oficiales Generales y Almirantes Oficiales Superiores Oficiales Subalternos Tecnicos, Suboficiales, Oficiales de Mar Cadetes, Alumnos y Personal de Tropa

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes US$ Viaticos US$ Tarifa CORPAC US$ 696,00 1 540,00 28,24

Articulo 3º.- Quedan vigentes los demas terminos de la Resolucion Ministerial Nº 019-2004-MINCETUR/DM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 01681

DEFENSA
Aprueban Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa
DECRETO SUPREMO Nº 002-2004-DE/SG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 168º de la Constitucion Politica del Peru, establece que la organizacion de las Fuerzas Armadas se rigen por sus Leyes y Reglamentos respectivos; Que, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, MORDAZA la autorizacion de viajes al exterior de todos aquellos que irroguen gastos al Tesoro Publico y que se encuentren comprendidos en el ambito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, que aprueba nor mas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior, establece en su articulo 15º, que tratandose de autorizacion de viajes del personal militar y civil, el Sector Defensa expedira la MORDAZA reglamentaria correspondiente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-87 DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987, modificado por el Decreto Supremo Nº 034 DE/SG de fecha 21 de junio del 2001, y sus normas complementarias, regulan los conceptos que se otorgan al personal militar y civil de las Fuerzas Armadas que viajan al extranjero con caracter oficial; Que, resulta necesario establecer disposiciones reglamentarias actualizadas respecto a los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, en cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 15º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y,

b) PERSONAL CIVIL Grupo I Grupo II Grupo III Grupo IV Grupo V : : : : : Funcionarios de confianza Funcionarios de MORDAZA Profesionales Tecnicos Auxiliares

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