Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2006 (25/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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LICA DEL P E

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U

319418 3.- ALCANCE

NORMAS LEGALES

El Peruano
Jueves 25 de MORDAZA de 2006

La presente Directiva es de aplicacion obligatoria en el Seguro Integral de Salud (SIS) y sus Oficinas Desconcentradas (ODSIS). 4.- BASE LEGAL - Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud. - Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion de Estado. - Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica. - Ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica. - Ley Nº 28496 - Ley que modifica la Ley Nº 27815. - Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. - Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. - Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. - Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud. - D.S. Nº 033-2005-PCM - Reglamento de la Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica. - D.S. Nº 040-2005-PCM - Modificacion del Reglamento de la Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica. - Decreto Supremo Nº 009-2002-SA, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud. - Decreto Supremo Nº 017-2005-SA - Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Salud, Organos Desconcentrados y Organismos Publicos Descentralizados. - Resolucion Jefatural Nº 083-2003/SIS del 19 de noviembre de 2003, que designa a los funcionarios responsables para brindar la informacion requerida por los ciudadanos, asi como para la elaboracion y actualizacion de la informacion a traves del MORDAZA de Internet del SIS. - Resolucion Jefatural Nº 029-2002/SIS, que aprueba el Manual de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud. 5.- DISPOSICIONES GENERALES 5.1.- Formulacion y MORDAZA de la solicitud 5.1.1.- El usuario debera dirigir su solicitud al Gerente de Mercadeo del SIS, para lo cual se utilizara el formulario "Solicitud de Acceso a la Informacion Publica", de acuerdo al Anexo 1, que forma parte de la presente Directiva, sin perjuicio del uso de otro medio escrito. 5.1.2.- La solicitud debera contener la siguiente informacion: nombres y apellidos completos, documento de identidad, domicilio, expresion concreta y precisa del pedido de informacion. Tratandose de menores de edad no se requerira informacion sobre documento de identidad. Si la solicitud se presenta en las Unidades de Recepcion Documentaria, debera ser firmada por el solicitante o poner su huella digital, en caso de no saber firmar o estar impedido de hacerlo. 5.1.3.- Adicionalmente, de ser el caso, debera senalar el numero telefonico y correo electronico. 5.1.4.- Si el solicitante no senala el nombre del funcionario responsable o lo hace en forma incorrecta, las Unidades de Recepcion Documentaria del SIS deberan derivar la solicitud al Gerente de Mercadeo. Asimismo, si el usuario conoce la dependencia que posee la informacion, debera indicarlo en la solicitud. 5.1.5.- Cuando la solicitud se presente en las Unidades de Recepcion Documentaria, la remision se efectuara de la siguiente manera : 5.1.5.1.- En la Sede Central.- La solicitud se presentara en Tramite Documentario, la que se remitira en forma inmediata a la Gerencia de Mercadeo para su atencion, salvo que exista imponderables, esta se enviara a mas tardar el dia siguiente de su recepcion. 5.1.5.2.- En las ODSIS.- La solicitud sera recibida

por el encargado de la Recepcion Documentaria, que designara el Representante de la Oficina Desconcentrada del SIS. Dicho Representante, bajo responsabilidad, mediante oficio dirigido al Gerente de Mercadeo, enviara la solicitud el mismo dia de su presentacion. Los datos contenidos en la solicitud y oficio seran ingresados en Tramite Documentario de la Sede Central del SIS, la que a su vez inmediatamente derivara a la Gerencia de Mercadeo. 5.1.6.- El usuario tambien podra presentar su solicitud mediante el MORDAZA de Internet del SIS, debiendo precisar el medio por el cual requiere la respuesta. 5.2.- MORDAZA de informacion a solicitar.- Los usuarios tienen derecho a obtener la informacion que genere o posea el SIS, sin expresion de causa y previo pago del costo por reproduccion, en aplicacion del MORDAZA de publicidad, salvo las excepciones previstas en los articulos 15º, 16º y 17º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, aprobado por D.S. Nº 043-2003-PCM. 5.3.- Atencion de la solicitud.5.3.1.- El Gerente de Mercadeo, sera el responsable de atender las solicitudes de acceso a la informacion publica, dentro de los plazos establecidos en el numeral 5.6 de esta Directiva, de conformidad con la R.J. Nº 0832003/SIS, publicada el 28-11-03 en el Diario Oficial El Peruano. Para lo cual, debera requerir la informacion a las Gerencias u Oficinas que la posean. 5.3.2.- Cuando la solicitud no sea MORDAZA, el Gerente de Mercadeo, solicitara las precisiones que estime pertinente para atender el pedido. En caso no se posea la informacion solicitada y de conocer su ubicacion y destino, debera ser puesta en conocimiento del solicitante. 5.3.3.- La informacion que se brinde a los usuarios, sera por el medio que requiere el solicitante, ya sea por MORDAZA simple, CD, diskette, correo electronico u otro medio. Se respondera por correo electronico, cuando la naturaleza de la informacion solicitada y la capacidad de la institucion asi lo permitan; en este caso no se considerara costo alguno para el solicitante. En caso lo requieran por escrito, el Gerente de Mercadeo respondera al usuario mediante carta, adjuntando la informacion correspondiente. 5.3.4.- En caso de vacancia o ausencia justificada del Gerente de Mercadeo, el encargado de cumplir con las funciones senaladas en la Ley de Acceso a la Informacion Publica, sera el Subgerente de Mercadeo. En ausencia de ambos, lo asumira el profesional que MORDAZA sido encargado por escrito por el Gerente o Subgerente de Mercadeo. En caso contrario, mediante Resolucion Jefatural, se encargara las mencionadas funciones a un servidor profesional de dicha Gerencia. 5.4.- Funcionarios o servidores poseedores de la informacion.- Los Gerentes o Jefes de Oficinas que posean la informacion, son responsables de proporcionarla oportunamente cuando sea requerida por el Gerente de Mercadeo, salvo que se encuentre dentro de las excepciones que establece la Ley, debiendo en este caso sustentarlo con el informe correspondiente. Deberan tener en cuenta los plazos establecidos en la Ley, a fin de permitir al mencionado Gerente de Mercadeo brindar la informacion al usuario, en forma oportuna. 5.5.- Costos por la reproduccion de la informacion.- Los costos por la reproduccion de la informacion a brindar, seran los siguientes: CONCEPTO MORDAZA simple (por cara). Diskette (por unidad). Disco Compacto (CD, por unidad). S/. 0.10 1.50 3.10 COSTOS % DE LA UIT 0.003 0.045 0.090

La liquidacion estara a disposicion del solicitante a partir del MORDAZA dia de presentada la solicitud, para los casos que no requieran prorroga del plazo para brindar la informacion. En las ODSIS, el Administrador Contable sera el encargado de recepcionar el pago, para lo cual emitira

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