Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2006 (25/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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LICA DEL P E

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319374

NORMAS LEGALES

El Peruano
Jueves 25 de MORDAZA de 2006

Articulo 2º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego comprendido en el presente Credito Suplementario, solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. Articulo 3º.- Notas de Modificacion Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego comprendido en el presente dispositivo, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 4º.- Desagregacion El Pliego comprendido en el presente dispositivo desagrega mediante Resolucion del Titular del Pliego, el Credito Suplementario y MORDAZA de la misma se remite dentro de los cinco (5) dias de aprobada la presente MORDAZA a los Organismos senalados en el numeral 23º, numeral 23.2 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 09272

del Peru y el Gobierno de Espana, por un monto total de US$ 11 652 171,81 y EUR 6 640 566,90, para financiar proyectos de desarrollo prioritariamente en el Sector Educacion. Articulo 2º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el acuerdo bilateral de la operacion de administracion de deuda que se aprueba en el articulo 1º de esta MORDAZA legal; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 09273

Aprueban Acuerdo MORDAZA de Financiamiento entre el Gobierno MORDAZA y el Gobierno Peruano
DECRETO SUPREMO Nº 071-2006-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Aprueban Programa de Conversion de Deuda de Peru frente a Espana
DECRETO SUPREMO Nº 070-2006-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 38º de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, las operaciones de conversion de deuda del Gobierno Nacional se formalizan mediante la suscripcion de acuerdos bilaterales entre la Republica del Peru y el acreedor, las cuales constituyen operaciones de administracion de deudas; Que, la Republica del Peru acordara un MORDAZA "Programa de Conversion de Deuda de Peru frente a Espana" por un monto total de US$ 11 652 171,81 y EUR 6 640 566,90, para financiar proyectos de desarrollo prioritariamente en el Sector Educacion, mediante la suscripcion de un acuerdo bilateral con el Gobierno de Espana; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, y por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion Apruebase el "Programa de Conversion de Deuda de Peru frente a Espana" a ser acordado entre la Republica

CONSIDERANDO: Que, la Republica del Peru suscribira un acuerdo MORDAZA de financiamiento con la Republica de MORDAZA, que contempla la concertacion de dos operaciones de endeudamiento externo hasta por la suma de Euros 8 552 893,00 (Ocho millones quinientos cincuenta y dos mil ochocientos noventa y tres y 00/100 Euros), destinadas a financiar parcialmente el proyecto "Recuperacion de la Capacidad de Transmision de la Television Estatal"; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, y por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del acuerdo MORDAZA de financiamiento Apruebase el acuerdo MORDAZA de financiamiento a ser suscrito entre la Republica del Peru y la Republica de MORDAZA, que contempla la concertacion de dos operaciones de endeudamiento externo hasta por la suma de Euros 8 552 893,00 (Ocho millones quinientos cincuenta y dos mil ochocientos noventa y tres y 00/100 Euros), destinadas a financiar parcialmente el proyecto "Recuperacion de la Capacidad de Transmision de la Television Estatal". Articulo 2º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el acuerdo MORDAZA de financiamiento que se aprueba en el articulo 1º de esta MORDAZA legal.

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