Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2004 (28/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, miercoles 28 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 260643
INDICE DE URP (S/.)

los Actos Procesales, que formula la Gerencia General mediante el Oficio Nº 080-2004-GG/PJ; CONSIDERANDO: Que, el Articulo VIII del Titulo Preliminar del Codigo Procesal Civil modificado por Ley Nº 26846, establece que el acceso al servicio de justicia es gratuito, sin perjuicio del pago de costas, costos y multas establecidas por dicho Codigo y por disposiciones administrativas del Poder Judicial; Que, es necesario regular el pago de los Aranceles Judiciales dentro del MORDAZA de la Ley Nº 26846, de acuerdo a sus principios y demas disposiciones vigentes, sobre la base de criterios tecnicos orientados a favorecer un mejor desarrollo de la actividad procesal; Que, el MORDAZA de justicia gratuita solo se reconoce, conforme el articulo 24º de la Ley Organica del Poder Judicial, para las personas de escasos recursos economicos; derecho que no puede hacerse extensivo indiscriminadamente, a quienes no lo necesitan; Que, las partes deben solucionar sus conflictos de intereses por medios pacificos alternativos, como son la conciliacion o la transaccion, accediendo al Poder Judicial en MORDAZA instancia, por ello, los Aranceles Judiciales garantizan el uso adecuado y moderado de la actividad jurisdiccional; Que, a pesar del incremento de los costos, se mantendran los recortes aprobados por Resolucion Administrativa Nº 033-2002-CE-PJ, respecto a la exoneracion del pago de aranceles en el caso de las Acciones de Garantia; la reduccion moderada en el caso de los Recursos de Casacion; la exoneracion del pago de aranceles por la expedicion de copias certificadas para la formacion de los cuadernos de Apelacion de Auto; y por ultimo, la regulacion conveniente del arancel por apelacion de sentencia en el caso de las Querellas; Que, dichas medidas han significado un esfuerzo importante con el proposito de hacer menos oneroso el costo de la Administracion de Justicia, no siendo posible efectuar mayores reducciones sin comprometer obligaciones presupuestales impostergables; Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 033-2002CE-PJ, de fecha 27 de marzo de 2002, se aprobo el cuadro de Aranceles Judiciales para el ejercicio gravable del 2002, el cual se ha mantenido vigente para el ejercicio gravable del 2003, ante la prorroga establecida por Resolucion Administrativa Nº 006-2003-CE-PJ, de fecha 17 de enero de 2003; Que, mediante Decreto Supremo Nº 192-2003-EF, de fecha 23 de diciembre de 2003, publicado en el Diario Oficial El Peruano el dia 27 de diciembre del mismo ano, se determina el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el ejercicio gravable del ano 2004 en la suma de S/. 3,200.00 (Tres Mil Doscientos y 00/100 Nuevos Soles); Que, para la aplicacion de las cuantias de los Aranceles Judiciales, se fija la Unidad de Referencia Procesal (URP) cuyo valor es equivalente al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), la que sirve de base para estimar el valor del Arancel Judicial; Que, la Unidad de Referencia Procesal (URP) es el equivalente a Trescientos Veinte y 00/100 Nuevos Soles (S/. 320.00), para el ejercicio gravable del ano 2004; Que, solamente estan afectos al pago de Aranceles Judiciales los Actos Procesales referidos a la presente resolucion; Que, hasta que entren en vigencia los costos y multas establecidas en el Codigo Procesal Civil y mientras el Gobierno Central no provea via Presupuesto de los recursos indispensables para poder atender las necesidades que el ejercicio de las actividades propias de esta Institucion requiera; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en uso de sus atribuciones, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez por encontrarse en una reunion de trabajo, y estando a lo acordado por unanimidad en sesion ordinaria de la fecha; RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar para el ejercicio gravable del ano 2004 el valor de los Aranceles Judiciales referidos a los siguientes actos procesales:

MONTO PROCESOS CONTENCIOSOS 1.- Por actos procesales cuyo valor de la pretension sea hasta doscientos cincuenta (250) URP o de cuantia indeterminable a) Por ofrecimiento de pruebas o por calificacion de Titulo ejecutivo o de ejecucion. b) Por ofrecimientos de pruebas por Excepciones y Defensas Previas. c) Por solicitud de Nulidad de actos procesales d) Por recursos de apelacion de autos e) Por recursos de apelacion de sentencias f) Por recursos de nulidad y casacion g) Por recurso de queja h) Por actuaciones a realizarse fuera del Local Judicial i) Por formas especiales de conclusion del proceso/ Suspension convencional del MORDAZA (excepto Conciliacion y Abandono) j) Por cada folio de MORDAZA certificada k) Por exhorto: Dentro del Distrito Judicial Otro Distrito Judicial Al Extranjero l) Por Otorgamiento de Poder por Acta 2.- Por actos procesales cuyo valor de pretension sea mayor de doscientos cincuenta (250) hasta quinientos (500) URP a) Por ofrecimientos de pruebas o por calificacion de Titulo ejecutivo o de ejecucion. b) Por ofrecimiento de pruebas en Excepciones y Defensas Previas. c) Por solicitud de Nulidad de actos procesales d) Por recursos de apelacion de autos e) Por recursos de apelacion de sentencias f) Por recursos de nulidad y casacion g) Por recurso de queja h) Por actuaciones a realizarse fuera del Local Judicial i) Por formas especiales de conclusion del proceso/ Suspension convencional del MORDAZA (excepto Conciliacion y Abandono) j) Por cada folio de MORDAZA certificada k) Por exhorto: Dentro del Distrito Judicial Otro Distrito Judicial Al Extranjero l) Por Otorgamiento de Poder por Acta 3.- Por actos procesales cuyo valor de pretension sea mayor de quinientos (500) hasta mil (1000) URP a) Por ofrecimientos de pruebas o por calificacion de Titulo ejecutivo o de ejecucion. b) Por ofrecimiento de pruebas en Excepciones y Defensas Previas. c) Por solicitud de Nulidad de actos procesales d) Por recursos de apelacion de autos e) Por recursos de apelacion de sentencias f) Por recursos de nulidad y casacion g) Por recurso de queja h) Por actuaciones a realizarse fuera del Local Judicial i) Por formas especiales de conclusion del proceso/ Suspension convencional del MORDAZA (excepto Conciliacion y Abandono) j) Por cada folio de MORDAZA certificada k) Por exhorto: Dentro del Distrito Judicial Otro Distrito Judicial Al Extranjero l) Por Otorgamiento de Poder por Acta 4.- Por actos procesales cuyo valor de pretension sea mayor de mil (1000) hasta dos mil (2000) URP a) Por ofrecimientos de pruebas o por calificacion de Titulo ejecutivo o de ejecucion. b) Por ofrecimiento de pruebas en Excepciones y Defensas Previas. c) Por solicitud de Nulidad de actos procesales d) Por recursos de apelacion de autos e) Por recursos de apelacion de sentencias f) Por recursos de nulidad y casacion g) Por recurso de queja h) Por actuaciones a realizarse fuera del Local Judicial i) Por formas especiales de conclusion del proceso/ Suspension convencional del MORDAZA (excepto Conciliacion y Abandono) j) Por cada folio de MORDAZA certificada k) Por exhorto: Dentro del Distrito Judicial

0,10

32,00

0,10 32,00 0,10 32,00 0,10 32,00 0,40 128,00 1,60 512,00 0,25 80,00 0,50 160,00 0,30 96,00

0,02 6,40 0,10 32,00 0,20 64,00 0,50 160,00 0,10 32,00

0,20 0,20 0,12 0,20 0,80 2,00 0,50 1,00 0,60

64,00 64,00 38,40 64,00 256,00 640,00 160,00 320,00 192,00

0,02 6,40 0,10 32,00 0,20 64,00 0,50 160,00 0,10 32,00

0,30 0,30 0,14 0,30 1,20 3,00 0,75 1,50 0,90

96,00 96,00 44,80 96,00 384,00 960,00 240,00 480,00 288,00

0,02 6,40 0,10 32,00 0,20 64,00 0,50 160,00 0,10 32,00

0,45 144,00 0,45 0,16 0,45 1,80 4,50 1,13 2,25 1,35 144,00 51,20 144,00 576,00 1440,00 361,60 720,00 432,00

0,02 0,10

6,40 32,00

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