Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2008 (27/10/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, lunes 27 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

382259

y "HUASCARAN" de matricula PS-6512-PM, la misma que en adelante se denominara "TASA 48" con matricula HO-6512-PM, manteniendose las demas caracteristicas tecnicas. Articulo 5º.- Dejar sin efecto la titularidad de los Permisos de Pesca otorgados por Resolucion Ministerial Nº 162-95-PE de fecha 18 de MORDAZA de 1995, Resolucion Ministerial Nº 252-95-PE de fecha 16 de MORDAZA de 1995 modificada en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 203-98-PE/DNE de fecha 01 de MORDAZA de 1998 y Resolucion Ministerial Nº 101-97-PE de fecha 25 de febrero de 1997, para operar las embarcaciones pesqueras "ESTHER 4" de matricula CE-6353-PM, "SAN MORDAZA 1" de matricula CE-0257-PM y "HUASCARAN" de matricula PS-6512PM. Articulo 6º.- Incorporar a la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. como MORDAZA titular de los permisos de pesca otorgados por Resolucion Ministerial Nº 162-95PE de fecha 18 de MORDAZA de 1995, Resolucion Ministerial Nº 252-95-PE de fecha 16 de MORDAZA de 1995 modificada en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 203-98-PE/ DNE de fecha 01 de MORDAZA de 1998 y Resolucion Ministerial Nº 101-97-PE de fecha 25 de febrero de 1997, para operar las embarcaciones pesqueras denominadas "TASA 216" con matricula CE-6353-PM, "TASA 214" con matricula CE0257-PM y "TASA 48" HO-6512-PM, asi como la presente Resolucion, al Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 0842007-PRODUCE y al Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE, respectivamente, excluyendo a FABRICA DE CONSERVAS ISLAY S.A., ALIMENTOS AMERICANOS S.A. y SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A., consignados en dichos anexos. Articulo 7º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 268083-18 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 619-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA,13 de octubre del 2008 Visto los escritos con registros Nº 00042526 del 10 de junio, 09 y 11 de setiembre del 2008, presentados por la empresa PESQUERA EXALMAR S.A. CONSIDERANDO: Que el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, referente a la transferencia del permiso de pesca, establece que el permiso de pesca es indesligable de las embarcacion pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso de pesca en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no ha sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 371-94-PE, de fecha 14 de setiembre de 1994, se otorgo permiso

de pesca a plazo determinado, entre otros armadores pesqueros a la empresa PEEA MAJESA S.R.L, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "SANTA 8" de matricula Nº SE-3513-PM con 180 TM de capacidad de bodega; construida en el ano 1965, para dedicarse a la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que mediante Resolucion Directoral Nº 394-98-PE/ DNE, de fecha 31 de diciembre de 1998, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca para operar entre otras, la embarcacion pesquera de bandera nacional "RIBAR XI" (Ex Minca 3, Ex MORDAZA 8) de matricula Nº CE-3513-PM, con 197.66 m3 de capacidad de bodega a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA RIBAR S.A., en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados. Asimismo se modifico la denominacion de la embarcacion pesquera "MINKA 3" otorgado mediante la Resolucion Ministerial Nº 371-94-PE, por la denominacion "RIBAR XI"; Que mediante Resolucion Directoral Nº 093-2002-PE/ DNEPP, del 22 de marzo del 2002, se modifico el articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 394-98-PE/DNE, en el extremo referido al nombre de la embarcacion pesquera "RIBAR XI" de matricula Nº CE-3513-PM, incluyendo como nueva denominacion la de "PENINSULA". Asimismo se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca autorizado por Resolucion Directoral Nº 394-98-PE/ DNE, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "PENINSULA" con matricula Nº CE3513-PM, a favor de la empresa PESQUERA PENINSULA S.A.C., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente de la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada Resolucion; Que a la fecha, la embarcacion pesquera "PENINSULA" de matricula Nº CE-3513-PM, se encuentra consignada en el listado de embarcaciones pesqueras publicado en el MORDAZA de la pagina Web del Ministerio de la Produccion, con permiso de pesca vigente para anchoveta y sardina para consumo humano indirecto; Que mediante los escritos del visto, la empresa PESQUERA EXALMAR S.A., solicita cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion "PENINSULA" de matricula Nº CE-3513-PM; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se determina que la empresa recurrente posee el dominio sobre la embarcacion pesquera "PENINSULA" de matricula Nº CE-3513-PM, segun consta en el Certificado Compendioso de Dominio expedido por la Oficina Registral de Chimbote - MORDAZA Registral de Nº VII-Sede Huaraz; y a su vez ha cumplido con presentar los requisitos sustantivos y procesales establecidos en el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE; por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante los Informes Nºs. 412 y 5612008-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el literal b) del articulo 56º del Reglamento de Organizacion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.