Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2004 (28/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

MORDAZA, miercoles 28 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, siendo de necesidad inmediata la adquisicion para el suministro de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de esta comuna, el Concejo en Pleno, luego de la deliberaciones y en uso de las facultades conferidas en los articulos 9º y 41º, Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades con el MORDAZA UNANIME de los senores(as) Regidores(as) y con la dispensa de lectura y aprobacion del Acta; SE ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA LA ADQUISICION DE LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA EL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA, por un plazo de (60) dias, exonerandolo del MORDAZA establecido por ley, y autorizar la adquisicion mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia por la suma de S/ . 50,610.60 Nuevos Soles. Articulo Segundo.- Encargar al Comite Especial a llevar a cabo el MORDAZA de Adjudicacion con las formalidades de ley, para el cabal cumplimiento del presente Acuerdo. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- Remitir el presente Acuerdo a la Contraloria General de la Republica con los respectivos Informes Tecnico - Legal. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01703

Declaran en situacion de urgencia el suministro de combustible para las unidades vehiculares de la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2004-MDLP La MORDAZA, 24 de enero de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: Vistos en Sesion de Concejo de fecha 24.1.2004, el INFORME TECNICO Nº 004-2004-DSC-MDLP de fecha 20.1.2004, emitido por la Direccion de Servicios Comunales e INFORME Nº 016-2004-OAJ/MDLP de fecha 23.1.2004, emitido por la Oficina de Asuntos Juridicos, solicitando DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA LAS UNIDADES VEHICULARES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia, politica y economica y administrativa en los asuntos de su competencia, segun lo establecido en los articulos 194º y 195º de la Constitucion Politica, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680 y en concordancia con el articulo II de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, mediante INFORME TECNICO Nº 0004-2004DSC-MDLP de fecha 20.01.2004, la Direccion de Servicios Comunales, manifiesta que en el mes de diciembre del ano 2003 la Municipalidad de La MORDAZA contrato mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia el alquiler de camiones para el servicio de limpieza publico, lo que genero el aumento de consumo del combustible, asi como tambien las alzas de precios de combustibles producidas, asi como el aumento del MORDAZA automotor por la adquisicion de 5 unidades para Serenazgo, determinaron que las cantidades contratadas se agoten rapidamente, que el combustible es un insumo esencial para la movilizacion de las maquinarias, equipos y vehiculos para brindar el servicio de recojo, transporte y disposicion final de los residuos solidos, el levantamiento de la maleza y desmonte de la via publica

de los mismos que de no contar con el abastecimiento necesario estariamos en una situacion de emergencia sanitario, asi como el servicio de serenazgo, es por este motivo es necesario tomar las previsiones para resolver este eventual problema, recomendando se declare en situacion de urgencia por (60) dias por la suma de S/. 41,900.40 con cargo de Fuente de Financiamiento 03, 08 y 09; Que, mediante INFORME Nº 016-2004-OAJ/MDLP de fecha 23.1.2004 emitido por la Oficina de Asuntos Juridicos, opina que se eleve los actuados al honorable Concejo Municipal para que se someta a consideracion la aprobacion de la medida de urgencia solicitada, debiendo para tal efecto emitir el respectivo Acuerdo; Que, el articulo 19º, literal c) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, modificado por la Ley Nº 27330, se encuentra exonerados de los procesos de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa, segun sea el caso, las adquisiciones o contrataciones que se realicen en situacion de urgencia, declaradas de conformidad con la ley; Que, el ar ticulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, senala que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el articulo 19º del mismo cuerpo legal, se realizan mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia. De igual modo, el inciso c) del citado articulo 20º de la acotada MORDAZA establece que "las exoneraciones se aprobaran mediante Acuerdo de Concejo Municipal, en el caso de los gobiernos locales, y que dicho acuerdo requiere obligatoriamente de un Informe Tecnico legal previo, y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano, y que la MORDAZA de dicho acuerdo y el Informe que lo sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion, y que en todos los casos de exoneracion, la ejecucion de los contratos se regula por el D.S. Nº 012-2001-PCM, D.S. Nº 013-2001-PCM y demas normas complementarias"; Que, el ar ticulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, senala que se considera situacion de urgencia, cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo; Que, el numeral 2) del articulo 108º del D.S. Nº 0132001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que "la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas" (Texto del Art. segun modificatoria efectuada por el articulo 3º del D.S. Nº 079-2001 del 3.7.2001); Que, siendo de necesidad inmediata la adquisicion de combustible para las unidades vehiculares de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, el Concejo en Pleno, luego de las deliberaciones y en uso de las facultades conferidas en los articulos 9º y 41º, Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades con el MORDAZA UNANIME de los senores(as) Regidores(as) y con la dispensa de lectura y aprobacion del Acta; SE ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA LAS UNIDADES VEHICULARES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA, por un plazo de (60) dias, exonerandolo del MORDAZA establecido por ley, autorizando la adquisicion mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia por S/. 41,900.40 Nuevos Soles. Articulo Segundo.- Encargar al Comite Especial a llevar a cabo el MORDAZA de Adjudicacion con las formalidades de ley, para el cabal cumplimiento del presente Acuerdo. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano .

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