Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2008 (27/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, lunes 27 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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Administrativo General, cumple con adjuntar en calidad de nueva prueba el Oficio Nº 0868-2008-PRODUCE/ OEC, emitido por la Oficina de Ejecucion Coactiva, en el sentido de que el transferente de la embarcacion JARIT de matricula PL-19820-CM, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no registra deudas pendientes de pago en la Oficina de Ejecucion Coactiva; Que los articulos 207º, 208º y 211º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, establecen que el recurso de reconsideracion se interpone ante el mismo organo que dicto el primer acto que es materia de impugnacion y debe sustentarse en nueva prueba. El plazo para interponer este recurso es de quince (15) dias perentorios y debe ser autorizado por letrado; Que del analisis efectuado al recurso de reconsideracion interpuesto por el recurrente contra la Resolucion Directoral Nº 458-2008-PRODUCE/DGEPP, se ha determinado que el mismo se encuentra autorizado por letrado, fue interpuesto dentro del plazo establecido por ley, y se sustenta en nueva prueba; Que el MORDAZA parrafo del articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE senala que no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion cuentan con sanciones de multas que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que de la revision efectuada a los documentos en calidad de nueva prueba presentada por la mencionada empresa, consistente en el Oficio Nº 0868-2008PRODUCE/OEC, la Oficina de Ejecucion Coactiva manifiesta que respecto a la embarcacion JARIT de matricula PL-19820-CM, no existen deudas cuya ejecucion se este tramitando en dicha Oficina. Asimismo senala que mediante el Expediente Coactivo Nº 383-2007 de fecha 16.07.07 se inicio el procedimiento de ejecucion coactivo, cuya Resolucion de Sancion es la Nº 666-2005PRODUCE/DIGSECOVI, de fecha 08.08.05, la misma que sanciona a la embarcacion JARIT de matricula PL19820-CM, sin embargo el procedimiento de ejecucion coactiva se encuentra suspendida por haberse interpuesto demanda de revision contra el presente procedimiento coactivo; Que sobre la base de lo MORDAZA expuesto, se considera que el administrado ha acreditado que la embarcacion pesquera JARIT de matricula PL-19820-CM no cuenta con sanciones de multa que no hayan sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes, por lo que procede declarar FUNDADO el recurso interpuesto y autorizar el cambio de titular del permiso de pesca de la mencionada embarcacion; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 559-2008PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 26920, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-1998, y modificado por los Decretos Supremos Nº 001-99-PE, Nº 003-2000-PE, Nº 004-2002-PRODUCE, y el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE publicada con fecha 21 de febrero del 2007, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demas normas complementarias; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: de Articulo 1º.- Declarar FUNDADO el recurso reconsideracion interpuesto por la empresa

CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., contra la Resolucion Directoral Nº 458-2008-PRODUCE/ DGEPP, en el extremo de la embarcacion pesquera JARIT de matricula PL-19820-CM, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Aprobar a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., el cambio de titular de permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 258-2003-PRODUCE/DNEPP, modificada por la Resolucion Directoral Nº 422-2003-PRODUCE/DNEPP y la Resolucion Directoral Nº 494-2007-PRODUCE/ DGEPP, para operar la embarcacion pesquera JARIT de matricula PL-19820-CM, en la extraccion de anchoveta y sardina destinado al consumo humano indirecto y directo, asi como en los demas terminos y condiciones con que fue otorgado inicialmente, condicionandose la eficacia de dicho derecho administrativo al resultado del MORDAZA judicial correspondiente, de acuerdo a lo establecido por el tercer parrafo del Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Articulo 3º.- El permiso de pesca a que se refiere al recurso sardina, debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002PRODUCE, que establece que el recurso sardina sera destinado al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Directoral Nº 258-2003-PRODUCE/DNEPP, modificada por la Resolucion Directoral Nº 422-2003-PRODUCE/DNEPP y la Resolucion Directoral Nº 494-2007-PRODUCE/ DGEPP a favor de los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, para operar la embarcacion JARIT de matricula PL-19820-CM. Articulo 5º.- Incorporar a la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., como MORDAZA titular de permiso de pesca para operar la embarcacion JARIT de matricula PL-19820-CM, asi como la presente Resolucion, al literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 0852007-PRODUCE; excluyendo a los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, consignados en dicho Anexo. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 268083-21

Renuevan plazo de autorizacion de instalacion de establecimiento industrial pesquero otorgado a Pesquera C.H. S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 610-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 6 de octubre del 2008 Visto los escritos con registros Nº 00064083 y Nº 00045256 de fechas 05 de octubre de 2006 y 22 de agosto de 2007, respectivamente, presentados por la empresa PESQUERA C.H. S.A.C.

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