Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2006 (25/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano
Jueves 25 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

319417

FE DE ERRATAS RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 060-2006-PD/OSIPTEL Fe de Erratas de la Resolucion de Presidencia Nº 060-2006-PD/OSIPTEL, publicada en nuestra edicion del dia 21 de MORDAZA de 2006, en la Pag. 319223. En el parrafo unico de la seccion VISTO, en los parrafos MORDAZA, octavo y noveno de la seccion CONSIDERANDO y en los articulos 1º y 2º de la seccion SE RESUELVE: DICE: ... el numeral 4 del Articulo 7º ... DEBE DECIR: ... el numeral 9 del Articulo 7º ... En el MORDAZA parrafo de la seccion CONSIDERANDO: DICE: ..., el informe tecnico y el proyecto normativo sobre la fijacion de la tarifa tope del servicio de cobro revertido de llamadas locales desde telefonos publicos urbanos de Telefonica del Peru S.A.A.; DEBE DECIR: ..., el informe tecnico que sustenta la propuesta final sobre la fijacion de la tarifa tope del servicio de cobro revertido de llamadas locales desde telefonos publicos urbanos de Telefonica del Peru S.A.A., y el proyecto de resolucion tarifaria; En el MORDAZA parrafo de la seccion CONSIDERANDO: DICE: ..., corresponde a la Presidencia del Consejo Directivo de OSIPTEL otorgar las ampliaciones ... DEBE DECIR: ..., corresponde a la Presidencia del Consejo Directivo de OSIPTEL establecer las ampliaciones ... En el octavo parrafo de la seccion CONSIDERANDO: DICE: ... propuesta normativa ... DEBE DECIR: ... propuesta de resolucion tarifaria ... En el noveno parrafo de la seccion CONSIDERANDO: DICE: ... proyecto normativo ... DEBE DECIR: ... proyecto de resolucion tarifaria ... 09197

Visto: El Informe Nº 066-2006-SIS-GM remitido por la Gerencia de Mercadeo, que contiene el proyecto de Directiva "Acceso de los Usuarios a la Informacion Publica del Seguro Integral de Salud"; CONSIDERANDO: Que, el numeral 5 inciso 2 de la Constitucion Politica del Peru, establece que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresion de causa la informacion que requiera y a recibirla de cualquier entidad publica, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido, exceptuandose las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional; Que, el articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establece que el Estado tiene la obligacion de entregar la informacion que soliciten las personas en aplicacion del MORDAZA de publicidad; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 083-2003/SIS, publicada el 28-11-03 en el Diario Oficial El Peruano, se designo a los funcionarios responsables para brindar la informacion requerida por los ciudadanos, asi como para la elaboracion y actualizacion de la informacion institucional que se difunda a traves del MORDAZA de Internet del SIS; Que, es necesario adoptar las medidas pertinentes que garanticen y promuevan la transparencia en la gestion institucional, asi como una adecuada entrega de la informacion que genere o posea el Seguro Integral de Salud y sus Oficinas Desconcentradas, en MORDAZA con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; De conformidad con lo establecido en el literal i) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 008-2006-SISGM "Acceso de los Usuarios a la Informacion Publica del Seguro Integral de Salud" y el formulario denominado Solicitud de Acceso a la Informacion Publica, que figura en el Anexo Nº 1, los mismos que forman parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar a la Secretaria General del SIS la difusion de la presente Directiva a todos los organos del SIS, para los fines de conocimiento y cumplimiento de sus disposiciones. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina de Administracion la publicacion de la presente Directiva en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina de Informatica y Estadistica la difusion de la Directiva en la Pagina Web del SIS. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud DIRECTIVA Nº 008-2006-SIS-GM ACCESO DE LOS USUARIOS A LA INFORMACION PUBLICA DEL SEGURO INTEGRAL DE SALUD - SIS 1.- OBJETIVO Regular la aplicacion de las normas para el acceso de los usuarios a la informacion publica que genere o posea el Seguro Integral de Salud - SIS. 2.- FINALIDAD Promover y garantizar la transparencia en la gestion institucional, asi como una adecuada entrega de la informacion solicitada.

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban Directiva "Acceso de los Usuarios a la Informacion Publica del Seguro Integral de Salud" y el formulario denominado Solicitud de Acceso a la Informacion Publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 075-2006/SIS MORDAZA, 2 de MORDAZA del 2006

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