Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2004 (29/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, martes 29 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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paran tambien en la Reunion del Grupo Consultivo del Plan de Accion que se realizara los dias 30 de junio y 1 de MORDAZA de 2004. Articulo Tercero.- Los gastos que ocasione la participacion de la Embajadora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por concepto de viaticos US$ 200.00, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo la citada funcionaria rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la citada comision. Articulo Cuarto.- Los gastos que ocasione la participacion de la Ministra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Plata, el economista MORDAZA Canote Santamarina y la biologa MORDAZA MORDAZA, seran cubiertos por la Comision Permanente del MORDAZA Sur. Articulo Quinto.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la citada comision, los mencionados funcionarios diplomaticos deberan presentar ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo Sexto.- La presente resolucion no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 12222

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a Brasil, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 472-2004-MTC/02 MORDAZA, 24 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del articulo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, dispone restringir al minimo indispensable los viajes al exterior del MORDAZA en comision de servicios, estableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, estos seran aprobados por resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector correspondiente, con excepcion de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, asi como de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobaran por resolucion del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspec-

ciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, la empresa Aero Continente S.A., con Carta ACQ JINST 556-2004, del 10 de junio de 2004, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar un chequeo tecnico en simulador de vuelo del equipo Boeing 767, en la MORDAZA de Rio de Janeiro, a su tripulante tecnico MORDAZA Samolski, durante el dia 30 de junio de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 04669, 10311 y 12335, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 0921-2004-MTC/12.04-SDO designando al Inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para realizar un chequeo tecnico en simulador de vuelo del equipo Boeing 767, al personal aeronautico propuesto por la empresa Aero Continente S.A., en la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa de Brasil, durante los dias 29 de junio al 1 de MORDAZA del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar el chequeo tecnico a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 0921-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa de Brasil, durante los dias 29 de junio al 1 de MORDAZA del 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Aero Continente S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 04669, 10311 y 12335, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ 600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 12133

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