Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2008 (27/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, lunes 27 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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382257

PE; para la extraccion de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa, con empleo de MORDAZA de hielo como medio de preservacion; sustentando la posesion actual de las citadas embarcaciones mediante los Certificados Compendioso de Dominio, correspondientes que presenta la recurrente; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado, que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento N° 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE, publicado mediante la Resolucion Ministerial N° 341-2005-PRODUCE, modificado por Resolucion Ministerial N° 280-2007-PRODUCE; y asimismo, se ha determinado que el transferente de la mencionada embarcacion no cuenta con sanciones de multa que no han sido cumplidas, de conformidad con el Decreto Supremo N° 015-2007-PRODUCE, por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe N° 4172008-PRODUCE/DGEPP-Dchi, MORDAZA con Informe N° 553-2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificado por Decreto Supremo N° 015-2007-PRODUCE, Ley N° 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-98-PE y modificado por los Decretos Supremos N° 001-99-PE, N° 003-200-PE, N° 004-2002-PRODUCE y el Decreto Supremo N° 004-2007-PRODUCE,el procedimiento N° 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE y publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005PRODUCE, modificado por Resolucion Ministerial N° 280-2007-PRODUCE y Resolucion Ministerial N° 0852007-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE:

ordenamiento juridico pesquero, de sanidad y de medio ambiente. Articulo 4°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA ZAGAL MORDAZA, por Resolucion Directoral N° 026-2003-GOB. REG.-PIURA/DIREPE-DR de fecha 23 de enero del 2003, y los armadores MORDAZA ECA MORDAZA y MORDAZA ECA MORDAZA, por Resolucion Ministerial N° 266-99-PE de fecha 13 de setiembre de 1999, excluyendo a los citados armadores y las resoluciones MORDAZA mencionadas del anexo correspondiente de la Resolucion Ministerial N° 085-2007-PRODUCE. Articulo 5°.- Incorporar a CONSORCIO MUZA S.A.C., como titular del permiso de pesca para operar las embarcaciones pesqueras "MI MORDAZA II" de matricula N° PT-6158-CM y "MI CONSUELO" de matricula N° PT4242-CM, asi como la presente Resolucion al Anexo correspondiente de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007PRODUCE. Articulo 6°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 268083-17 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 617-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 13 de octubre del 2008 Vistos los escritos con Registro Nº 00028317 de fechas 16 de MORDAZA, 07 de MORDAZA, 05 y 20 de junio, 30 de MORDAZA, 28 y 29 de agosto de 2008, presentados por la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. CONSIDERANDO: Que el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 162-95-PE de fecha 18 de MORDAZA de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a FABRICA DE CONSERVAS ISLAY S.A. para operar entre otras a la embarcacion pesquera "ESTHER 4" de matricula CE-6353-PM y 270 TM de capacidad de bodega, para la extraccion de recursos hidrobiologicos destinados al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ (13 mm); Que la embarcacion pesquera "ESTHER 4" de matricula CE-6353-PM y 258.46 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el listado de embarcaciones pesqueras, publicado en el MORDAZA de la Pagina Web y en el listado de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente en el literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y en el Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 252-95PE de fecha 16 de MORDAZA de 1995, se otorgo permiso a

Articulo 1°.- Aprobar a favor de CONSORCIO MUZA S.A.C., el cambio de titular de los permisos de pesca para operar las embarcaciones pesqueras de MORDAZA de bandera nacional que se indican a continuacion, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados:
PERMISO DE PESCA Nº Fecha R.M. N° 266-99-PE 1999-9-13 R.D. N° 026-2003GOB.REG.-PIURA/ DIREPE-DR MORDAZA TITULAR NOMBRE DE LA NUMERO DE CAP. DE EMBARCACION MATRICULA BODEGA (m3) MI MORDAZA II MI MORDAZA PT-6158-CM PT-4242-CM 38,97 70.43

CONSORCIO MUZA S.A.C. 2003-1-23 CONSORCIO MUZA S.A.C.

Articulo 2°.- El acceso a los recursos sardina, jurel y caballa, seran ejercidos conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, a las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 003-2004-PRODUCE. En este supuesto la bodega de la embarcacion debe encontrarse insulada y usar como minimo MORDAZA y hielo abordo como medio de preservacion. Articulo 3°.- La vigencia de los permisos de pesca otorgados por la presente Resolucion estan supeditadas al cumplimiento de la normatividad en materia de

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