Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2004 (28/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, miercoles 28 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 260679

El texto siguiente del articulo modificado queda igual. Articulo 19º.- El Permiso de Operacion sera Renovado por periodos iguales de tres (3) anos a solicitud del representante Legal de la Persona Juridica o Transportador Autorizado con vigencia de mandato, siempre que no medien observaciones de la Municipalidad, las mismas que deberan ser comunicadas en un MORDAZA de 10 dias habiles, contados a partir de la MORDAZA de la Solicitud de Renovacion. Articulo 28º.- Excepcionalmente se podran autorizar paraderos a personas juridicas distintas en zonas denominadas rigidas con un espacio hasta para tres (3) vehiculos menores (mototaxis) de 10 mts. de largo por 1.50 mts. de ancho cuando las via solicitada cuente con seccion de via suficiente para garantizar la fluidez del MORDAZA vehicular, teniendo en cuenta el Art. 26º de la Ordenanza Nº 11-2000-C/MC previo Informe tecnico de la Subgerencia de MORDAZA y transportes; si el caso lo requiere Informe de la Oficina de Defensa Civil. La Autorizacion sera otorgada por la Gerencia de Desarrollo Urbano. Las zonas de estacionamiento autorizadas en areas de 10, 15 y 20 m² permitiran el estacionamiento temporal de hasta 8, 12 y 15 vehiculos de Transporte Menor respectivamente de la persona juridica o transportador autorizado. Las zonas de estacionamiento y/o paraderos, seran senalizadas con MORDAZA en la calzada de color MORDAZA, asi como llevaran paneles, discos y otros de acuerdo al manual de dispositivos del control de MORDAZA automotor para calles y carreteras (I-20) en el cual constara la razon social del transportador autorizado, el numero de su Permiso de Operacion y la inscripcion MORDAZA DE ESTACIONAMIENTO y/o PARADERO. Articulo 30º.4. Asegurar la participacion de sus conductores en el Curso de Educacion y Seguridad Vial. Articulo 31º.6. Portar en lugar visible del parabrisa delantero la calcomania vigente del Seguro Obligatorio de Accidente de MORDAZA (SOAT) Articulo 32º.9. Por razones de seguridad en horas nocturnas, se adoptaran las medidas necesarias para su seguridad y del vehiculo (llevar un acompanante al costado del conductor y adoptar las medidas de seguridad para el acompanante); el horario nocturno es comprendido entre las 19.00 horas hasta las 06.00 horas del dia siguiente, salvo casos excepcionales con autorizacion Municipal. Articulo 36º.- Los numerales 1 al 8 del articulo que se modifica se mantienen vigente. 9. Por prestar el servicio con Permiso de Operacion vencido 10. Por permitir la prestacion del servicio con lunas polarizadas sin la autorizacion respectiva 11. Por permitir la prestacion del servicio, produciendo ruidos estridentes como producto de equipo de sonido y/o sirenas 12. Por permitir la prestacion del servicio portando luces no reglamentadas 13.Por permitir la prestacion del servicio portando stickers y/o calcomanias no Autorizadas. Articulo 37º.-

Articulo 48º.- Las Sanciones y las infracciones B-03, B-15, B-17, B-18, B-20, B-24, B-25, B-26 y B-27, tendran como sancion accesoria el internamiento del vehiculo en el deposito oficial de vehiculos de la Municipalidad de Comas. Articulo 48º-A.- Las sanciones y las infracciones A-04, A-10, A-11, A-12 y A-13, se aplicaran previo levantamiento de un acta, por el incumplimiento de las normas legales vigentes estipulado en el articulo 36º de la presente ordenanza de parte del conductor; quien a la vez se comprometera al retiro de los accesorios no reglamentados del vehiculo, segun corresponda. El acta sera firmada por el conductor y el Inspector Municipal de Transporte, con MORDAZA a la persona juridica a donde pertenezca el conductor para la regularizacion correspondiente. CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DEL REGLAMENTO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHICULOS MENORES DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS A. INFRACCIONES A LA PERSONA JURIDICA:

A-03 Incorporar Unidades sin la Autorizacion Municipal .................................... 3.00 % UIT y Retiro de la Unidad A-04 Por permitir el servicio de vehiculos autorizados sin Seguro Obligatorio de Accidente de MORDAZA (SOAT) .................................... 5.00 % UIT A-09 Por prestar el servicio con Permiso de Operacion Vencido .................................... 5.00 % UIT A-10 Por permitir la prestacion del servicio con lunas polarizadas sin la autorizacion respectiva .................................... 2.00 % UIT A-11 Por permitir la prestacion del servicio, produciendo ruidos estridentes como producto de equipo de sonido y/o sirenas ........................ 2.00 % UIT A-12 Por permitir la prestacion del servicio portando luces no reglamentadas ............ 2.00 % UIT A-13 Por permitir la prestacion del servicio portando stickers y/o calcomanias no autorizadas .................................... 2.00 % UIT B. INFRACCIONES DEL CONDUCTOR

B-02 Prestar servicio con audifonos u otros similares ..................... 3.00 % UIT B-03 Por no haber participado en el Curso de Educacion y Seguridad Vial ............ 3.00 % UIT B-05 Poner en riesgo la seguridad e integridad fisica de los pasajeros .................... 1.00 % UIT B-08 Detenerse a la espera de pasajero en areas publicas no autorizados y/o MORDAZA rigidas .................................... 1.00 % UIT B-11 Prestar el servicio sin cuidar la apariencia y el aseo personal ...................... 1.00 % UIT B-13 Dejar o tomar pasajero en el centro de la calzada o en lugares que atenten contra su integridad fisica .................................... 1.00 % UIT B-14 Prestar el servicio sin portar la credencial de conductor correspondiente ......... 1.00 % UIT B-16 Presta servicio con el chasis y tolderas deterioradas o sucias ......................... 1.00 % UIT B-17 En horario diurno conducir con persona (s) al costado de su asiento (entre las 06:00 horas hasta las 19:00 horas del dia) sin contar con la autorizacion respectiva .................................... 3.00 % UIT B-20 Por no haber obtenido la Credencial del conductor .................... 5.00 % UIT C. INFRACCIONES DE LOS VEHICULOS NO AUTORIZADOS

02. Usar audifonos o cualquier otro similar que distorsione la audicion, asi como luces y/o accesorios no reglamentados al interior del vehiculo. Articulo 46º.Ante la no-cancelacion de la Papeleta de sancion por el termino MORDAZA de 30 dias, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA dispondra mediante Resolucion Gerencial la captura e internamiento del vehiculo en el deposito oficial de vehiculos de la Municipalidad de Comas.

C-01 Por prestar servicio sin pertenecer a una persona juridica debidamente autorizada (por primera vez) .................................... 5.00 % UIT C-02 Por reincidencia a la infraccion C-01 .................................... 1.00 % UIT Articulo Segundo.- FACULTAR, a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA a traves de la Subgerencia de MORDAZA y Transportes la regularizacion de la flota vehicular por zo-

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