Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2006 (25/05/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

319394

NORMAS LEGALES

El Peruano
Jueves 25 de MORDAZA de 2006

del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la empresa CRIDANI S.A.C.. el cambio de titular de la licencia de operacion de la planta de harina de pescado, otorgado por Resolucion Ministerial Nº 413-95-PE de fecha 26 de MORDAZA de 1995, a la empresa Fabrica de Conservas Islay S.A. en el establecimiento industrial ubicado en la avenida Los Pescadores s/n de la MORDAZA industrial 27 de octubre, distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad de la licencia de operacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 41395-PE del 26 de MORDAZA de 1995 a favor de Fabricas de Conservas Islay S.A. Articulo 3º.- La empresa CRIDANI S.A.C, debera operar su planta de procesamiento de recursos hidrobiologicos observando las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y lo referido a sanidad higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo debera implementar un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, asi como ejecutar las medidas de mitigacion contenidas en el Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion de Medio Ambiente. Articulo 4º. El incumplimiento de lo senalado en el articulo precedente sera causal de caducidad del derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, segun corresponda. Articulo 5º.- Incorporar a la empresa CRIDANI S.A. como titular de la licencia de operacion de la planta de harina de pescado ubicada en el establecimiento industrial pesquero citado en el articulo primero de la presente Resolucion, al anexo IV - B de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002PRODUCE, excluyendo a la empresa Fabricas de Conservas Islay S.A. Articulo 6º.-Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de Produccion MORDAZA, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 09136

mediante la resolucion senalada en el considerando precedente; Que mediante Resolucion Directoral Nº 030-2006PRODUCE/DNEPP del 7 de febrero de 2006 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de febrero del mismo ano, se declaro la cancelacion de licencias de operacion otorgadas a los titulares de plantas de procesamiento industrial pesquero de consumo humano, dentro del cual se encuentra incluida la planta de congelado materia de la presente solicitud, al haberse encontrado desmontada de acuerdo al Protocolo Sanitario Nº PS/012-C­023­04-DICS; Que estando cancelada la licencia de operacion otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 181-98-PE/DNPP la solicitud , presentada por TOM SEAFOOF S.A.C. carece de objeto; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves de su Informe Nº 0962006-PRODUCE/DNEPP-Dch y con la opinion favorable del Area Legal de esta Direccion Nacional; De conformidad con los articulos 43° inciso d) 45° y 46° del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; los articulos 51°, 53° y 54° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas mediante el articulo 118 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud presentada por la empresa TOM SEAFOOD S.A.C. para obtener el cambio de titular de licencia para la operacion de la planta de congelado de productos hidrobiologicos otorgada a RASANOS S.A. mediante Resolucion Directoral Nº 181-98-PE/DNPP, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 09137

Otorgan permisos de pesca a Corporacion MORDAZA MORDAZA S.A. y a Corporacion Pesquera MORDAZA S.A.C. para la extraccion de atun y especies afines, anchoveta y sardina
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 128-2006-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2006

Declaran improcedente solicitud de cambio de titular de licencia para operacion de planta de congelado de productos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 126-2006-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2006 Vistos los escritos con Registros Nº 00000793, del 5 de enero y 3 de febrero del 2006, presentados por la empresa TOM SEAFOOD S.A.C.; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral N° 181-98-PE/DNPP de fecha 2 de octubre de 1998, se otorgo a RASANOS S.A. licencia para la operacion de una planta de congelado para desarrollar la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos para el consumo humano directo, en el establecimiento industrial pesquero ubicado en MORDAZA Industrial, Mz. H, Lotes Nºs. 14, 15 y 16, distrito, provincia y departamento de Tacna, con capacidad instalada de 6 t/dia; Que a traves de los escritos del visto, TOM SEAFOOD S.A.C. solicita cambio de titular de la licencia de operacion de la planta de congelado, otorgada a RASANOS S.A.

Visto el escrito con registro Nº 00024872 de fecha 17 de MORDAZA del 2006, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LESEVIC, con domicilio legal en Av. General de MORDAZA Nº 865 Tercer Piso, distrito de Miraflores, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en representacion de la empresa CORPORACION MORDAZA MORDAZA S.A. CONSIDERANDO: Que el inciso c) del articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el articulo 47º de dicha MORDAZA establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, se efectuaran sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiologicos por la flota existente en el MORDAZA, sujetandose a los terminos y condiciones establecidos en la legislacion interna sobre preservacion y explotacion de los recursos hidrobiologicos y sobre los procedimientos de inspeccion y control, para lo cual los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais; Que los articulos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho especifico que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado para el desarrollo de las

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.