Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2006 (25/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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319408

NORMAS LEGALES

El Peruano
Jueves 25 de MORDAZA de 2006

Establecen disposiciones para que la ONPE envie con celeridad actas correspondientes a MORDAZA Electoral Especial y al JNE, asi como informacion correspondiente al avance diario del computo de resultados de la MORDAZA Vuelta de la Eleccion Presidencial
RESOLUCION Nº 1085-2006-JNE
MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2006 VISTO, el Memorando Nº 452-2006-GFE/JNE de la Gerencia de Fiscalizacion Electoral con el que remite el proyecto de Resolucion sobre remision diaria de informacion de computo de resultados de la MORDAZA Vuelta de la Eleccion Presidencial, de parte de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 178º de la Constitucion Politica le compete al MORDAZA Nacional de Elecciones fiscalizar la legalidad de la realizacion de los procesos electorales, lo cual implica verificar la validez del computo de resultados efectuado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE); Que, por Decreto Supremo Nº 096-2005-PCM se convoco a Elecciones Generales para el pasado MORDAZA 9 de MORDAZA y por Resolucion Nº 749-2006-JNE, publicada el 6 de MORDAZA de este ano, se senalo al proximo MORDAZA 4 de junio como fecha de realizacion de la MORDAZA Vuelta de la Eleccion Presidencial, de conformidad con el articulo 111º de la Constitucion Politica; Que, segun el articulo 5º de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Ley Nº 26487, es funcion de la ONPE organizar los procesos electorales y obtener los resultados de los procesos a su cargo, asi como brindar desde el inicio del escrutinio, permanente informacion sobre el computo en las mesas de sufragio y Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales a nivel nacional; Que, los articulos 292º y 293º de la Ley Organica de Elecciones senalan que el acta electoral destinada al MORDAZA Nacional de Elecciones se remite a este organismo supremo "por el medio mas rapido", siendo los responsables del envio inmediato de este ejemplar los Coordinadores Electorales asignados a cada local de votacion, y ello en razon a lo dispuesto por los articulos 301º y 302º de la citada Ley en tanto corresponde a la Oficina Nacional de Procesos Electorales planificar y ejecutar el procedimiento de acopio de actas a fin de acelerar el computo en el MORDAZA electoral; Que, como consecuencia de lo manifestado en el considerando anterior, el MORDAZA Nacional de Elecciones emitio la Resolucion Nº 153-2006-JNE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de febrero del ano en curso, estableciendo disposiciones relativas al llenado y envio de ejemplares del acta electoral a sus destinatarios legales, Resolucion que en sus articulos 1º y 2º establecio que los miembros de mesa llenaran todos los ejemplares del acta en un solo acto, prohibiendose privilegiar el llenado de alguna de ellas para su distribucion por separado, de manera que la distribucion de las actas electorales a todos sus destinatarios legales se hiciera luego y, en el caso del ejemplar correspondiente al MORDAZA Nacional de Elecciones, por el medio mas rapido; Que, no obstante, el articulo 4º de la Resolucion Jefatural Nº 076-2006-J/ONPE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el pasado 25 de marzo, dispuso que los ejemplares de las actas electorales correspondientes a sus Oficinas Descentralizadas, contenidas en su sobre plomo, MORDAZA trasladadas con la mayor celeridad posible del local de votacion al centro de computo, "bajo responsabilidad solidaria del Jefe de la ODPE y de la persona que este designe para dicho efecto", situacion que genero que en la practica se remitiera las actas correspondientes tanto a los Jurados Electorales Especiales como a este Tribunal Supremo con excesiva demora, perjudicando en demasia la resolucion de los errores materiales detectados en las actas electorales y las apelaciones respectivas; Que, de otro lado, conforme lo dispone el articulo 308º de la Ley Organica de Elecciones, Ley Nº 26859, las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales comienzan el

computo de las actas electorales de las Mesas de acuerdo al orden de recepcion, siendo los resultados parciales y finales obtenidos entregados inmediatamente al MORDAZA Electoral Especial para su revision y autorizacion respectiva; Que, a efectos de cumplir con el mandato constitucional, resulta necesario establecer el mecanismo por el cual este Tribunal Supremo obtenga en for ma inmediata la informacion necesaria que le permita realizar una fiscalizacion adecuada del computo de resultados de la MORDAZA Vuelta de la Eleccion Presidencial que se realiza en los centros de computo de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales instaladas en las diferentes circunscripciones administrativas electorales; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que la Oficina Nacional de Procesos Electorales y sus Oficinas Descentralizadas cumplan con enviar, por el medio mas rapido y bajo responsabilidad solidaria del Jefe de la ODPE respectiva y de la persona que este designe para dicho efecto, las actas correspondientes al MORDAZA Electoral Especial y al MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo Segundo.- Disponer que la Oficina Nacional de Procesos Electorales remita diariamente, en formato electronico, a partir del dia siguiente al inicio del computo de resultados de la MORDAZA Vuelta de la Eleccion Presidencial, la informacion correspondiente al avance diario del computo de todos los centros de computo instalados en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales del MORDAZA, la cual debe incluir lo siguiente: 1. MORDAZA completa de la base de datos del sistema de computo de resultados, conteniendo la informacion de la digitacion de las Actas de Escrutinio, Resoluciones de los Jurados Electorales Especiales y Resoluciones del MORDAZA Nacional de Elecciones. Esta informacion debe ser proporcionada como un "dump" de la base de datos. 2. Archivos de las imagenes digitalizadas de las Actas de Instalacion, Actas de Sufragio, Actas de Escrutinio y Resoluciones, referidos especificamente a las copias utilizadas para la digitacion de la informacion en el sistema de computo de resultados y las Resoluciones emitidas por los Jurados Electorales Especiales y por el MORDAZA Nacional de Elecciones. Los archivos deben ser remitidos en formato JPEG (extension JPG) y en directorios correspondientes a cada distrito que participa en el proceso. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 09217

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 361-2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2006 VISTOS: Los Oficios Nºs. 1889-2005-GP/SGDAC/RENIEC, 18912005-GP/SGDAC/RENIEC y 1976-2005-GP/SGDAC/ RENIEC y el Informe Nº 393-2006-GAJ/RENIEC de fecha 12 MORDAZA del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y,

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