Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2008 (27/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, lunes 27 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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productos hidrobiologicos de 50 t/dia a ubicarse en la MORDAZA s/n del sector de Mogote Grande, distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ica debe asumir el compromiso de implementar medidas de mitigacion para la recepcion de materia prima, el tratamiento de efluentes, el tratamiento y destino de los residuos solidos, las medidas para el control de ruidos, el programa de monitoreo, el plan de contingencias, el plan de cierre o abandono y para los equipos del MORDAZA productivo; Que, el Certificado de Zonificacion y Compatibilidad de Uso N° 003-2007 expedido por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA en fecha 02 de febrero del 2007 y modificado por cambio de nombre a la empresa CONSERVAS CDF S.A.C mediante Resolucion de Alcaldia N° 1467-2008MDSA/ALC fechada el 04 de agosto de 2008 certifica que el inmueble ubicado en el sector de Mogote Grande inscrito en los Registro Publicos de MORDAZA con Titulo N° 2006-00002955 tiene como frente MORDAZA en proyecto en el Distrito de San MORDAZA, Provincia de MORDAZA, Departamento de Ica; Que, de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se desprende que la recurrente ha cumplido con los requisitos sustantivos previstos en la normatividad pesquera vigente y con los requisitos establecidos en el procedimiento N° 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar la autorizacion solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves del Informe N° 5232008-PRODUCE/DGEPP-Dch de fecha 18 de agosto de 2008, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 4 del Articulo 43º , los Articulos 44° y 46º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, los Articulos 49° y 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimiento N° 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y el literal c) del Articulo 21° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2002- PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a la empresa CONSERVAS CDF S.A.C autorizacion para instalar una Planta de Curado para productos hidrobiologicos con una capacidad proyectada de 50 t/mes en el establecimiento industrial ubicado en sector de Mogote Grande inscrito en los Registro Publicos de MORDAZA con Titulo N° 2006-000029551 que tiene como frente MORDAZA en proyecto del Distrito de San MORDAZA, Provincia de MORDAZA, Departamento de Ica Articulo 2°.- Otorgar a la empresa CONSERVAS CDF S.A.C el plazo de Un (01) ano, contado a partir de la fecha de notificada la presente resolucion, renovable por una sola vez y por igual periodo, siempre que acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado. La autorizacion caducara de pleno derecho al no acreditarse dentro del plazo autorizado o, de ser el caso, al termino de la renovacion del mismo, la instalacion del establecimiento industrial pesquero, sin que sea necesario para ello notificacion por parte del Ministerio de la Produccion (ex Ministerio de Pesqueria). El tramite para la obtencion de la autorizacion de instalacion de un establecimiento industrial pesquero es independiente del otorgamiento de la licencia de operacion correspondiente. Dicha licencia debera solicitarse dentro del plazo improrrogable de seis (06) meses contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo de la autorizacion de la fecha de vencimiento de su renovacion, en caso de haber solicitado la misma.

Vencido el plazo inicial o la renovacion, si esta hubiese sido otorgada, la autorizacion de instalacion caduca de pleno derecho en caso de no haberse verificado la instalacion total del establecimiento industrial pesquero, para cuyo efecto mediante Resolucion Directoral correspondiente, se procede a declarar la caducidad de la autorizacion de instalacion otorgada. Articulo 3°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria del Ministerio de la Produccion y a la Direccion Regional de la Produccion de Ica; debiendo consignarse en la pagina web del MORDAZA del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 269200-1

Levantan suspension de permiso de pesca aplicado por la R.D. Nº 1712008-PRODUCE/DGEPP a embarcacion pesquera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 607-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 6 de octubre del 2008 Visto el adjunto Nº 2 con Registro Nº 00080439 de fecha 22 de agosto del 2008, presentado por la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO: Que en el numeral 33.4 del Articulo 33º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE establece que los armadores de las embarcaciones pesqueras que por razones de caracter economico decidan no realizar faenas de pesca en un periodo mayor de un ano y comuniquen tal circunstancia a la Direccion Nacional (hoy General) de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion en un plazo no mayor de un ano contados a partir del cese de operaciones. En este caso se suspendera el permiso de pesca hasta que el armador solicite su reincorporacion a la actividad pesquera. La suspension y reincorporacion requieren pronunciamiento expreso del Ministerio de Pesqueria (hoy de la Produccion); Que en el articulo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General se establece que la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopcion; Que mediante Resolucion Directoral Nº 013-2002PRO/DNEPP del 13 de agosto del 2002, se aprobo a favor de PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C. el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 581-97-PE, modificada por Resolucion Directoral Nº 078-2000-PE/DNE, para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional denominadas MORDAZA, de matricula CO-11151-CM, con 48.74 m3 de volumen de bodega, LA MORDAZA de matricula CO-10705-CM, con 102 m3 de volumen de bodega y MORDAZA de matricula CO-12024-PM, con 222.60 m3, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado. Es decir, dichas embarcaciones podran desarrollar actividad extractiva del recurso merluza, con destino al consumo humano directo;

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