Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2004 (28/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 28 de enero de 2004

jo Municipal los proyectos de Reglamento Interno del concejo municipal, los de personal, los administrativos y todos los que MORDAZA necesarios para el gobierno y la administracion municipal; Que, mediante Edicto Nº 002-99-C/MC, de fecha 22 de MORDAZA de 1999, se aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Comas, el cual en su articulo 57º establece que en la primera Sesion Ordinaria de cada ano el Concejo aprobara el Cuadro de Comisiones permanentes a propuesta del Alcalde; cada Regidor puede integrar tres Comisiones, pero solo presidir una de ellas, y que cada Comision tendra como minimo tres Regidores y como MORDAZA cinco; y el articulo 63º precisa que las Comisiones Permanentes son de: Administracion, Planificacion, Economia y Finanzas; Asuntos Legales; Salud y Medio Ambiente; Seguridad Ciudadana y Apoyo Social; Promocion Social y Cultural; Servicios Comunales; Desarrollo Economico y Promocion Empresarial; Vaso de Leche y Desarrollo Urbano; Que, mediante Ordenanzas Nºs. 99 y 102-C/MC, se ha aprobado la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones, respectivamente, de la Municipalidad de Comas, de tal forma que el Reglamento Interno de Concejo tiene que estar acorde a dichos instrumentos legales, prioritariamente en los articulos senalados en el considerando anterior; Que, son atribuciones del Concejo Municipal entre otras la de aprobar por Ordenanza el Reglamento del Concejo Municipal, de conformidad con el numeral 12) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades luego del debate correspondiente, el Pleno del Concejo por mayoria aprobo la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- APROBAR, con efectividad a partir del 2 de enero del 2004, la modificacion del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Comas, en sus articulos 57º y 63º, en base a las consideraciones expuestas en la presente Ordenanza; los cuales quedaran redactados de la siguiente manera: Articulo Cincuentisiete.- En la primera Sesion Ordinaria de cada ano el Concejo aprobara el Cuadro de Comisiones permanentes a propuesta del Alcalde; cada Regidor puede integrar tres (3) Comisiones, pero solo presidir una de ellas. Cada Comision tendra como minimo tres Regidores y como MORDAZA seis. Articulo Sesentitres.- El Concejo cuenta con seis Comisiones Permanentes que corresponderan a las competencias, atribuciones y funciones de la Municipalidad: Las Comisiones Permanentes son: 1.- Comision de Administracion, Planificacion, Economia, Finanzas, y Asuntos Legales; 2.- Comision de Desarrollo Urbano; 3.- Comision de Participacion Vecinal y Seguridad Ciudadana; 4.- Comision de Desarrollo Ambiental; 5.- Comision de Desarrollo Humano; 6.- Comision del Programa del Vaso de Leche y Programa de Asistencia Social y Alimentaria. Articulo Segundo.- Quedese por lo demas conforme en todos sus extremos el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Comas. Articulo Tercero.- DISPONER, que la Gerencia Municipal, proceda a la adecuacion normativa de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- DISPENSAR, de la lectura y aprobacion del Acta para que la presente Ordenanza entre en vigencia de inmediato. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01573

Modifican Reglamento del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados
ORDENANZA Nº 109-C/MC Comas, 14 de enero de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 14 de enero del 2003, el Dictamen y proyecto de Ordenanza de la Comision Tecnica Mixta de Transporte de la Municipalidad de Comas, respecto a la modificacion de las Ordenanzas Nº 11-2000-C/MC, Nº 047 y Nº 057-2002-C/MC, sobre el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados del distrito de Comas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 11-2000-C/MC de fecha 14 de MORDAZA del 2000, se aprueba el Reglamento del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y no Motorizados del distrito de Comas, modificado por Ordenanzas Nº 047 y Nº 057-2002-C/MC; Que, es necesario adecuar las citadas Ordenanzas para ordenar y mejorar la calidad del servicio publico de transporte menor en vehiculos motorizados y no motorizados en la jurisdiccion Distrital, acorde con las nuevas disposiciones emitidas por las Autoridades competentes; Que, de conformidad con el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y las competencias que le otorgan la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, la Ley Nº 27189 - Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores, los Decretos Supremos Nº 004-2000MTC, Nº 009-2000-MTC y Nº 040-2001-MTC; el Pleno del Concejo Municipal de Comas, luego de las deliberaciones respectivas, por Mayoria aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- MODIFIQUESE, el texto de los articulos 5º numeral 18), 9º numeral 4), 12º, 18º, 19º, 28º, 30º numeral 4), 31º agreguese el numeral 6), 32º numeral 9), 36º numeral 9) agreguese los numerales 10), 11), 12), 13), 37º numeral 2), 46º, 48º, agregandose el articulo 48-Aº y los MORDAZA de infracciones y sanciones del Reglamento del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados aprobado por la Ordenanza Nº11-2000-C/MC y sus modificatorias aprobadas por Ordenanzas Nº 047 y Nº 0572002-C/MC, en los siguientes terminos: Articulo 5º.18. Carne de Educacion y Seguridad Vial.- Documento MORDAZA fotocheck otorgado por la institucion que dicto el curso a los conductores; sera visado por el Subgerente de MORDAZA y Transportes de la Municipalidad. Articulo 9º.4. MORDAZA Fotostatica fedateada del Certificado de Seguro Obligatorio de Accidente de MORDAZA (SOAT), segun lo establece el D.S. Nº 024-2002-MTC. Articulo 12º.- El Permiso de Operacion se otorga a las Personas Juridicas o Transportadores, es de caracter institucional e intransferible y su vigencia es de tres (3) anos; los stickers (distintivos de autorizacion municipal) su vigencia es de uno (1) ano. La Credencial del Conductor sera valido durante la vigencia del Permiso de Operacion y es de caracter personal e intransferible. Articulo 18º.- El Permiso de Operacion, el (los) paradero (s) o la (las) MORDAZA (s) de estacionamiento, seran anulados segun corresponda mediante Resolucion Gerencial de Desarrollo MORDAZA o de Alcaldia por:

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